MANUAL DE SEGURIDAD OPERACIONES CONCHAN SIG
MANUAL DE NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS M-040
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M-040 OPERACIONES CONCHAN 2012 MANUAL DE NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS
UNIDAD SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
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Agosto 2004
José Limaco Castillo
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I NDI CE INDICE
PAGINA
Política Integrada …………………………………………………………………………
7
1. Introducción…………………………………………………………………….……
8
2. Objetivos…………………………………………………………………….……….
8
3. Base Normativa……………………………………………………………………..
8-9
4. Alcance y Responsabilidad………………………………………………………..
9
5. Definiciones………………………………………………………………………….
9-13
6. Generalidades……………………………………………………………………….
13
7. Requisitos para el Ingreso …………………………………………………………
13
7.1. Trámites para el Ingreso de Personal Contratista a las Instalaciones….
13-14
7.2. Ingreso de Contratistas ………………………………………………………
14-15
7.3. Ingreso de Visitantes ………………………………………………………….
15-16
7.4. Controles……………………………………………………………………….
16
8. Obligaciones y Derechos de los Contratistas………………………………………
16
8.1. Obligaciones de la Empresa Contratista…………………………………….
17
8.2. Obligaciones del Personal Contratista……………………………………….
17
8.3. Derechos del Personal Contratista…………………………………………..
18
9. Infracciones y Sanciones ……………………………………………………………
18-19
10. Perfil Supervisor de Seguridad (Contratista)……………………………………
19
11. Perfil Ingeniero Residente (Responsable de la Obra)…………………………
19-20
12. Perfil Profesional o Técnico califico ……………………………………………….
20-21
13. Operarios/ Trabajadores
21
14. Planeamiento de Ejecución del Trabajo …………………………………………
21
15. Permisos de Trabajo ………………………………………………………………
21-23
16. De las Emergencias……………………………………………………………….
23
16.1. Sistema de Alarmas y Simulacros…………………………………………
23
16.2. Procedimiento de Aviso de Emergencia según el PEID…………………
23
16.3. Incendios……………………………………………………………………
24
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16.4. Accidentes…………………………………………………………………………..
25
16.5. Derrames………………………………………………………………………..
25-26
16.6. Entrenamiento…………………………………………………………………..
26
17. Equipos de Protección Personal – EPP……………………………………………
26
17.1. Generalidades…………………………………………………………………..
26-27
17.2. Equipos de Protección Personal para Soldadores con arco eléctrico……
27
17.3. Equipo de Protección Personal para Trabajos con Oxicorte………………
27
17.4. Equipo de Protección Personal para Esmerilado…………………………..
27
18. MAQUINAS Y EQUIPOS
28
18.1. Máquinas de soldar……………………………………………………………...
28
18.2. Equipo de oxicorte……………………………………………………………….
28-30
18.3. Esmeril angular………………………………………………………………….
30
18.4. Grupo electrógeno………………………………………………………………
30-31
18.5. Extintor contra incendio………………………………………………………..
31
19. Mapa de Riesgos…………………………………………………………………….. 19.1. Trabajos en Altura………………………………………………………………
31 31-32
19.1.1. Andamios y balsos Colgantes…………………………………………….
32-33
19.1.2. Escaleras……………………………………………………………………
33
19.1.2.1. Tipos de Escaleras usadas………………………………………
33-34
19.2. Ingreso en Espacio Confinado………………………………………………..
34-35
19.3. Trabajos en Caliente…………………………………………………………...
35-36
19.4. Trabajo en Frio………………………………………………………………….
36
19.5. Trabajo en Sistemas con Energía Peligrosa………………………………...
36-37
19.5.1. Energía Eléctrica…………………………………………………………..
37-38
19.5.1.1. Asegurado de sistemas de tubería……………………………….
38
19.5.1.2. Retiro de Bloqueos…………………………………………………
38-39
19.5.2. Trabajos con Material Radiactivo………………………………………..
39-40
20. Equipo Móvil y Transporte………………………………………………………………..
40
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20.1. Servicio de Transporte de Personal para operaciones de buceo, conexión de mangas, Vigilancia, Atención/evacuación de accidentados, y Contingencias Contra derrames en Mar………………………………………………..………….
40
20.2. Ingreso de Vehículos a las Instalaciones……………………………………….
40-42
20.3. Grúas Móviles e Hidráulicas (CAMIONES HIAB)…………………………...
42-43
21. Orden y Limpieza……………………………………………………………………..
43
22. Seguridad de la Información………………………………………………………….
43
23. Ingreso de los Equipos, Materiales y Herramientas………………………………..
43-44
24. Gestión de Residuos…………………………………………………………………
44-45
25. Auditorias e Inspecciones de Seguridad / Observación de Trabajo Seguro……
45
ANEXOS
46
ANEXO 01: Formato Reporte de Incidentes...........................................................
47
ANEXO 02: Formato Reporte de Accidentes........................................................
48
ANEXO 03: Formato Reporte de Incendio……………………………………………..
49
ANEXO 04: Formato Reporte de Derrame……………………………………………..
50
ANEXO 05: Boleta de Requisa…………………………………………………………...
51
ANEXO 06: Procedimiento de Gestión de Residuos Industriales de Operaciones Conchán…………………………………………………………………………………….. Anexo A Notificación de Almacenamiento de Residuos en Zona de Almacenamiento Temporal……………………………………………………………….. Anexo B
52-53 54
Resumen del Ciclo de Producción de un Residuo Peligroso……………..
55
Anexo C: Resumen del Ciclo de Gestión de un Residuo Peligroso…………………..
56
Anexo 07mapa de Riesgos de Salud y Seguridad en el Trabajo Operaciones ConchánPETROPERÚ……………………………………………………………………
57
Anexo 08 Puntos de Evacuación y Sectores en Operaciones Conchán……………..
58
Anexo 09 Rutas de Evacuación en caso de TSUNAMI………………………………..
59
Anexo 10 Rutas de Ingreso y Salida Peatonal…………………………………………. Anexo 11 Chaleco Obligatorio para los Supervisores de Seguridad y Supervisores de Obra de las Empresas Contratistas que laboran en Operaciones Conchán…….. Anexo 12 Procedimiento para Aviso de Emergencia según P.E.I.D. de Operaciones Conchán…………………………………………………………………….. Anexo 13 Procedimiento de uso de Avisos de Seguridad y Elementos de Bloqueo durante Trabajos Eléctricos……………………………………………………………….
60-61 62 63-64 65-68
Anexo 14 Protocolo de Apertura y Cierre de Candados y Tarjetas…………………...
69
Anexo 15 Verificación de Equipos de Gammagrafía Industrial (Fuentes Radioactivas)…………………………………………………………………………………
70-73
Anexo 16 Hoja de Inspección para Ingreso de Equipo de Gammagrafía Industrial….
74
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Anexo 17: Manual para la Emisión de Permisos de Trabajo y Análisis de Riesgos en las Tareas…………………………………………………………………………………
75-91
Anexo 18 Procedimiento Ingreso a Espacio Confinado…………………………………
92-95
Anexo F: Formato Permiso de Trabajo Caliente - Frío …………………………………
96
Anexo G: Formato Permiso de Ingreso Espacio Confinado…………………..
