TASA DE INTERÉS LEGAL LABORAL Aplicado para deudas laborales y previsionales, Intereses no son capitalizados...
MONEDA NACIONAL FECHAS
MONEDA EXTRANJERA
Tasa (1) Factor % Diario
Factor Acumulado (2)
Tasa (1) Factor % Diario
Factor Acumulado (2)
01/01/2013
2.39
0.00007
1.79239
0.83
0.00002
0.67451
02/01/2013
2.34
0.00006
1.79246
0.86
0.00002
0.67453
03/01/2013
2.33
0.00006
1.79252
0.87
0.00002
0.67456
04/01/2013
2.35
0.00006
1.79259
0.86
0.00002
0.67458
05/01/2013
2.35
0.00006
1.79265
0.86
0.00002
0.67461
06/01/2013
2.35
0.00006
1.79272
0.86
0.00002
0.67463
07/01/2013
2.35
0.00006
1.79278
0.89
0.00002
0.67465
08/01/2013
2.34
0.00006
1.79285
0.89
0.00002
0.67468
09/01/2013
2.35
0.00006
1.79291
0.90
0.00002
0.67470
10/01/2013
2.39
0.00007
1.79298
0.92
0.00003
0.67473
11/01/2013
2.36
0.00006
1.79304
0.95
0.00003
0.67475
12/01/2013
2.36
0.00006
1.79310
0.95
0.00003
0.67478
13/01/2013
2.36
0.00006
1.79317
0.95
0.00003
0.67481
14/01/2013
2.38
0.00007
1.79324
0.98
0.00003
0.67483
15/01/2013
2.38
0.00007
1.79330
0.94
0.00003
0.67486
16/01/2013
2.39
0.00007
1.79337
0.95
0.00003
0.67489
17/01/2013
2.42
0.00007
1.79343
0.97
0.00003
0.67491
18/01/2013
2.41
0.00007
1.79350
0.98
0.00003
0.67494
19/01/2013
2.41
0.00007
1.79356
0.98
0.00003
0.67497
20/01/2013
2.41
0.00007
1.79363
0.98
0.00003
0.67499
21/01/2013
2.40
0.00007
1.79370
1.05
0.00003
0.67502
22/01/2013
2.41
0.00007
1.79376
1.02
0.00003
0.67505
23/01/2013
2.41
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1.79383
1.05
0.00003
0.67508
24/01/2013
2.38
0.00007
1.79389
1.07
0.00003
0.67511
25/01/2013
2.38
0.00007
1.79396
1.10
0.00003
0.67514
26/01/2013
2.38
0.00007
1.79403
1.10
0.00003
0.67517
27/01/2013
2.38
0.00007
1.79409
1.10
0.00003
0.67520
28/01/2013
2.38
0.00007
1.79416
1.10
0.00003
0.67523
29/01/2013
2.38
0.00007
1.79422
1.09
0.00003
0.67526
30/01/2013
2.39
0.00007
1.79429
1.10
0.00003
0.67529
31/01/2013
2.39
0.00007
1.79435
1.08
0.00003
0.67532
(1) Circular N° 021-2007-BCRP. (2) Acumulado desde el 16 de setiembre de 1992 Fuente: Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS)
TASA DE INTERÉS LEGAL EFECTIVA Es la tasa de interés fijada por el BCRP, en Moneda Nacional y Extranjera, la que se utiliza en operaciones en las que se debe pagar intereses sin haberse fijado previamente la tasa que el deudor debe abonar, así como cuando no se haya convenido el interés moratorio, expresada en términos efectivos...
