De Indio a campesino CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA DEL PERÚ COLONIAL Karen SPALDING | Instituto de Estudios Peruanos | 1974 Fragmentos
SPALDING, Karen. De indio a campesino: Cambios en la estructura social del Perú colonial
El Kuraka y el comercio colonial La creación de una sociedad colonial comienza más que termina con la conquista y con la imposición de un régimen extranjero, pero éste régimen, para ser duradero, no puede basarse sólo en la amenaza de la fuerza física. La sociedad que existió en el área andina antes de la llegada de los conquistadores españoles funcionaba a través de una complicada trama de relaciones sociales que regulaba el intercambio social, económico y político entre sus y determinaba su a los bienes y recursos producidos por los otros. El largo proceso de colonización implicó la fragmentación de las relaciones sociales que mantenían unida a aquella sociedad, y su reemplazo por otras relaciones que ataron a los de la sociedad sometida a sus conquistadores y limitaron su solidaridad interna. Gracias a la labor de varios estudiosos, se tiene ahora un bosquejo relativamente consistente del sistema colonial impuesto a los de la sociedad andina por sus conquistadores españoles.1 Pese a que es necesario investigar más, ya es factible presentar un cuadro de las instituciones coloniales españolas, legales y extralegales, que afectaban a los indios. Estos antecedentes nos permiten modificar nuestra atención, acercarnos más a la sociedad nativa preguntarnos cómo es que aquellas instituciones y la misma presencia española, afectaron la organización interna de la sociedad andina. El término “andino” tal y como es utilizado en la siguiente discusión, se refiere al sistema de organización social indígena y a la gente que compartió aquella estructura cultural y social, en contraste con las de europeos. En las páginas siguientes quiero examinar un aspecto de la transformación de la sociedad andina bajo el régimen colonial española contrastando el carácter tan distinto de las transacciones económicas entre los españoles y los kurakas y la elite étnica andina, durante los siglos XVI y XVII. En este análisis quiero subrayar el hecho de que el régimen colonial no consistió solamente en la extracción del excedente de los indios por los de la sociedad española. En realidad, en el transcurso de dos siglos y medio se modificó íntegramente el sistema social, político y económico de la sociedad conquistada. Discutiré primero el contexto social de las actividades de los kurakas en el siglo XVI, luego caracterizaré brevemente el papel comercial que tiene el kuraka del siglo XVIII para luego examinar algunas implicaciones de estas diferencias para un análisis de la transformación de la sociedad nativa en el curso del tiempo. No intento establecer en estas páginas la dinámica de esa transformación que considero una tarea mucho más compleja y ambiciosa. Un propósito más de este artículo es el llamar la atención sobre la riqueza de los datos disponibles en dos tipos de fuentes que los historiadores recientemente han empezado a utilizar. El primero consiste en contratos que registran detalladamente las transacciones económicas entre los de las sociedades indígena y española en las primeras décadas subsiguientes a la conquista. Estos contratos se pueden hallar en los archivos notariales de provincias, muchos de los cuales contienen material que se remonta al siglo XVI2. El segundo tipo de material, (…), consiste en visitas, es decir, 1
Ver: Luis J. Basto Girón, “Las Mitas de Huamanga y Huancavelcia”, Perú Indígena, N° 13, Lima, 1954, 2-28; Guillermo Lohman Villena, El corregidor de indios en el Perú bajo los Austrias, Madrid, 1957; John H. Rowe, “The Incas under Spanish Colonial Institutions”, HARH, 37:2, 1957, 155-159; Manuel Vicente Villarán, Apuntes sobre la realidad social de los indígenas del Perú ante las leyes de Indias, Lima, 1964, para estudios acerca de las instituciones coloniales españolas que conciernen a la población india en el área andina. 2 Los contratos en los que se basa la mayor parte de este artículo están contenidos en los registros notariales de la ciudad de Huánuco, Perú, en el archivo de don Guillermo Gayoso G, quien 1