97
Anexo H: Formato Permisos de Trabajo Eléctricos…………………………………….
98
Anexo I: Formato Permisos de Trabajo de Gammagrafía……………………………..
99
Anexo J: Formato Permisos de Trabajo en Altura……………………………………….
100
Anexo K: Formato de Análisis de Trabajo Seguro (ATS)……………………………….
101-102
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POLÍTICA INTEGRADA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE OPERACIONES CONCHÁN Petróleos del Perú PETROPERÚ S.A. es la empresa petrolera del Estado de Derecho Privado, cuyo objeto social es llevar a cabo las actividades de Hidrocarburos que establece la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, en todas las fases de la industria y comercio del petróleo, incluyendo sus derivados, petroquímica básica y otras formas de energía. PETROPERÚ S.A. se compromete a una gestión empresarial que asegure: La calidad de sus productos y servicios a satisfacción de sus clientes, que proteja el ambiente, la integridad física, la salud y la calidad de vida de sus trabajadores, la de sus colaboradores directos y la de otras personas que puedan verse afectadas por sus operaciones. Asimismo se compromete a promover el fortalecimiento de sus relaciones con la comunidad de su entorno, realizando esfuerzos para mantener al petróleo como un material de uso ambientalmente sostenible, contribuyendo a reducir sus posibles impactos negativos. Por ello, en sus lugares de trabajo actual y futuro, desarrollará su gestión integrada basada en los siguientes compromisos: Desempeñar sus actividades de manera eficiente, responsable y rentable manteniendo sistemas auditables de gestión de la calidad, ambiental seguridad y salud en el trabajo, en un marco de acción preventiva y de mejoramiento continuo. Identificar, evaluar y controlar los aspectos ambientales, los peligros y riesgos de sus actividades, productos y servicios, previniendo la contaminación ambiental, el deterioro de la salud de las personas y el daño a los bienes físicos, procesos, productos y servicios, satisfaciendo las necesidades de sus clientes. Cumplir con la legislación vigente y con los compromisos voluntariamente suscritos sobre la calidad de los productos y servicios, protección ambiental, seguridad y salud en el trabajo. Promover el desarrollo de las competencias de sus trabajadores, orientadas al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los sistemas de gestión de la calidad, ambiente, seguridad y salud en el trabajo de nuestra Empresa. Difundir esta política a sus trabajadores, clientes, colaboradores, autoridades, la comunidad y otras partes interesadas, fomentando una actitud diligente en materias de calidad, protección ambiental, seguridad y salud en el trabajo, a través de una sensibilización y capacitación, adecuados a sus requerimientos. Proveer a toda la organización de los recursos requeridos para implementar los programas de gestión de la calidad, ambiental, seguridad y salud en el trabajo.
Acuerdo de Directorio No.146-2008-PP
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1. INTRODUCCION Es Política de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán, preservar la vida, la salud de los trabajadores que laboran en nuestras instalaciones y la protección del ambiente; por lo tanto, todo trabajo referente a un contrato o compromiso que celebre Petróleos del Perú PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán con personas naturales o jurídicas (CONTRATISTA) y Subcontratistas, se debe regir según lo estipulado en este “Manual de Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas M-040”. El Personal Contratista debe conocer y cumplir estrictamente las Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, así como con aquellas adicionales que puedan dictarse antes o durante la ejecución de cualquier trabajo u operación y las que las leyes señalen, con el fin de prevenir accidentes y controlar riesgos que puedan poner en peligro la vida y la salud de las personas, las instalaciones o el ambiente. 2. OBJETIVOS Petroperú S.A. – Operaciones Conchán en cumplimiento con sus compromisos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, ha elaborado el presente Manual Básico de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas, el cual está orientado a cumplir los principales objetivos: • Proteger la vida humana, de los contratistas y personal propio de la empresa; disponiendo recursos y medios para garantizar su seguridad. • Fomentar una cultura de Prevención de Accidentes de Trabajo y Riesgos Laborales con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. • Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones y el ambiente, en las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificación de riesgos existentes, evaluación, control y corrección. • Prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes e impactos ambientales en las actividades que se realizan dentro de las instalaciones de Operaciones Conchán. • Mantener procedimientos para ser utilizados por el personal en la ejecución de los trabajos, evitando que personal cometa actos o prácticas inseguras en el desempeño de sus funciones. 3. BASE NORMATIVA Este Manual se basa en las Normativas Legales de Seguridad, Salud en el Trabajo y Ambientales más importantes, y no excluye legislaciones aplicables ni modificaciones posteriores. Algunas de las principales normativas legales en las cuales se basa este Manual son: • Constitución General de la Republica • Ley 29783 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo”. • Decreto Supremo N° 005-2012-TR. Reglamento de Segu ridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 043- 2007-EM. • Decreto Supremo N° 015-2006-EM Reglamento para la Protección Ambiental de Hidrocarburos, • Decreto Supremo N° 015-2005-SA Reglamento sobre va lores Límites Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo, ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Decreto Supremo Nº 003-98-SA. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo • Resolución Ministerial Nº 090-97-TR/DM Creación de Registro de Entidades Empleadoras que desarrollan Actividades de Alto Riesgo, • Decreto Supremo N° 051-93-EM Reglamento de Normas para la Refinación y Procesamiento de Hidrocarburos. • Decreto Supremo N° 052-93-EM y su modificatoria el Decreto Supremo N° 036-2003-EM Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos, aprobado por. • Decreto Supremo Nº 030-98-EM y su norma complementaria el Decreto Supremo N° 0452001-EM Reglamentos para la Comercialización de Combustibles Líquidos Derivados de los Hidrocarburos, • D.S. N° 081-2007-EM.Reglamento de Seguridad de Tra nsporte de Hidrocarburos, • Decreto Supremo N° 033-2001-MTC.Reglamento Naciona l de Tránsito y Seguridad Vial, • Norma G 10 Reglamento Nacional de Edificaciones. • Norma G 50 Seguridad Durante la Construcción. • Decreto Supremo 021-2008-MTC.Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos • Resolución Ministerial Nº 375-2008-TR.Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Di ergonómico. • Resolución Ministerial Nº 161-2007-MEM/DM Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas. • Resolución Osinerming 240-2010-OS-CD Procedimiento de Evaluación y Aprobación de los Instrumentos de Gestión de Seguridad para las Actividades de los Hidrocarburos, • Leyes y Normatividad del “INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR” IPEN http://www.ipen.gob.pe/site/regulacion/leyes_normatividad.htm • D.S. N° 009-1997-EM, Reglamento de Seguridad Radio lógica y art. 105 del D.S. N° 043-2007EM, Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos. • Ley N° 27314 General de Residuos Sólidos. • Decreto Supremo N° 057-2004 PCM Reglamento de la L ey General de Residuos Sólidos. • Ley N° 28256 Ley que regula el transporte terrestr e de materiales y residuos Peligrosos. • Decreto Supremo N° 021-2008 MTC Reglamento Naciona l de Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. • Ley 28611 Ley General del Ambiente • DS-043-2007-EM Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos –Articulo 105 Manipuleo De Material Radioactivo. • Reglamento de Seguridad Radiológica – DS-009-1997-EM. 4. ALCANCE Y RESPONSABILIDAD El Manual de Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas M-040 es de uso interno que contiene y regula las obligaciones y condiciones de trabajo, orden, seguridad industrial y protección ambiental a la que deben sujetarse todos los trabajadores de las empresas contratistas que brindan servicios a Operaciones Conchán.Petroperú. 