MONEDA NACIONAL FECHAS
MONEDA EXTRANJERA
Tasa (1) %
Factor Diario
Factor Acumulado (2)
Tasa (1) %
Factor Diario
Factor Acumulado (2)
01/01/2013
2.39
0.00007
6.46884
0.83
0.00002
2.00831
02/01/2013
2.34
0.00006
6.46926
0.86
0.00002
2.00836
03/01/2013
2.33
0.00006
6.46967
0.87
0.00002
2.00841
04/01/2013
2.35
0.00006
6.47009
0.86
0.00002
2.00845
05/01/2013
2.35
0.00006
6.47051
0.86
0.00002
2.00850
06/01/2013
2.35
0.00006
6.47093
0.86
0.00002
2.00855
07/01/2013
2.35
0.00006
6.47134
0.89
0.00002
2.00860
08/01/2013
2.34
0.00006
6.47176
0.89
0.00002
2.00865
09/01/2013
2.35
0.00006
6.47218
0.90
0.00002
2.00870
10/01/2013
2.39
0.00007
6.47260
0.92
0.00003
2.00875
11/01/2013
2.36
0.00006
6.47302
0.95
0.00003
2.00880
12/01/2013
2.36
0.00006
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0.95
0.00003
2.00886
13/01/2013
2.36
0.00006
6.47386
0.95
0.00003
2.00891
14/01/2013
2.38
0.00007
6.47428
0.98
0.00003
2.00896
15/01/2013
2.38
0.00007
6.47471
0.94
0.00003
2.00902
16/01/2013
2.39
0.00007
6.47513
0.95
0.00003
2.00907
17/01/2013
2.42
0.00007
6.47556
0.97
0.00003
2.00912
18/01/2013
2.41
0.00007
6.47599
0.98
0.00003
2.00918
19/01/2013
2.41
0.00007
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0.98
0.00003
2.00923
20/01/2013
2.41
0.00007
6.47685
0.98
0.00003
2.00929
21/01/2013
2.40
0.00007
6.47727
1.05
0.00003
2.00934
22/01/2013
2.41
0.00007
6.47770
1.02
0.00003
2.00940
23/01/2013
2.41
0.00007
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1.05
0.00003
2.00946
24/01/2013
2.38
0.00007
6.47855
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0.00003
2.00952
25/01/2013
2.38
0.00007
6.47898
1.10
0.00003
2.00958
26/01/2013
CALCULADORA VIRTUAL DE INTERESES LEGALES El Aplicativo de Calculadora Virtual permite efectuar el cálculo de los intereses que se aplican a las obligaciones sujetas a cálculos de la tasa de interés legal, tanto efectiva como laboral. La tasa de interés legal es fijada por el BCRP (Artículos 1242°, 1243° y 1244° del Código Civil y Artículos 51° y 52° de la Ley Orgánica del BCRP) y se aplica cuando exista la obligación de pagar interés y no se hubiese pactado la tasa (Articulo 1245° del Código Civil). La tasa de interés legal laboral se aplica a las obligaciones derivadas del atraso en el pago de sueldos y salarios y tiene la característica que los intereses no se capitalizan. Mientras que la tasa legal efectiva se aplica para el resto de obligaciones y los intereses generados se capitalizan. Este aplicativo facilita el cálculo de la tasa de interés legal. Es de utilidad para procesos judiciales, liquidación de contratos y deudas en las que no se pactó la tasa de interés. La calculadora es de simple utilización. Sólo se necesita ingresar la siguiente información:
Monto de la Deuda, Moneda (Soles de Oro, Intis, Nuevos Soles ó Dólares), corresponde a la moneda en que se originó la deuda. Fecha Inicial de la operación, corresponde a la fecha en que debió pagarse la obligación. Día de Pago, culminación de la operación, corresponde a la fecha hasta la cual se quiere calcular los intereses. Tipo de Tasa de Interés (Legal Efectiva ó Legal Laboral), depende del tipo de obligación.
Este aplicativo calcula el interés generado en la operación y el total acumulado (monto e intereses).
Metodología de Cálculo de los factores diarios y acumulados de las Tasas de Interés Promedio La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) calcula y difunde diariamente los factores diarios y acumulados de las siguientes tasas de interés: - TAMN, TAMN + 1, TAMN + 2 - TAMEX - Tasa Pasiva en Moneda Nacional a más de 360 días - Tasa de Interés Legal Efectiva - Tasa de Interés Legal Laboral - Tasa de Interés de los Depósitos istrativos y Judiciales en el Banco de la Nación La fórmula utilizada para calcular los factores diarios y acumulados de la tasa de interés efectiva anual, es decir con capitalización de intereses, es la siguiente:
FDt 360 1 it 1
FAt 1 FDt FAt 1 Donde: it: Tasa de interés efectiva anual del día “t”. La tasa está expresada en decimales. FDt: Factor diario correspondiente a la tasa de interés del día “t”. FAt: Factor acumulado correspondiente a la tasa de interés del día “t”.
En cambio, el cálculo del factor acumulado de la tasa de interés legal para actualizar una deuda laboral supone que los intereses no son capitalizados. Por lo tanto, la fórmula utilizada para calcular el factor acumulado legal laboral es la siguiente:
FAt FDt FAt 1 En todos los casos, los factores diarios y acumulados son calculados con 8 (ocho) decimales de precisión y publicados con 5 (cinco) decimales. Ejemplo1 Hallar el factor acumulado de la tasa de interés legal efectiva en moneda nacional para el 29 de enero de 2005, sabiendo que la tasa de interés legal en moneda nacional a dicha fecha fue 2,52% y que el factor acumulado de dicha tasa al 28 de enero fue 5,21714273. Factor diario:
360
1 0,0252 1 = 0,00006921
Factor acumulado: (1 0,00006921) 5,21714273 = 5,21786491 Ejemplo2 Hallar el factor acumulado de la tasa de interés legal laboral en moneda nacional para el 29 de enero de 2005, sabiendo que la tasa de interés legal en moneda nacional a dicha fecha fue 2,52% y que el factor acumulado de dicha tasa al 28 de enero fue 1,57733869. Factor acumulado: 0,00006921 1,57733869 = 1,5774079
Actualización de Montos de Dinero Para actualizar un monto de dinero utilizando los factores acumulados publicados por la SBS se aplica la siguiente metodología: Sea: C: I: t0 : tT : FAt0: FAtT:
Capital o deuda base por actualizar. Intereses generados por el capital en el período. Día de origen de la operación cuyo capital se va a actualizar. Día al que se va a actualizar el capital (corresponde al día anterior a la fecha de pago). Factor acumulado correspondiente a la tasa de interés del día de origen de la operación. Factor acumulado correspondiente a la tasa de interés del día al que se va a actualizar el capital.
