CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA A SUMA ALZADA Conste por el presente documento, el Contrato Ejecución de Obra A SUMA ALZADA que celebran de una parte el Sr. …………………………………………………….., con DNI N° …………………. a quien en adelante se le denominará como el CONTRATANTE, con domicilio legal sito en la Av…………………………… N…………. Distrito …………….., Provincia ………….., , y de la otra parte: ………………………………………………… con RUC: ………………….inscrita en el Registro Nacional de Proveedores del Capitulo Ejecutor de Obras con el N° ………………. Teléfono N° ……………….. a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA con domicilio legal para estos efectos en ………………, debidamente representado por ……………………………., identificado con DNI ………….. en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA Antecedentes 1.1.- El CONTRATANTE con motivo de la ejecución de su vivienda: (poner casa unifamiliar o multifamiliar con los números de pisos ubicado en la provincia de …………… departamento de Lima, en fecha ….de ……de ….. realizó la convocatoria para el desarrollo de la propuesta económica con relación a suma alzada con un valor referencial total de S/ ………. (…………………………/100 Nuevos Soles) incluido impuesto y plazo de ejecución de 30 días naturales. 1.2.- Que, el CONTRATANTE otorga la Buena Pro en fecha ….. de ……. del ….., al postor MAGGA CONTRATISTAS Y CONSULTORES S.A.C. con RUC 20533901612 para la ejecución de la obra CONSTRUCCION DE LA VIVIENDA MULTIFAMILIAR (PONER DATOS), por el monto ofertado de S/.……… (………………………con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, según el presupuesto adjunto el cual se encuentra del Proceso de Selección por presupuesto a suma alzada. CLÁUSULA SEGUNDA Objeto del contrato 2.1.- EL CONTRATISTA, se obliga a ejecutar la obra CONSTRUCCION DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE N PISOS , en estricto cumplimiento con referencia al proyecto aprobado, la memorias y especificaciones técnicas, por el sistema a SUMA ALZADA mediante la cual la propuesta es un monto fijo integral, considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la ejecución del contrato en mención, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que forma parte de ésta, es referencial. 2.2.2.2.1.2.2.2.2.2.3.2.2.4.2.2.5.-
Forman parte del presente contrato, los siguientes anexos: Oferta económica del postor ganador. Otorgamiento de la Buena Pro Definitiva. Bases y Expediente Técnico firmado por el postor favorecido con la Buena Pro o su representante legal, absolución de consultas y demás documentos que forman parte del proceso de selección. Garantía de fiel cumplimiento de contrato, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 213°, 214º y 215º del Reglamento, las Bases y el contrato. Cronograma General de Ejecución de Obra y Calendario de Obra Valorizado de acuerdo al plazo establecido y en concordancia con el cronograma de
2.2.6.2.2.7.2.2.8.2.2.9.-
desembolsos establecido, los precios unitarios del contratista; desagregado de gastos generales, debidamente firmados por su representante legal. Calendario de Adquisición de Materiales e insumos necesarios para la ejecución de la obra y armonizado con el calendario de avance de obra, debidamente firmados por su representante legal. Documento Nacional de Identidad del representante legal. R.U.C. Nombre del residente, curriculum vitae detallado, copias del título profesional y certificado de habilidad para el ejercicio profesional, así como el compromiso suscrito para prestar sus servicios como residente y que tendrá a su cargo la Dirección Técnica de la Obra, debidamente firmados por su representante legal y el residente.