5. DEFINICIONES: Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Contratista: Persona Natural o Jurídica, contratada por Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. para prestar servicios. Desastre: Suceso localizado en el tiempo y espacio, natural o causado por el hombre, de tal severidad y magnitud que normalmente resulta en muertes, lesiones y/o daños graves a la propiedad. Emergencia: Toda situación generada por la ocurrencia de un evento, que requiere una movilización de recursos. Una Emergencia puede ser causada por un incidente, un accidente, un siniestro o un desastre. Energía Peligrosa: Energía en forma de corriente eléctrica, potencial eléctrico para descargas por capacitancia, tubería bajo presión (sea hidráulica o neumática), tuberías conteniendo líquidos de producción, energía almacenada (resortes, dispositivos de torsión, contrapesos, o actuadores por gravedad), energía térmica y química. Ergonomía: Su objetivo principal es la evaluación de la función músculo esquelética de los trabajadores con relación a su entorno de trabajo, con el fin de mejorar su situación laboral, sus condiciones de trabajo y las tareas que realiza. Espacio Confinado: Ambiente de trabajo con aberturas limitadas de entrada, salida y ventilación natural desfavorable, que no está diseñado para una ocupación continúa por parte del trabajador, dentro del cual pueden encontrarse riesgos atmosféricos, físicos, químicos y una potencial atmósfera peligrosa. Ficha de Autorización de Ingreso: Carnet de uso personal emitido por Petróleos del Perú PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán que identifica al trabajador como personal contratista. Se debe usar en un lugar visible todo el tiempo que el contratista permanezca dentro de las instalaciones. Este carnet es canjeado por el Documento Nacional de Identidad DNI, Licencia de Conducir, pasaporte y/o carnet de extranjería (en caso de personal extranjero) en la puerta de ingreso (al ingresar y salir de las Instalaciones de Operaciones Conchán). Herramientas Hechizas: Son aquellas que no cuentan con ninguna certificación del fabricante y/o aquellas que han sido fabricadas en talleres locales sin cumplir especificaciones técnicas. Identificación de Peligros: Proceso que permite reconocer que un peligro existe y a la vez permite definir sus características. Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas solo requieren solo cuidados de primeros auxilios. Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN): El Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) se encarga de normar, promover, supervisar y desarrollar las actividades aplicativas de la energía nuclear. Es una institución pública descentralizada del Ministerio de Energía y Minas. Larguero: Cada uno de los dos palos o barrotes que se ponen a lo largo de los peldaños.
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Límite Inferior de Inflamabilidad (Lower Flammable Limit – LFL): La concentración mínima de vapor o gas en mezcla con el aire, por debajo de la cual, no existe propagación de la llama, al entrar en o con una fuente de ignición. Límite Superior de Inflamabilidad (Upper Flammable Limit - UFL): La concentración máxima de vapor o gas en mezcla con el aire, por encima de la cual, no tiene lugar la propagación de la llama, al entrar en o con una fuente de ignición. Manejo de Residuos Sólidos: Actividad técnica operativa de residuos sólidos que involucre manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposición final o cualquier otro procedimiento técnico operativo utilizado desde la generación hasta la disposición final. Pase de Salida de Materiales: Documento imprescindible que indica la autorización de la salida de materiales (equipos, mobiliarios, herramientas, repuestos, rios, productos, documentación, etc.) de las instalaciones a través de la puerta que se indique y dentro del horario especificado. Peldaño: Parte de una escalera o de uno de sus tramos en que se apoya el pie al subir o bajar por ella. Peligro: Fuente, Situación o Acto que tiene el potencial de ocasionar un daño en término de lesiones, enfermedades y/o una combinación de estas. Permiso de Trabajo: Documento escrito por el cual se autoriza desarrollar actividades como inspección, mantenimiento, reparación, instalación o construcción, entre otros; bajo ciertas condiciones de seguridad, en un periodo de tiempo definido y sin el cual no se podrán empezar los trabajos. Esta autorización estará predeterminada en el tiempo y área en donde se desarrollarán los trabajos, indicando en el documento la constancia de las medidas de seguridad a realizarse para la ejecución de los trabajos. Personal de Operaciones Conchán: • Operador(es) de Seguridad (RC4): Personal turnista encargados de la supervisión de la Seguridad Industrial en las Instalaciones de Operaciones Conchán. • Supervisor de o: Es la persona responsable del trabajo que representa a Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán ante el Contratista en relación a todos los aspectos relacionados con el contrato y la istración del mismo. • Supervisor de Protección Ambiental: Es la persona que representa a Petróleos del Perú PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán, encargado de realizar las funciones de supervisión, asesoramiento, verificación y control de la ejecución de los procedimientos ambientales establecidos y manejo adecuado de los materiales peligrosos que puedan generar efecto adverso al ambiente. • Supervisor de Seguridad Industrial y Contra Incendios: Es la persona que representa a Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán encargada de realizar las funciones de Seguridad, verificando y asesorando para que las labores se realicen bajo las condiciones de seguridad apropiadas y se cumplan con todos los procedimientos de seguridad establecidos en este documento. • Personal Responsable del Área - Equipo: Es la persona que representa a Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán encargada del área y/o equipos donde se realiza el trabajo. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Supervisor de Fin de Semana: Es la persona que representa a Petróleos del Perú PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán los fines de semana, encargado de realizar las funciones de supervisión, verificación y control de la ejecución de los procedimientos de trabajo establecidos. Personal de la Empresa Contratista: • Ingeniero Residente (Responsable de la Obra): Profesional especializado designado por la empresa contratista capaz de llevar a cabo todo el desarrollo de la obra desde el inicio hasta su conclusión y entrega de la misma. • Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Profesional o Técnico con competencia en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Compañía Contratista encargado de supervisar que las condiciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental durante la ejecución de los trabajos se realicen cumpliendo estrictamente lo dispuesto en el “Manual de Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas M-040” y las impartidas por el Supervisor de o, con el objeto de resguardar la integridad física y salud del personal CONTRATISTA, de PETROPERU o terceros, así como protegerlos de posibles daños o pérdidas. • Profesional o Técnico calificado: Profesional especializado designado por la empresa contratista capaz de llevar a cabo todo el desarrollo del trabajo desde el inicio hasta su conclusión y entrega de la misma. Esta designación está contemplada para las empresas con menos de 20 trabajadores. Personal de Vigilancia: Personal Técnico de Protección Industrial o los Agentes de Vigilancia Privada - AVP encargados de verificar el ingreso y salida de vehículos, equipo y material, éstos últimos amparados por el correspondiente “Pase de Salida de Materiales”, encargados también de la vigilancia de las áreas de la jurisdicción de una dependencia, participando en los casos de emergencia. Son los encargados de hacer cumplir las consignas establecidas en cada puesto de vigilancia. Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán: en adelante Operaciones Conchán (OPC); es la empresa del Estado de Derecho de Derecho Privado, que realiza actividades de Refinación, Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos. Plan de Contingencia: Instrumento de gestión que analiza y define los objetivos, estrategias y programas que orientan las actividades institucionales para la prevención, la reducción de riesgos, la atención de emergencias y la rehabilitación en casos de desastres permitiendo disminuir o minimizar los daños, víctimas y perdidas que podrían ocurrir a consecuencia de fenómenos naturales, tecnológicos o de la producción potencialmente dañinos. Programa Anual de Actividades de Seguridad (PAAS): Documento de periodicidad anual, que contiene los objetivos y actividades a desarrollarse, conducentes al logro y mantenimiento de las condiciones óptimas de Seguridad. El PAAS comprende como mínimo la capacitación del RISI y Planes de Contingencia. Reglamento Interno de Seguridad: Conjunto de normas, procedimientos, prácticas o disposiciones detalladas, elaborado por la empresa y que tiene carácter obligatorio. Residuo Sólido: Sustancia, producto o sub producto en estado sólido o semisólido de los que su generador dispone, o está obligado a disponer en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o de los riesgos que causa a la salud y el ambiente.