Para calcular los intereses generados por un capital C entre el día t0 y el día tT según la tasa de interés correspondiente al factor acumulado que se está usando, excepto para el factor acumulado legal laboral, se aplica la siguiente fórmula:
FAt I C T 1 FAt 0 Para el caso del factor acumulado legal laboral, se utiliza la siguiente fórmula:
I C FAtT FAt 0
Ejemplo1 Actualizar una deuda por S/. 18 350 que venció el 15 de agosto de 1999 y se paga el día 24 de marzo de 2005, usando la tasa de interés legal efectiva. Para el cálculo de intereses se considera las tasas de interés legales vigentes desde el vencimiento de la deuda hasta el día anterior a la fecha de pago. Factor acumulado al 23/03/2005: 5,23674 S (factor acumulado al día anterior de la fecha de pago) Factor acumulado al 15/08/1999: 3,77861
5,23674 1 = 7 081,09 3,77861
Intereses generados entre el 15/08/1999 y el 23/03/2005: 18350
Monto actualizado al 23/03/2005: 18 350,00 + 7 081,09 = S/. 25 431,09 Ejemplo2 Actualizar una deuda por S/. 18 350 que venció el 16 de junio de 1992 y se paga el 24 de marzo de 2005, usando la tasa de interés legal efectiva. Desde abril de 1991 hasta el 15 de septiembre de 1992, el BCRP estableció que la Tasa de Interés Legal en moneda extranjera equivalía a la TAMEX mientras que la de moneda nacional equivalía a la TAMN, TAMN + 1 y TAMN + 2, dependiendo del plazo del contrato. A partir del 16 septiembre de 1992, las Tasas de Interés Legal en moneda nacional y moneda extranjera son calculadas sobre la base de la TIPMN y TIPMEX, respectivamente. Para actualizar dicho monto de dinero al 23 de marzo de 2005 (día anterior a la fecha de pago), primero se calculan los intereses generados entre el 16 de junio de 1992 y el 15 de septiembre de 1992 (fecha en que termina el primer periodo de acumulación) sobre el monto inicial y después se calculan los intereses generados entre el 15 de septiembre de 1992 y el 23 de marzo de 2005 sobre el monto al 15 de septiembre de 1992 (que incluye monto inicial e intereses capitalizados).
Considerando que la deuda original fue pactada a un plazo menor a 360 días, para el periodo comprendido entre el 16 de junio de 1992 y el 15 de septiembre de 1992 se aplica el factor acumulado correspondiente a la TAMN. Factor acumulado al 15/09/1992: 6,90796 Factor acumulado al 16/06/1992: 5,50261
6,90796 1 = 4 686,53466 5,50261
Intereses generados entre el 16/06/1992 y el 15/09/1992: 18350
Monto actualizado al 15/09/1992: 18 350,00 + 4 686,53466 = S/. 23 036,53466 Factor acumulado al 23/03/2005: 5,23674 Factor acumulado al 15/09/1992: 1,00000 Intereses generados entre el 15/09/1992 y el 23/03/2005: 23036 ,53466 5,23674 1,00000 Monto actualizado al 23/03/2005: 23 036,53466+ 97 599,80786 = S/. 120 636,34
1 = 97 599,80786
Una forma de cálculo alternativa y equivalente para hallar el valor de los intereses generados entre el 16 de junio de 1992 y el 23 de marzo de 2005 es la siguiente:
6,90796 5,23674 1 102286,34 5,50261 Monto actualizado de S/. 18 350 al 23/03/2005: 18 350 + 102 286,34 = S/. 120 636,34 Ejemplo3 Actualizar una deuda laboral de S/. 4 250, generada el 8 de febrero de 2002 que se paga el 14 de junio de 2005. En este caso, se usa el factor legal laboral. Factor acumulado al 13/06/2005: 1,58695 Factor acumulado al 08/02/2002: 1,48952 Intereses generados entre el 08/02/2002 y el 13/06/2005: 4250 1,58695 1,48952 = 414,08 Monto actualizado al 13/06/2005: 4 250,00 + 414,08 = S/. 4 664,08