CLÁUSULA TERCERA Cláusula de Nulidad 3.1.- El contratista se obliga a ejecutar la obra, en estricto cumplimiento con las Bases y Expediente Técnico, bajo el sistema a SUMA ALZADA. CLÁUSULA CUARTA Monto del valor de la obra 4.1.- El monto del contrato de obra a suma alzada asciende a S/. …………. (………….. con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV. 4.2.- EL CONTRATISTA deja expresa constancia que dentro del monto señalado en el párrafo anterior están incluidos todos los costos por concepto de materiales, mano de obra, dirección técnica, utilidad, transporte, empleo de maquinarias y equipos, obligaciones laborales, leyes sociales, seguros, impuestos y cualquier otro gasto necesario para la ejecución total de la obra y las pruebas que sean necesarias efectuar para verificar la correcta ejecución de los trabajos. 4.3.- EL CONTRATISTA declara de igual forma haber revisado el proyecto e inspeccionado el lugar de la obra, por lo que renuncia expresamente a cualquier reclamación posterior por las condiciones físicas y climatológicas encontradas en el sitio de la obra, durante la ejecución de los trabajos. 4.4.- En el caso de Trabajos Adicionales, para la correcta ejecución de la obra, serán previamente coordinados y ordenados por el CONTRATANTE. CLÁUSULA QUINTA Plazo de Ejecución 5.1.- EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra, objeto del contrato en un plazo de ……… días naturales (30), contados a partir de que se cumplan las condiciones del 1er desembolso y adelanto de obra. 5.2.- Queda establecido que EL CONTRATISTA debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen la culminación de la obra dentro del plazo señalado. 5.3.- EL CONTRATISTA declara conocer perfectamente la ubicación del terreno donde se ejecutará la obra materia del contrato. CLÁUSULA SEXTA Forma de Pago. 6.1.- Las valorizaciones serán de acuerdo al avance y tendrán el carácter de pagos a cuenta; serán elaboradas por el supervisor y el contratista, de acuerdo al metraje efectuado en obra.
6.3. - La valorización elaborada será en estricta sujeción al expediente técnico. 6.4.- El pago se efectuará en moneda nacional. 6.5.- EL CONTRATISTA emitirá su factura a nombre del….(NOMBRE DEL PROPIETARIO) CLÁUSULA SÉPTIMA Modificaciones y subsanaciones en el expediente técnico 7.1.- Las modificaciones sustanciales y la subsanación de errores y omisiones en el Expediente Técnico durante la ejecución de la obra, deben contar con la opinión del proyectista, el mismo que intervendrá para aclarar y opinar sobre la situación presentada, a fin que el CONTRATANTE, pueda adoptar las medidas que el caso requiera y dilucidar, de ser el caso, las responsabilidades emergentes. CLÁUSULA OCTAVA
Valorización
8.1.- De acuerdo con la cláusula sexta la valorización será de acuerdo al avance de obra. 8.2.- El plazo máximo para la aprobación por el supervisor de la valorización y su remisión al CONTRATANTE, es de cinco (03) días. 8.3.- A efectos de realizar un adecuado control de las valorizaciones, se deberá presentar en forma separada la valorización, el reajuste, el reintegro, los adelantos y/o deducciones. 8.4.- Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación o valorización de los metrados entre el CONTRATISTA y el CONTRATANTE, según sea el caso, se resolverán en la liquidación del contrato, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida. CLÁUSULA NOVENA Garantías 9.1.- Las garantías que EL CONTRATISTA otorgue a favor del CONTRATANTE, serán las de fiel cumplimiento de contrato y en su caso, la garantía por los adelantos, que servirán para asegurar la buena ejecución y cumplimiento de contrato. 9.1.1.- El CONTRATANTE, entregará los adelantos solicitados por EL CONTRATISTA, previa entrega de una garantía de conformidad con lo dispuesto el cual será un cheque en blanco. 9.1.2.- Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos, deberán ser realizados con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista. 9.1.3.- No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales. 9.1.4.- La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos proporcionales de las valorizaciones que se efectúen al CONTRATISTA. 9.1.5.- En caso de que la obra se encuentre atrasada, el CONTRATISTA informará por escrito al supervisor sobre las medidas que implementará para solucionar los retrasos producidos.