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Residuos Industriales: Son aquellos residuos generados en las actividades de las diversas ramas industriales, tales como: manufacturera, minera, química, energética, pesquera y otras similares. Estos residuos se presentan como: lodos, cenizas, escorias metálicas, vidrios, plásticos, papel, cartón, madera, fibras, que generalmente se encuentran mezclados con sustancias alcalinas o ácidas, aceites pesados, entre otros, incluyendo en general los residuos considerados peligrosos. Riesgo: Combinación entre la probabilidad de ocurrencia y las consecuencias de un determinado evento peligroso. Seguridad en el Trabajo: La Seguridad en el Trabajo consiste en un conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto evitar y, en su caso, eliminar o minimizar los riesgos que pueden conducir a la materialización de accidentes con ocasión del trabajo, (lesiones, incluidos los efectos agudos producidos por agentes o productos potencialmente peligrosos). Terminal Multiboyas: Utilizado para las operaciones de carga/descarga de hidrocarburos por Buques Tanque. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR): Es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley 26790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud), y rige de acuerdo a las Normas Técnicas del D.S. 003-98-SA del 14 de Abril de 1998. Otorga coberturas por accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores, empleados y obreros y que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo. 6. GENERALIDADES Las Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas señala prácticas y procedimientos que el Contratista debe cumplir y controlar cuando realiza trabajos dentro de las instalaciones de Operaciones Conchán. Cuando el tipo de servicio contratado está sujeto a regulaciones específicas, tales como el de vigilancia particular, servicios de apoyo en el Terminal Multiboyas, construcción civil o de cualquier otra naturaleza, éstos se sujetarán a sus reglamentos y leyes vigentes, todo cuanto no hubiese sido previsto en este documento. La Empresa Contratista es la única responsable en todo lo concerniente a su personal, obligándose a cumplir con las normas, leyes, reglamentos y demás disposiciones que regulen sus actividades, incluyendo el pago de sueldos y salarios, derechos y beneficios sociales, seguros contra accidentes de cualquier naturaleza, otros seguros y demás disposiciones, creadas o por crearse. Operaciones Conchán nombrará un Supervisor de o ante la Contratista, quien tendrá a su cargo la supervisión del trabajo. Cualquier gestión, trámite o documentación que realice el contratista deberá ser efectuado directamente a través del Supervisor de o. Se declara expresamente que no existe relación laboral entre Operaciones Conchán y el Personal Contratista. 7. REQUISITOS PARA EL INGRESO 7.1. Trámites para el ingreso de personal contratista a las instalaciones: • Los Representantes de las Empresas Contratistas antes de iniciar los trámites deberá acercarse al área de Servicios Médicos a fin de solicitar el Procedimiento de “examen médico para trabajadores contratistas de OPC” • Los Representantes de las Empresas Contratistas que tramiten la documentación de su personal deben contar con SCTR vigente. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• La empresa contratista con 05 días hábiles de anticipación deberá coordinar con el Supervisor de o de Petroperú la programación del curso de “inducción Normas Básicas” al personal contratista, dicho curso tendrá una duración de 8 horas y una vigencia de 2 años. • A la vez la Empresa Contratista deberá iniciar los trámites presentando la siguiente documentación: a. Dirigirse a la Oficina de Supervisor de Contratos – Unidad Logística con las Pólizas y voucher de pagos del SCTR (pensiones y salud) por la duración del periodo de contrato y el Certificado de Antecedentes Policiales actualizado, quien dará la conformidad de la documentación y entregando el Formulario “Personal Programado para trabajar en Refinería Conchán” registrando al personal y dando un V°B° en la sección de Supervisor de Contratos. b. Continuará el trámite del referido documento ante el Médico – Área de Servicios Médicos, adjuntando el Examen Médico Correspondiente del personal Contratista o Certificado de Aptitud, quien dará el V°B°. c. Luego presentará el documento en mención, al Supervisor de o para su V°B°. d. Finalmente continuará el trámite ante el Supervisor de Seguridad Industrial y C.I quien dará su V°B con cumplimiento de charla de inducción. e. El Ingeniero Residente o Representante de la Empresa Contratista, firmará en el documento, colocando el número de su DNI, nombre y apellido completo. f. El formulario “Personal Programado para trabajar en Refinería Conchán”, autorizada y firmado por los supervisores será dejado en las Puertas de Vigilancias PV1/ PV2 y PV4 para el Control respectivo. Nota: Para cualquier servicio de apoyo durante las operaciones de carga/descarga, Trabajos de Inspección y Mantenimiento a desarrollar en el Terminal Multiboyas, la Empresa Contratista, deberá seguir este “Requisito de Ingreso” y presentar el documento en mención al Supervisor de Operaciones Marítimas y Supervisor de o respectivamente, para su Control respectivo. 7.2. Ingreso de Contratistas: • La Empresa Contratista deberá entregar a su trabajador el “Carnet de identidad”, el cual contendrá los siguientes datos: a. b. c. d. e. f. g. h. i.
Nombre de la empresa y logo Fotografía personal tamaño carnet Nombres y apellidos completos. Alergias (de tenerlas). Grupo sanguíneo (factor RH). Tipo y número del documento de identidad. Cargo que desempeña. Fecha de Caducidad del carnet. Firmas: del Representante Legal de la Contratista y del trabajador.
• En el reverso del “carnet de identidad” deberá contener: Nombre del Representante Legal y N° telefónico para facilitar la ubicación en caso d e emergencias. • El ingreso y salida del personal a/de las instalaciones de OPC será con la vestimenta apropiada, la cual consta de zapatos cerrados o calzado deportivo (hombre / mujeres), ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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camisa o polo manga corta o larga (hombres / mujeres) blusa manga corta o larga (mujeres), pantalón (hombre / mujeres) o falda (mujeres). y deberán encaminarse a su área de trabajo utilizando la ruta peatonal establecida (Anexo 10) donde deberán equiparse de su ropa de trabajo y EPP). • Todo trabajador que labore en las diferentes áreas de OPC, deberá usar obligatoriamente el uniforme correspondiente (hombres y mujeres), el cual consta de: a. b. c. d.
