LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
ÁRBITRO ÚNICO: DR. ERNESTO ARMANDO VALVERDE VILELA
Demandante: EMPRESA WO CONSTRUCCIONES y PROYECTOS SA SUCURSAL PERÚ (En adelante EL CONTRATISTA o EL DEMANDANTE)
Demandado: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ZARUMILLA (En adelante LA ENTIDAD o LA DEMANDADA)
Tumbes, 21 de marzo del 2014
VISTOS:
• ANTECEDENTES
1. Con fecha 19 de diciembre del 2012. la Empresa VVO Construcciones y Proyectos SA Sucursal Perú y la Municipalidad
Provincial de Zarumilla
suscribieron Obra:
el Contrato de Obra N" 033-2012-MPZ
"Mejoramiento
Alcantarillado monto
y Ampliación
del Sistema
de Agua
Potable
y
de Campo Amor, provincia de Zarumilla - Tumbes", por un
ascendente
cuatrocientos
para la ejecución de
a la suma
cincuenta
S/.8'454,477.80
de
y cuatro mil cuatrocientos
(Ocho
setenta
millones
y siete con
80/100 nuevos soles) y un plazo de ejecución de 210 días calendarios, Contrato Arbitral.
que en su Cláusula Asimismo,
relacionadas
Décimo
en la ejecución
con la Ampliación
Octava
contractual
contiene
el Convenio
surgieron
controversias
de Plazo N" 02, la cual fuera sometida a
arbitraje por EL CONTRATISTA.
ACTUACIONES
ARBITRALES
2. El 31 de enero del 2014, en la sede arbitral del Centro de Arbitraje CENPERCO, Segundo
sito en la Av. Fernando
Piso Urbanización
Andrés
presencia
de los representantes
Audiencia
de Instalación.
impugnó el contenído
Belaúnde
Araujo
Terry Mz. 20 Lt. 09
Morán - Tumbes,
de las partes
En dicha Audiencia
se llevó
ninguna
del Acta suscrita, asumiendo,
con la
a cabo
la
de las partes
además, cada una
de ellas los Honorarios Arbitrales y de Secretaría Arbitral. Mediante Resolución N" 04, notificada a ambas partes el 18 de marzo de 2014, el Arbitro Único fijo el plazo para laudar:
Demanda
de la Empresa WO
3. EL CONTRATISTA,
Construcciones
S.A
con fecha 05 de febrero del 2014 presenta su
t
escrito de demanda arbitral conteniendo í) Se ordene la procedencia días calendarios
y Proyectos
las siguientes pretensiones:
de la Ampliación
de la Obra: "Mejoramiento
Agua Potable y Alcantarillado
de Plazo N° 02 por 150
y Ampliación
del Sistema de
de Campo Amor, provincia de Zarumilla -
Tumbes";
06
ii) Reconocimiento
y pago de la suma de S/.523,145.76
veintitrés mil ciento cuarenta
y cinco con 76/100
(Quinientos
nuevos soles) por
concepto de mayores gastos generales y ii) Se reconozca las costas y costos que genere el presente proceso arbitral. Escrito de demanda que fuera itida a trámite mediante Resolución
W 01 notificada a las
partes el 10 de febrero del 2014.
Contestación
de demanda
por parte de la Municipalidad
provincial
de Zarumilla,-
4. Asimismo,
con escrito del 14 de febrero del 2014, LA ENTIDAD
absuelve el traslado de demanda, solicitando se declare improcedente en
todos
sus
CONTRATISTA,
extremos por
la demanda
los
argumentos
arbitral allí
interpuesta
expuestos,
por
EL
escrito
de
contestación que fuera itido con Resolución W 02 del 17 de febrero del 2014, en la cual, se resuelve, asimismo, Audiencia de Conciliación y Determinación
citar a las partes a la
de Puntos Controvertidos
para el día 28 de febrero del 2014 a las 16:00 horas en la sede del Centro de Arbitraje CENPERCO, la misma que fuera reprogramada solicitud
del representante
de LA
ENTIDAD,
conforme
a
al escrito
recepcionado el 27 de febrero del 2014.
AUDIENCIA
DE
CONCILIACiÓN
Y
DETERMINACiÓN
DE
PUNTOS
CONTROVERTIDOS
5. Que, 'con Resolución Reprogramó
W
03 del 28 de febrero
la diligencia de Conciliación
del 2014,
y Determinación
se
de Puntos
Controvertidos para el día 06 de marzo del 2014 a las 16:00 horas en la sede del Centro de Arbitraje CENPERCO, diligencia que se llevó a cabo con la presencia del Dr. Nicolas Antonio Lajas Gonzales, en calidad de Procurador
Público de la Municipalidad
de Zarumilla,
e Ingeniero
Eduardo Zamora Castañeda, representación partes
asimismo
de la Contratista,
debidamente
siendo que
acreditados
y
conciliar confonme a los documentos
En dicha diligencia,
LA ENTIDAD
propone a EL CONTRATISTA,
el Sr. Pablo Sanchez
con
Prada en
los representantes
facultades
de las
suficientes
para
que obran en autos.
por medio de su Procurador
Público
la siguiente fórmula conciliatoria:
"Qúe la Entidad acepta la aprobación de la Ampliación de Plazo N' 02 por ciento cincuenta (150) dias calendarios y solicita que la Contratista
renuncie a la pretensión
ria respecto al reconocimiento
y pago
de los
mayores gastos generales solicitado mediante escrito de demanda de fecha 05 de febrero del 2014"
Dicha fórmula
conciliatoria
CONTRATISTA,
fue aceptado
por el representante
de EL
quien manifestó de manera expresa su aceptación
a la
formula conciliatoria total.