CLÁUSULA DECIMA
Responsabilidades y Obligaciones
10.1.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 10.1.1.- EL CONTRATISTA bajo ningún concepto podrá ceder, transferir o subrogar total o parcialmente el contrato. 10.1.2.- EL CONTRATISTA y sus representantes están obligados a conocer minuciosamente los Planos, Instrucciones, Costos y Especificaciones Técnicas. Toda duda será inmediatamente consultada al supervisor quien absolverá las interrogantes en el plazo de tres (03) días naturales siguientes a la recepción de la consulta. 10.1.3.- En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente todos los pagos necesarios para subsanar los inconvenientes correrán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA. 10.1.4 - Para los efectos de la ejecución de la obra materia del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a emplear personal de reconocida capacidad técnica y de experiencia en similares trabajos por el cual se contrata. 10.1.5 .- EL CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipos y todo trabajo concluido hasta la recepción final de la obra. 10.1.6 .- EL CONTRATISTA cumplirá estrictamente con la Legislación Tributaria, Laboral, Municipal y Social vigente en la República del Perú y será también responsable de dicho cumplimiento por las demás obligaciones que por Ley le correspondan. Mediante el presente se deja expresa constancia la prohibición que EL CONTRATISTA acuerde con terceros la subcontratación de parte o la totalidad de las prestaciones del contrato. 10.1.7 .- El contratista no podrá entregar la obra defectos, errores u omisiones en los Planos y/o trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y responsabilizándose por las imperfecciones, vicios total de la misma.
defectuosa o mal ejecutada, aduciendo Especificaciones Técnicas, debiendo el enmendado por su exclusiva cuenta, de la obra y por la destrucción parcial o
10.1.8 - El período de responsabilidad para la presente obra es de ocho (03) años, contados a partir de la conformidad de la obra otorgada por el GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, de acuerdo con lo establecido por el artículo 51° de la Ley. 10.1.9. .- EL CONTRATISTA mantendrá barreras, letreros, luces y señalización adecuadas y en general todo medio de seguridad para el de peatones y vehículos a los lugares de la obra, para prevenir a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por EL CONTRATISTA a la terminación de la obra. 10.1.10 .- EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, cables de instalación eléctrica y otras instalaciones de servicio, debiendo reparar cualquier daño o defecto ocasionados por su propia cuenta. 10.1.11.- EL CONTRATISTA debe presentar la liquidación de la obra, debidamente sustentada, con la documentación de cálculos detallados, conjuntamente con la Memoria Descriptiva Valorizada y/o Declaratoria de Fábrica.
10.1.12 .- Queda entendido que cualquier reemplazo del personal que efectúe EL CONTRATISTA deberá previamente contar con la aprobación del supervisor sin perjuicio del derecho del GOBIERNO REGIONAL DE LIMA de solicitar la sustitución del personal que a su juicio resulte incompetente. 10.2.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE 10.2.1.- Entregar el terreno dentro de los quince (15) días siguientes de la suscripción del contrato. 10.2.2.- Abonar la valorización de la obra presentada por EL CONTRATISTA, de acuerdo al procedimiento expresado en el contrato. 10.2.3.- Recepcionar la obra totalmente concluida y sin ninguna clase de observaciones, levantando el acta de recepción final de obra, suscrita por los integrantes del comité de recepción de obra. CLÁUSULA DECIMOPRIMERA Cuaderno de obra 11.1.- EL CONTRATISTA adquirirá por su cuenta el Cuaderno de Obra. En la fecha de entrega de terreno se abrirá el Cuaderno de Obra. 11.2.- El Cuaderno de Obra debe constar de una hoja original con tres (03) copias desglosables, correspondiendo una de éstas al CONTRATANTE, la otra al contratista y la tercera al supervisor. El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes. 11.3.- En el Cuaderno de Obra se anotarán en forma legible los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmando al pie de cada anotación el supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes al GOBIERNO REGIONAL DE LIMA que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra. 11.4.