Casco. Zapatos de seguridad. Pantalón Jean o drill. Camisa manga larga de material denim 100% algodón de color diferente al utilizado por personal de Petroperú. e. Mameluco en los puestos que son requeridos u otros específicos entregados por su empresa para la labor que desempeña. f. EPP’s adecuados para el trabajo a realizar.
• El uniforme de Trabajo en su confección y diseño no deberá ser de material sintético. No se aceptaran polos de manga larga. 7.3. Ingreso de visitantes • Los visitantes deberán confirmar su visita por lo menos con 24 horas anticipación, con la finalidad de recibir información de la persona a visitar y las recomendaciones respectivas sobre las condiciones de ingreso. El horario será a partir de la 08:30 hrs. Hasta las 17:00 hrs. Su permanencia en las instalaciones no será mayor a dos horas • La tención de la visita será de preferencia en la sala de Recepción de PV1 y en caso de dirigirse a una oficina, deberá ser acompañado por la persona que autoriza siguiendo la ruta peatonal o en un vehículo. • Las visitas de estudiantes serán coordinadas por la Unidad Recursos Humanos y con visto bueno del Gerente de Operaciones Conchán. • Los visitantes de capacitación o visitas técnicas al auditorio de OPC, serán autorizados por el área encargada, con las recomendaciones de uso zapatos cerrados o calzado deportivo (hombre / mujeres), camisa o polo manga corta o larga (hombres / mujeres) blusa manga corta o larga (mujeres), pantalón (hombre / mujeres) o falda (mujeres). • En caso que el visitante requiera ingresar a las instalaciones, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Contar con SCTR que los proteja contra accidentes. b. EPP (casco, lentes, zapatos de seguridad, pantalón y camisa manga larga de algodón u otro equipo protección especial requerido para el área). c. Ser guiado por el supervisor que autoriza su ingreso y responsable en todo momento de su seguridad. • Deberá dejar en custodia en la recepción de las Puertas de ingreso, laptop, USB, disco duro externo u otro medio informático de almacenamiento de datos, Celulares, Cámaras fotográficas, filmadoras, fósforos o encendedores, sustancias químicas, armas de fuego o elementos de protección u otro parecido, que ponga en riesgo la integridad física de los trabajadores y de las instalaciones de la empresa. • Los equipos de cómputo que sea autorizado, deberá cumplir con el procedimiento de “Ingreso de equipos de cómputo Particulares” emitido por el área de Informática y telecomunicaciones.
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• Todo rio, equipo, herramientas de demostración o muestra, deberán ser declarados en la entrada, debiendo solicitar su formato de Registro de Ingreso de Materiales – RIM, el mismo documento servirá para el retiro del material declarado debidamente firmado y sellado por la persona visitada el mismo día. • Los vehículos en que se trasladen los visitantes a la planta (autobús o automóviles particulares), deberán estacionarse en lugares autorizados. • Los visitantes Conductores, deberán contar con la licencia de conducir (vigente) respectiva según categoría del vehículo, debiendo presentar antes de su ingreso la revisión técnica vigente, SOAT u otro documento que garantice la operativa del vehículo. • En caso de emergencia seguir las instrucciones del personal de seguridad. • Al visitante que se le detecte en otra área no autorizada cualquiera que fuera el motivo, será retirado de inmediato de las instalaciones. • Las Empresas Mayorista que prestan su servicio laboral en el área de Planta de Ventas, no podrán recibir visitas dentro de sus instalaciones, debiendo recibirlas en el salón de recepción de puerta de ingreso de Planta de Ventas. • El personal de Transporte y recojo de caudales, deberán contar con lentes de seguridad y casco, debiendo mantener sus armas empuñadas dentro de su funda, para evitar cualquier accidente dentro de las instalaciones y contar con conos de seguridad para aislar el área para restringir el tránsito peatonal por la zona. 7.4. Controles • Operaciones Conchán solicita al Contratista, los documentos de haber cumplido y de mantener al día el pago de sus obligaciones al Seguro Social, así como la vigencia del SCTR del personal a su cargo. • El Contratista no podrá transferir personal de su organización a otra empresa (contratista), ni podrá programar personal que no ejecute ninguna actividad laboral en las instalaciones, por estar incumpliendo el dispositivo legal de SCTR. Asimismo, ningún trabajador podrá laborar si no cuenta con el correspondiente SCTR solicitado por la Empresa Contratista. • El Contratista será responsable de controlar y supervisar a su personal que se encuentre en su área de trabajo según programación aprobada. • Operaciones Conchán solicitará al Contratista, los documentos que evidencien las aptitudes y conocimientos del personal antes del inicio de sus labores. • Operaciones Conchán se reserva el derecho de solicitar el reemplazo del personal Contratista por las siguientes causales: a. b. c. d.
Por incumplimiento a las normas definidas en este documento. Por malos antecedentes o mala conducta. Por mostrar visible ineficiencia. Otros causales que contravienen o van contra la seguridad del personal o instalaciones.
8. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS CONTRATISTAS 8.1. Obligaciones de la Empresa Contratista: • Las Empresa Contratista deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley 29783 y su Reglamento. • Mantener actualizado los siguientes registro entre otros: a. Los Equipos de Protección Personal (EPP) suministrados a sus trabajadores, según la actividad laboral y los reemplazos que se efectúen de éstos. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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b. c. d. e. f. g.
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La entrega del uniforme correspondiente. Entrega de los carnets de identidad de sus trabajadores, según ítem 7.1.2. Inducción, capacitación y entrenamiento de su personal. Las charlas de prevención de accidentes (Charlas de 5 minutos). Los exámenes médicos ocupacionales. Los accidentes y enfermedades ocupacionales de sus trabajadores.
• Toda Empresa Contratista antes de iniciar cualquier Contrato deberá cumplir con: a. Entregar a cada trabajador su Reglamento Interno de Seguridad b. Entregar el procedimiento de evacuación médica de sus trabajadores en caso de accidentes. Es indispensable que este procedimiento tenga como mínimo los siguientes puntos: Datos completos y número telefónico de los responsables de la empresa. Datos completos y actualizados de los trabajadores, Nº autogenerado/compañía o Nº de póliza según corresponda. Datos completos y teléfono (s) de la (s) persona (s), que el trabajador decida, a quien se le deba comunicar en caso de emergencia. Elaborar el listado de trabajadores capacitados en Primeros Auxilios y/o Reanimación Cardio Pulmonar. Elaborar un diagrama indicando el proceso de evacuación médica. Proveer de bebederos con agua potable en cantidad suficiente, para uso del personal, de acuerdo a la labor que realicen; ubicadas en zonas de fácil , ésta se debe suministrar en recipientes portátiles que reúnan condiciones higiénicas óptimas para su consumo. 8.2. Obligaciones del Personal Contratista: • Conocer, informarse y cumplir con lo dispuesto en la Ley 29783 y su Reglamento y el contenido del presente Manual; con las normas y disposiciones de Seguridad y Protección Ambiental que le sean impartidas, en forma verbal o escrita a través del Supervisor de o o del personal de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. • Cumplir estrictamente con las indicaciones anotadas en los “Permisos de Trabajo” y/o “Permiso de Ingreso a Espacio Confinado” descritas en el presente Manual, no pudiendo efectuar ningún trabajo sin éstos. Así mismo, no podrán realizar tareas que no han sido autorizadas o que no sean las descritas en dicho documento. • Asistir a las capacitaciones y/o entrenamientos que imparta OPC (para contratistas) en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. • No usar prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, sucias, ni corbatas, chalinas, cadenas de llaveros, relojes, anillos o aros en las áreas operativas o cerca de maquinaria en movimiento. • Las personas con cabello largo deberán mantenerlo recogido dentro del casco de seguridad. • Verificar el buen estado de sus EPP, asimismo las condiciones subestándar que puedan existir en su área de trabajo, las mismas que deberán ser reportadas a su Supervisor de Seguridad o Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado • Respetar todos los avisos, letreros, instrucciones y/o afiches colocados en las instalaciones, ya que se han establecido con la finalidad de preservar la integridad del personal. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Seguir (en caso de emergencia) las instrucciones o recomendaciones indicadas en el presente Manual o las dadas por el Supervisor de o o de Seguridad Industrial y Contra Incendios. 8.3. Derechos del Personal Contratista: • Tener pleno conocimiento sobre los Planes de Emergencia (propios y de PETROPERU). • Conocimiento de los Peligros y Riesgos del trabajo a efectuar antes de su inicio. • Tener el manual y conocimiento cabal del Reglamento Interno de Seguridad de Su empresa. • Lo dispuesto en la Ley 29783 y su Reglamento. 9.