"Que
la
parte
demandante......
conciliatoria propuesta
por
acepta
la Entidad
la
formula
respecto
a la
aceptación de su ampliación de plazo solicitado por 150 días calendarios y aceptan renunciar al reconocimiento y cobro de mayores gastos generales solicitados ..... "
Cabe señalar
que dicho acuerdo
conciliatorio
conto con la firma del
Árbitro Único en calidad de testigo. Ambas partes solicitaron al Árbitro Único la aprobación
y homologación
del acuerdo arribado por las partes en los términos convenidos lo cual fue aceptado por el Arbitro Único, la cual constara
por ellos,
en forma de
Laudo.
0:3
6. Que, de conformidad Arbitral
contenida
con el numeral
en el Acta de Instalación,
abierto el proceso
arbitral
y en cualquier
competente
para promover la conciliación
expedición
del laudo las partes concilian
Arbitral
dictará
adquiriendo
39 de las Reglas del Proceso
una
resolución
lo acordado
de
el Árbitro
etapa de su desarrollo,
es
entre las partes. Si antes de la sus pretensiones,
conclusión
la autoridad
Único una vez
del
de cosa
el Tribunal
proceso
juzgada.
arbitral,
Asimismo,
conforme al numeral 40 de las citadas Reglas del Proceso, se establece que,
si lo solicitan
conciliación
ambas
constará
convenidos
en
forma
y el Árbitro
de
laudo
Único
arbitral
lo acepta,
en
la
los términos
por las partes, en cuyo caso se ejecutará como tal.
7. Conforme
es de verse en el Acta de Conciliación
Puntos Controvertidos Árbitro
partes
Único
arribaron,
y Determinación
del 06 de marzo del 2014, las partes solicitan al
la aprobación
y homologación
del
Acuerdo
por tanto, que habiendo ambas partes conciliado
de sus pretensiones
de
antes de la expedición
al cual
la totalidad
del Laudo, y verificándose
además que el mencionado Acuerdo versa sobre derechos patrimoniales y no afecta
el orden
público;
este Arbitro
Único
debe
proceder
homologar el acuerdo de las partes en los términos convenidos Por otro lado, que no existiendo presente
proceso
Arbitrales,
arbitral,
quedando
más actuaciones
corresponde
expedito
éste
el cierre Árbitro
a
por ellas.
que realizar en el de las Actuaciones
Único
emitir
el Laudo
correspondiente.
RESOLUCIÓN
W 05
•
Por los argumentos expuestos, el Árbitro Único LAUDA:
CJ)
/
PRIMERO.-
REGISTRAR
Conciliatorio
contenido en el Acta del 06 de marzo del 2014, homologándose
misma, en los términos
EN LA FORMA DE LAUDO ARBITRAL,
convenidos
por la Empresa
Proyectos SA Sucursal Perú y Municipalidad
el Acuerdo
VVO Construcciones
la y
Provincial de Zarumilla:
Ol.,
"Que la Entidad acepta la aprobación de la Ampliación de Plazo N' 02 por ciento cincuenta (150) dias calendarios y solicita que la Contratista
renuncie a la pretensión ria respecto al
reconocimiento
y pago
de los mayores
gastos
generales
solicitado mediante escrito de demanda de fecha 05 de febrero del 2014". "Que la parte demandante
acepta la formula conciliatoria
propuesta por la Entidad respecto a la aceptación
de su
ampliación de plazo solicitado por 150 dias calendarios y aceptan renunciar
al reconocimiento
generales solicitados
y
cobro
de mayores
gastos
".
En tal sentido ambas partes solicitan
al Árbitro
Único la
aprobación y la homologación del acuerdo conciliatorio arribado por las partes. (. ..)
SEGUNDO.-
DECLARAR
que cada una de las partes asumirá
de modo
equitativo los costos arbitrales. TERCERO.-
DISPONER
la notificación
a las partes del presente
Laudo,
haciéndoles saber que tiene carácter vinculante y que es eficaz desde el día de su notificación. Asimismo, disponer que el Secretario Arbitral remita una copia del presente laudo a la Dirección de Arbitraje istrativo
del Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado- OSCE. Tumbes, 21 de marzo del 2014 ,,/
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Sussy Victoria Delgado AguíJar Secretaria Arbitral