- Cada anotación llevará fecha, nombre, firma y el número de Registro del Colegio de Ingenieros o Arquitectos del Perú, según corresponda, del supervisor y del residente. 11.5.- Las consultas se formulan en el Cuaderno de Obra, se dirigen al supervisor según corresponda y se sujetan a lo dispuesto en el artículo 251º del Reglamento. CLÁUSULA DECIMOTERCERA Cumplimiento del contrato 13.1.- EL CONTRATISTA se obliga a entregar la obra, objeto del contrato, totalmente terminada a satisfacción del CONTRATANTE, en el plazo de TREINTA (30), días naturales, contados a partir del cumplimiento de las condiciones dispuestas. 13.2.- Queda establecido que EL CONTRATISTA debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen la culminación de la obra en el plazo establecido en el contrato.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA Penalidad por mora 14.1.- En el caso que EL CONTRATISTA incurra en mora por retraso injustificado en la entrega de la obra, se le aplicará una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (1%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía. CLÁUSULA DECIMOQUINTA Causas de caso fortuito o de fuerza mayor 15.1.- Se entiende por caso fortuito o de fuerza mayor a la causa no imputable a las partes consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible que impide la ejecución de la obligación o determine su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. CLÁUSULA DECIMOSEXTA Recepción de la obra 16.1.- El Comité de Recepción verificará el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el contratista. 16.2.- Previa a la recepción de la Obra, el contratista deberá presentar en un número de 02 juegos, los planos de Replanteo visados por el supervisor + 1 CD conteniendo los Planos de Obra, para su verificación por el Comité de Recepción durante su inspección. 16.3.- Ningún otro documento que no sea el acta de recepción de la obra, servirá para acreditar que el contrato, o alguna parte del mismo, ha sido debidamente ejecutado. No se podrá considerar que el contrato ha sido completamente ejecutado mientras no sea suscrita la indicada acta por los del Comité de Recepción de Obra y EL CONTRATISTA, en la que conste que la obra ha sido concluida a entera satisfacción del GOBIERNO REGIONAL DE LIMA. 16.4.- Se deberá tener en cuenta la Resolución de Contraloría N° 072-98-CG “Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público” Norma 600-14 sobre los metrados post construcción. CLÁUSULA DECISEPTIMA Liquidación final 17.1.- La liquidación final, contará con el acta de recepción final de la obra. CLÁUSULA OCTAVA
Resolución del contrato
18.1.- Cláusula de resolución de contrato por incumplimiento. 18.1.1.- En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada; es decir, requerida por CONTRATANTE, ésta última podrá resolver el contrato, en forma total o parcial, mediante la remisión por la vía notarial de la Resolución Directoral, aprobada por el CONTRATANTE, en
el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL CONTRATISTA. Igual derecho asiste al CONTRATISTA ante el incumplimiento por parte del CONTRATANTE. CLÁUSULA DECIMO NOVENA
Solución de Controversias
19.1.- Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA Disposiciones Finales 20.1.- Los casos no previstos en el contrato se regirán por lo dispuesto en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones complementarias. Siendo de aplicación supletoria, en lo pertinente, el Código Civil. 20.2.- EL CONTRATISTA declara conocer los documentos señalados en la cláusula segunda numeral 2.2 del contrato, así como las normas a seguir en caso de resolución istrativa de contratos de obras públicas, contenidas en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones complementarias sobre la materia. 20.3.- El contrato podrá ser elevado a escritura pública por cualquiera de las partes, debiendo correr los gastos por cuenta de la parte solicitante. CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA
De la Conformidad
21.1.- Las partes han aprobado el contrato, que consta de SIETE HOJAS y …………. cláusulas, lo suscriben los representantes que se mencionan en las generales introductorias de este mismo documento, en la ciudad de Lima, a los 03 días del mes de marzo del 2014.
---------------------------------------EL CONTRATISTA
--------------------------------------------EL CONTRATANTE