INFRACCIONES Y SANCIONES • De acuerdo a la gravedad del caso o reincidencia las sanciones podrán ser desde amonestación verbal hasta suspensión definitiva del Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil a que pudiera hacerse acreedor el Contratista. Los casos graves serán consultados por el Supervisor de o, con su Jefatura y/o Gerencia y las Unidades asesores de Operaciones Conchán. • Infracciones graves que pueden determinar el retiro del personal de las Contratistas de las instalaciones: Laborar sin el correspondiente SCTR salud – pensiones vigentes. Ingresar a laborar encontrándose con síntomas de haber tomado bebidas alcohólicas. Laborar fuera de la organización de la empresa que tramitó su hoja de programación, al estar incumpliendo con el dispositivo legal de SCTR. Producir o generar fuego o llama abierta (arcos/chispas/calor) o cualquier otra fuente de ignición sin que previamente se obtenga el debido “Permiso de Trabajo en Caliente”. Laborar sin el correspondiente Permiso de Trabajo. Operar, manipular o alterar cualquier instalación ó equipo de propiedad de Operaciones Conchán para el cual no hayan sido autorizados. Portar sin autorización armas o artefactos de capacidad destructiva de cualquier tipo, dentro de las instalaciones de Operaciones Conchán. Faltar de palabra, pelear e intentar agredir a otras personas dentro de las instalaciones de la Empresa, así como también lo descrito como acoso. Fumar dentro de las instalaciones de Operaciones Conchán. Laborar sin los Equipos de Protección Personal (EPP) correspondientes, a pesar de haber sido entregados por su empleador. El Supervisor de Seguridad ó Ingeniero Residente que incumpla la entrega de EPP a su personal especificado para el trabajo. Ingresar cualquier tipo de bebidas alcohólicas. No cumplir con las disposiciones ambientales de prevención de la contaminación y/ o no tomar las medidas para evitar alguna afectación a las poblaciones aledañas a OPC. Ingresar a las Instalaciones materiales no autorizados: celulares, radios Nextel, cámaras fotográficas y práctica de comercio ambulatorio Laborar con uniforme de trabajo contaminado, desgarrado, sucio ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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Consumir alimentos dentro de su área de trabajo o en áreas que no están destinadas para tal fin. Ordenar, hostigar, promover al trabajador a que ejecute actividades laborales no contempladas en el formato de permisos de trabajo. Realizar o apoyar apologías políticas, manifestaciones o cualquier u otro acto que viole o altere la armonía laboral y que este atente contra la seguridad, estabilidad o proceso operativo de Operaciones Conchán. Sustracción de bienes o hidrocarburos, sean estos de tanques de almacenamiento, tuberías, drenajes o sumideros o cualquier modalidad de propiedad de Operaciones Conchán. Detectada la falta grave, la decisión de retiro del trabajador de las instalaciones será inmediata, pudiendo ser por el Supervisor de o, Personal responsable del Área o por el Supervisor de Seguridad Industrial y Contra Incendios. • Algunas infracciones que determinan amonestación verbal y/o escrita son: Utilizar gasolina, nafta, kerosene, o cualquier otro líquido o sustancia inflamable para fines de limpieza. Correr, silbar y gritar dentro de las instalaciones. Hacer bromas que afecten a la integridad de las personas. No cumplir con el uso de las Rutas establecidas para el tránsito peatonal en el área industrial y las rutas establecidas a usarse durante la evacuación. Anexo 09, 10. Uso indebido de los Carnets de Identidad o pases de ingreso. La reiteración de este tipo de faltas será motivo para su retiro de las instalaciones. 10. SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CONTRATISTA) 10.1. El Supervisor de Seguridad debe cumplir con el siguiente perfil: a)
Profesión
• Con Profesión en Ingeniería: Industrial, Seguridad e Higiene Industrial, Ambiental, Mecánico, Mecánico Electricista, Petroquímico, Químico, u otra profesión afín a la actividad que brinda la empresa ó • Técnico: Especialidad relacionada con el trabajo a realizar en Operaciones Conchán, cuando el personal de la empresa Contratista no supera los 20 trabajadores. b)
Grado Académico
• De preferencia titulado, colegiado y habilitado. • Bachiller o técnico. 11. INGENIERO RESIDENTE (RESPONSABLE DE LA OBRA) 11.1. El Ingeniero Residente deberá cumplir con el siguiente perfil: a) Profesión • Ingeniero Industrial, Seguridad Industrial e Higiene, Ambiental, Mecánico, Mecánico Electricista, Petroquímico, Químico, u otra profesión afín a la actividad que brinda o desarrollara la empresa en las instalaciones de OPC. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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b) Grado Académico • Titulado, colegiado y habilitado.
11.2. El Ingeniero Residente deberá cumplir con: •
Conocer en forma completa el contenido de la Ley 29783, su Reglamento y otros dispositivos legales de Seguridad involucrados con su actividad (D.S. 043-2007- EM, etc.) y a la vez difundirlos entre su personal.
•
La práctica y la difusión del presente Manual entre todos sus trabajadores.
•
Disponer la entrega y reemplazo oportuno de las herramientas de trabajo adecuadas, EPP y ropa según la labor asignada. Los equipos deberán estar regulados por Normas Nacionales y/o internacionales vigentes.
•
Elaborar el ATS del trabajo diario (Análisis de Trabajo Seguro), siendo estos documentos aprobados por el Supervisor de o y luego ser difundido a los trabajadores antes del inicio de las labores, difundiéndose los peligros, riesgos y medidas de control establecidos en la ejecución del trabajo.
•
Comunicará al Supervisor de o y Supervisor de Seguridad –C.I de cualquier incidente ó accidente que resulte en lesión a cualquier persona, daño al ambiente, vehículos, infraestructura y/o equipos. Preparará el reporte respectivo según Anexo 01 o Anexo 2.
•
Asistir y aprobar el curso de Permisos de Trabajo, pues son los únicos autorizados a firmar.