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descripciones detalladas de grupos étnicos nativos, que incluyen las respuestas de ellos a las preguntas del visitador español. Dos de estas visitas han sido publicadas recientemente3. Estos datos permiten obtener una idea mucho más precisa de la organización interna de la sociedad andina, de la que se puede derivar de las fuentes generales más tradicionales. Los de la sociedad andina lograban a los bienes y a los recursos por medio de los lazos de parentesco. Era a los parientes a quienes se recurría para la fuerza de trabajo extra que se necesitaba para construir una casa o para cosechar. Los parientes cultivaban las tierras de los familiares que se encontraban ausentes, ya sea en el servicio de la mita o en otras tareas. Era a los parientes a quienes una nueva unidad familiar pedía la tierra y la ayuda que necesitaba para trabajar, y a quienes esta familia, le debía servicios específicos como retribución. Esta sigue siendo la situación en la sociedad campesina de la serranía, pero la trama de vínculos del siglo XVI era mucho más extensa. Los diccionarios quechuas del siglo XVI definen el término andino ayllu, que actualmente designa a un grupo de parentesco localizado, como a un grupo de cualquier tamaño unido por lazos de parentesco4. El ayllu tradicional se puede definir como un grupo cuyos se consideran “hermanos”, que se deben mutua ayuda y sostén, en contraste con otros que se encuentran fuera de los límites del grupo. El sistema social consistía en una serie de unidades establecidas, definidas en términos de parentesco, fueran estos reales o míticos. En cada nivel de la sociedad, una persona reclamaba bienes y recursos basándose en su calidad de miembro de una de estas unidades, consideradas desde la familia hasta los límites del grupo étnico, fuera éste el extenso reino de Chucuito o la sociedad relativamente pequeña de Huarochirí5. En los niveles más extensos de la sociedad, cada uno de estos grupos de parentesco se hallaba representado y supervisado por un kuraka. El término quechua kuraka se puede traducir vagamente como “señor” o “jefe”. En el gran diccionario de Diego González Holguín, la palabra es definida como “el señor del pueblo”, o “el que tiene la voz por todos”6. El kuraka, a diferencia del gobernador provincial incaico, era un miembro integrante del grupo sobre el cual ejercía su autoridad, y por el cual hablaba y con cuyos estaba ligado por lazos de parentesco, lealtades y obligaciones recíprocas. Es difícil dar una definición específica de los derechos y poderes del kuraka. Había claras
amablemente me permitió el libre a los ricos materiales de su colección. En la medida en que muchos investigadores examinan colecciones locales y regionales se hace cada vez más claro que existe un rico material documental en muchas capitales locales y de provincias que se remonta al período colonial. 3 Iñigo Ortiz de Zúñiga, Visita a la; provincia de León de Huánuco en 1562, vol. 1, Huánuco, 1967 y vol. 2, Huánuco, 1972; Garoi Diez de San Miguel, Visita hecha a la provincia de Chuncuito por… en el año 1567, Lima, 1964; John V. Murra, quien estuvo dedicado activamente a la preparación y publicación de estas visitas, ha llamado la atención sobre su valor para la reconstrucción de la organización social andina. Ver John V. Murra, “Current Researsh and Prospects in Andean Ethnohistory”, Latin American Research Review, 5; 1970, pág. 3 – 36. 4 Fray Domingo de Santo Tomás, Lexicón o vocabulario de la lengua general del Perú, Lima, 1951, p. 232, define el término ayllu como “linaje, generación o familia”. Diego González Holguín, Vocabulario de la lengua general de todo el Perú llamada quechua o del Inca, Lima, 1952, pág. 39, define el término como “parcialidad, genealogía, linaje, o parentesco, o casta”. 5 John V. Murra, “An Aymara Kingdom in 1567”, Ethnohistory, 15, 1958, pág. 151 – 155; John V. Murra, “El control vertical de un máximo de pisos ecológicos en la economía de las sociedades andinas”, en la Visita de la provincia de León de Huánuco (1562), Huánuco, 1972, vol. 2, pág. 430 – 476; Karen Spalding, “The Shrinking Web”, inédito. 6 Vocabulario, pág. 55. 2
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y sustanciales diferencias en el poder y los privilegios otorgados a los kurakas de grupos étnicos de diverso tamaño y organización, que iban desde los pastores de la alta puna hasta los campesinos de la arraigada planicie costeña. Dentro del grupo étnico, había kurakas que representaban distintos niveles en la jerarquía de grupos sociales establecidos. El kuraka principal funcionaba como representante de la totalidad del grupo étnico y bajo su mando se encontraban desde los señores de los grupos integrantes de parentesco, hasta el jefe de un solo establecimiento o ayllu7. La función principal del kuraka era la de ser el representante de su comunidad y el guardián de las normas sociales que regulaban las relaciones entre los de la sociedad. El kuraka arbitraba las disputas de