•
Asistir a las charlas o cursos que tienen relación con mejoras de supervisión en Seguridad Industrial.
•
Mantener la confidencialidad con respecto a la información técnica y clasificada de propiedad de Operaciones Conchán.
12. PROFESIONAL O TÉCNICO CALIFICADO (RESPONSABLE DEL TRABAJO) 12.1. El Profesional o Técnico calificado deberá cumplir con el siguiente perfil: a) Profesión • Ingeniero Industrial, Seguridad Industrial e Higiene, Ambiental, Mecánico, Mecánico Electricista, Petroquímico, Químico, u otra profesión afín a la actividad que brinda o desarrollara la empresa en las instalaciones de OPC. b) Técnico calificado • Competencias evidenciadas relacionada con el trabajo a realizar en OPC: 12.2. Profesional o Técnico calificado deberá cumplir con: •
Conocer en forma completa el contenido de la Ley 29783, su Reglamento y otros dispositivos legales de Seguridad involucrados con su actividad (D.S. 043-2007- EM, etc.) y a la vez difundirlos entre su personal.
•
La práctica y la difusión del presente Manual entre todos sus trabajadores.
•
Disponer la entrega y reemplazo oportuno de las herramientas de trabajo adecuadas, EPP y ropa según la labor asignada. Los equipos deberán estar regulados por Normas Nacionales y/o internacionales vigentes.
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•
Elaborar el ATS del trabajo diario (Análisis de Trabajo Seguro), siendo estos documentos aprobados por el Supervisor de o y luego ser difundido a los trabajadores antes del inicio de las labores, difundiéndose los peligros, riesgos y medidas de control establecidos en la ejecución del trabajo.
•
El reporte al Supervisor de o de cualquier incidente (Anexo 01) ó accidente (Anexo 02) que resulte en lesión a cualquier persona, daño al ambiente, vehículos, infraestructura y/o equipos.
•
Asistir y aprobar el curso de Permisos de Trabajo, pues son los únicos autorizados a firmar.
•
Asistir a las charlas o cursos que tienen relación con mejoras de supervisión en Seguridad Industrial.
Mantener la confidencialidad con respecto a la información técnica y clasificada de propiedad de OPC. 13. OPERARIOS/TRABAJADORES El personal deberá tener competencias y capacitación, siendo evidenciadas según la labor a realizar. Asimismo, deben ser informados de los peligros y riesgos que conlleva su labor antes del inicio. Los Operarios/Trabajadores deberán cumplir con: Mantener conducta adecuada y seria, trabajando de manera segura y saludable, preservando el ambiente. Realizar las labores utilizando las herramientas y equipos correctos para el trabajo. Utilizar (en el desarrollo de su labor y permanencia en las instalaciones) los Equipos de Protección Personal - EPP - especificados para la labor: casco con barbiquejo, lentes de seguridad, calzado de seguridad, deberán portar sus guantes de protección, protectores faciales, gafas especiales, protección auditiva, protección contra caídas, máscaras para gases o partículas etc. Reportar al Supervisor de Seguridad o al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado sobre cualquier defecto en las maquinarias o equipos que son utilizados en la labor, con la finalidad de que sean reemplazados de inmediato. Ante la detección de este tipo fallas o peligros que ponga en peligro su seguridad se deberá suspender el trabajo hasta que no sea corregido. Reportarán a su Supervisor de Seguridad cualquier incidente ocurrido en su sector o aledaños. Utilizar solo maquinarias o herramientas estandarizadas, no se aceptan herramientas “hechizas”. Todos los trabajadores son responsables de llevar a cabo su trabajo con el más alto cuidado, respeto a la Normas y Procedimientos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. Cumplir con lo dispuesto en la Ley 29783 y su Reglamento. 14. PLANEAMIENTO DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO • La empresa contratista deberá elaborar su “Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo” • Preparar la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos de la labor a realizar, preferente 5 días de anticipación, para su V°B° por su Superviso r de o. • Preparar los documentos respectivos de Control de los Riesgos: Análisis de Trabajo Seguro (ATS), Perfil de Seguridad (PS), Procedimiento de Trabajo seguro (PT), Instructivos, etc. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Los documentos antes señalados deberán ser difundidos entre los trabajadores y a la vez capacitados sobre los Peligros y Riesgos de la labor, antes de iniciar sus labores diarias. 15. PERMISOS DE TRABAJO • Para la emisión de un Permiso de Trabajo se deberá tener en cuenta todo lo estipulado en el “Manual para la Emisión de Permisos de Trabajo e Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos en las Tareas” de OPC. Anexo N° 17. • Es un documento obligatorio que autoriza la ejecución de trabajos por parte del personal contratista, ya sea para realizar labores de inspección, mantenimiento, reparación, limpieza, pintura, construcción, etc. de los equipos o en instalaciones bajo ciertas condiciones y requisitos. Este documento se solicitará antes de iniciar cualquier actividad. • El permiso debe ser firmado por tres personas autorizadas: Supervisor de o (Petroperú)/Personal responsable del trabajo El Personal autorizado del área de trabajo o equipo. Ingeniero Residente / Profesional o Técnico calificado (Compañía Contratista). • El Ingeniero Residente/ Profesional o Técnico calificado, para aprobar un Permiso de Trabajo (P/T) deberá cumplir:
Haber recibido el “Curso de Permisos de Trabajo”, dictado por la Unidad de Seguridad Industrial y Proa.
Lograr aprobar examen escrito del curso.
Experiencia probada, evidenciado ante su Supervisor de o.
• La firma debe efectuarse en el mismo LUGAR DEL TRABAJO. • Al terminar el trabajo, será firmado nuevamente por las partes y devuelta al ORIGINADOR. • La distribución del Permiso de trabajo:
ORIGINAL
COPIA CELESTE: Deberá remitirse a la Unidad de Seguridad de inmediato.
CARTULINA : Responsable del trabajo (deberá colocarlo en un lugar visible durante la ejecución del trabajo).
: Responsable del área.
Conjuntamente con el IPER de la actividad del día y sus respectivos medidas de Control Análisis Trabajo Seguro, Procedimiento de Trabajo Seguro entre otros. • Operaciones Conchán cuenta con un Formato de Análisis de Trabajo Seguro ATS, el cual debe ser utilizado como Registro de Trabajo Seguro. Anexo K. • Durante la ejecución del trabajo debe evaluarse en forma permanente las condiciones de seguridad, en caso de variar las condiciones para la cual fue otorgado el documento deberá suspenderse el trabajo y luego de evaluar / corregir las condiciones anormales se deberá emitir un nuevo permiso. Asimismo, cualquier interrupción del trabajo mayor a 45 minutos requiere una nueva verificación de las condiciones de seguridad antes de reiniciar las labores y ser aprobadas por los responsables. • El Permiso de Trabajo tendrá una duración igual a la jornada de trabajo del personal que la ejecuta, puede ser de 8 ó 12 horas, como máximo; serán emitidos previa verificación de las condiciones donde se ejecutará y las disposiciones de Seguridad antes y durante la ejecución del Trabajo. • Los “Permisos de trabajo” deberán cumplir con lo siguiente: ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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Válidos sólo para el día y periodo de tiempo indicada en el documento, con descripción de la tarea o trabajo claro y restrictivo sólo para el equipo que será intervenido.