asentamiento entre los de su grupo social, velaba por el mantenimiento de sus ritos y respaldaba las demandas de bienes y recursos hechas por los más débiles o menos prósperos. Bajo el Imperio Incaico, el kuraka también era responsable de hacer cumplir las obligaciones de la comunidad para con el Estado, por medio de la organización del trabajo en las tierras del Estado, los sacrificios a las deidades incaicas, etc.8 En retribución a su papel como guardianes de las normas de la comunidad, los kurakas tenían especial a los bienes y recursos de sus comunidades. En la provincia de Huánuco, los indios sometidos al kuraka principal cultivaban y cosechaban sus campos y pastaban sus llamas, construían su casa y tejían ropa para él. Los indios realizaban estas labores como deberes de la comunidad, después del trabajo hecho en los campos del Inca y de las principales deidades. Además cultivban extensiones mas pequeñas de tierra para los kurakas de mayor rango. En cada comunidad, se asignaban tierras a los kurakas, y éstas eran cultivadas por los indios sometidos a ellos9. Como resultado de su mayor a los bienes y recursos, el kuraka se hallaba en posición de ampliar la red de derechos y responsabilidades recíprocas, a través de la cual un miembro de la sociedad andina solicitaba ayuda y el apoyo de los demás. Lograba tal objetivo distribuyendo juiciosamente su riqueza entre los parientes, reafirmando y fortaleciendo así las obligaciones de ellos hacia él. (…) Él, al igual que los otros de la comunidad, tenía que solicitar la ayuda de sus parientes y se esperaba que retribuyese en alguna forma. Por ejemplo, un kuraka en Huánuco contaba que cuando necesitaba la ayuda de sus subordinados “ruega a los indios que se la/s den porque él no tiene cosa cierta que le hayan de dar por vía de obligación…”10 Los conquistadores españoles reconocieron a los kurakas como líderes de sus comunidades. La ley española puso nominalmente a los jefes locales, como también a los de elite incaica, al mismo nivel que la nobleza europea, otorgándoles una posición legal equivalente a la hidalguía en España. Los de la nobleza india no se hallaban sujetos al régimen de trabajo ni a las regulaciones suntuarias que eran aplicadas a los otros de la sociedad india. La Corona les garantizaba el derecho de mantener patrimonios personales y recibir el servicio de sus súbditos indígenas en virtud de su rango social y posición de autoridad. A diferencia del indio tributario, quien como un menor ante la Ley requería la aprobación de la autoridad española de la provincia 7
John V. Murra, “Social Structural and Economic Themes in Andean Ehtnohistory”, Anthropological Quarterly, 34, 1961, pág. 50; Karen Spalding, “Indian Rural Society in colonial Perú: the example of Huarochirí” (tesis doctoral inédita, Berkeley, 1958), pág. 174 – 178. Para descripciones contemporáneas de la jerarquía del kuraka, ver la Visita de Huánuco, vol. 1, pág. 35; Rodrigo de Loayza, “Memorial de las cosas del Perú tocantes a los indios (1586), Colección de documentos inéditos para la historia de España, XCIV, Madrid, 1889, pág. 586. 8 9 10
Visita de Huánuco, vol. 1, pág. 28, 48, 75. Visita de Huánuco, vol. 1, pág. 28. 3
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para llevar a cabo un contrato, el kuraka se hallaba plenamente autorizado para realizar negocios y transacciones en la sociedad española11. Sin embargo, no todos los principales de los grupos locales de parentesco gozaban de tales privilegios. Privilegios específicos tales como montar a caballo o portar armas, variaban según el rango del kuraka, lo mismo que la cantidad de servicios de trabajo que las autoridades españolas le permitían pedir de sus indios subordinados. Al nivel del grupo social, el jefe o principal no gozaba de ningún privilegio especial. En la provincia de Chucuito, en 1567, el visitador recomendó que 36 personas, de una población total de aproximadamente 15.400, fueran eximidas de tributo y se les otorgase algunos servicios en virtud de su posición como kurakas.12 A cambio de su posición especial bajo el régimen español, se esperaba que el kuraka vigilase el cumplimiento de las demandas impuestas a los indios
11
“Real Cédula que se considere a los descendientes de caciques como nobles de su raza”, Madrid, 26 de marzo de 1697, Richard Konetzke (ed.), Colección de documentos para la historia de la formación social de Hispanoamérica 1493 – 1810, Madrid, 1953, Vol. 3, pág. 67; Recopilacion de leyes de los reynos de las Indias, Libro VI, título V. Ley XVIII; Libro VI. VI, título III, leyes IV y VIII. 12 Visita de Chucuito, Vol. 1, pág. 206. 4