Los Permisos de trabajo en caliente, serán validados con la prueba de explosividad cuando se tenga una suspensión de labores mayores a 45 minutos, por posibles cambios de condición de seguridad.
• Si se detecta condiciones peligrosas o existiera una situación de emergencia en la instalación, se suspenderá inmediatamente todo trabajo. • El trabajador y Supervisor salientes (en el cambio de turno) deberán dejar claramente informado al personal ingresante de los trabajos que se vienen ejecutando y los controles de seguridad aplicados. Asimismo el trabajador y Supervisor entrante verificarán todas las condiciones de seguridad de los trabajos que continúan en ejecución durante su turno, asumiendo la responsabilidad del control del mismo. • El personal de Seguridad Industrial – Proa o cualquier trabajador de Operaciones Conchán, podrá suspender las tareas ante cualquier incumplimiento de las normas de seguridad (actos o condiciones inseguras), retirando el Permiso de Trabajo y comunicando de tal acción al Supervisor de o. 16. DE LAS EMERGENCIAS 16.1. SISTEMAS DE ALARMAS Y SIMULACROS • Operaciones Conchán dispone de alarmas audibles para incendios y/o emergencias (las que se especifican a continuación); así también de avisos en el recorrido natural de escape en caso de emergencia. Anexo09. Alarma1: 1 toque de 25 segundos: EMERGENCIA DE INCENDIO Alarma2: Toque Indefinido: EVACUACIÓN (SISMO, TSUNAMI, INCENDIOS, OTROS). Alarma3: 1 toque corto de 15 segundos, fin de la emergencia.
• Operaciones Conchán mantiene también un programa semanal de prueba de alarma: Todos los jueves a las 11 a.m. sin evacuación. Otro mensual de Práctica con Evacuación que se realiza el último jueves de cada mes a
las 11 a.m.; es obligatorio la participación del personal en este evento. • En caso se escuche la alarma de emergencia o se tenga conocimiento de ella todo trabajador debe suspender las labores incluyendo equipos y maquinarias, y se dirigirán a los lugares seguros (“Puntos de reunión”) establecidos por Operaciones Conchán. Anexo 08. • Durante las emergencias se seguirán las instrucciones que imparta el Supervisor de o o de Seguridad Industrial y Contra Incendios. • Los equipos contra incendio y/o de control de emergencias, incluyendo gabinetes, equipos, válvulas, porta mangueras, monitores, puertas, área y pasadizos, deben mantenerse accesibles. 16.2. PROCEDIMIENTO DE AVISO DE EMERGENCIA SEGÚN EL PEID Todo trabajador o persona que detecte una emergencia dentro de las instalaciones o en su área de trabajo, deberá seguir el “Procedimiento para Aviso de Emergencia” (Anexo 12) del Plan de Emergencias Incendios y Desastres de Operaciones Conchán (PEID): Por teléfono fijo (anexo), marcar el Numero 8 ó Por radio Nextel: 822*3389. Informando: ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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- Identificación de la persona que llama. - Lugar de la emergencia. - Tipo y/o magnitud de la emergencia. • En caso de la ocurrencia de emergencias durante la ejecución del trabajo, el Supervisor de Seguridad de la empresa contratista es el responsable de elaborar los reportes correspondientes (ANEXOS: 01, 02, 03, 04), aprobados por el Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado y entregarlos al Supervisor de o con copia a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. La información recibida por el Supervisor de o debe servir para elaborar los Informes Internos de incidentes o accidentes (Formato Petroperú) para su entrega a la Unidad Seguridad Industrial – Proa. 16.3. INCENDIOS 16.3.1. Condiciones Generales: Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de material que combustione en:
INCENDIO CLASE A: son fuegos que se producen en materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc., se utilizará extintor de agua.
INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como gasolina, aceite, pintura, solvente, etc., se utilizará extintor de polvo químico seco o espuma en el caso de tanques de almacenamiento de hidrocarburos.
INCENDIO CLASE C: son fuegos producidos en equipos eléctricos como: motores, interruptores, etc., se utilizará extintor de anhídrido carbónico (CO2).
INCENDIO Clase D: incendios que implican metales combustibles, como el sodio, el magnesio, el potasio o muchos otros cuando están reducidos a virutas muy finas.
INCENDIO CLASE K: son fuegos producidos en cocinas industriales por grasas y aceites de tipo animal y vegetal, se utilizará extintor Tipo BC.
16.3.2. De ocurrir un incendio o amago de incendio, cualquier Trabajador Contratista deberá:
Informar al Centro de Control: en teléfono fijo (anexo), marcar el Numero 8 ó Por radio Nextel: 822*3389.
Avisar de inmediato al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado, quienes a su vez informaran al Supervisor de o y al Personal de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de OPC.
De tratarse de un amago de incendio, extinguir el fuego con los extintores que cuentan en protección del trabajo.
Si el fuego incrementa su volumen y espacio, retirarse a los puntos de reunión más cercanos.
El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado preparará el Informe de inmediato sobre el suceso según formatos Anexo 3 y lo entregará al Supervisor de o, quien emitirá el informe en formato Petroperú del suceso a la Unidad Seguridad Industrial. Esta información deben ser canalizada a la brevedad debido a que el Informe a OSINERGMIN debe ser entregado antes de las 24 horas de ocurrido el suceso.
El área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental se reserva el derecho de ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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investigar por su cuenta o mancomunadamente con la empresa contratista los hechos ocurridos.
Es importante que se mantenga siempre la seguridad de todo trabajador mientras se realiza las labores de control del fuego.
16.4. ACCIDENTES • Cualquier trabajador Contratista ante la ocurrencia de un accidente debe:
Informar al Centro de Control: en teléfono fijo (anexo) marcar el Numero 8 ó Por radio Nextel al: 822*3389. Luego comunicará de inmediato al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa Contratista.
EL Centro de Control comunicará al Personal de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de OPC.
El lesionado será evaluado por el personal de médico y enfermería de OPC a fin de decidir su evacuación a un Centro Medico cercano.
El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado comunicará a su Representante Legal para la atención del accidentado y preparará según formatos correspondientes de Incidentes/Accidentes Anexos 1 y 2 sobre el suceso y lo entregará al Supervisor de o.
Luego el Supervisor de o emitirá el informe respectivo en Formatos Petroperú, para su entrega a la Unidad Seguridad Industrial. Esta información deben ser canalizada a la brevedad debido a que el Informe a OSINERGMIN debe ser entregado antes de las 24 horas de ocurrido el suceso.
• El área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental se reserva el derecho de investigar por su cuenta o mancomunadamente con el Contratista los accidentes o incidentes que ocurran. • El Contratista cubrirá completamente los gastos generados al trabajador por el accidente o incidente. • Operaciones Conchán cuenta con un Médico en el horario de lunes a viernes (08:00 a 17:36 hrs.), un enfermero turnista y un ambiente equipado con los instrumentos necesarios para dar atención médica en casos de emergencias o eventos menores. Además dispone de una ambulancia durante las 24 horas del día para trasladar, de ser necesario, a los accidentados. 16.5. DERRAMES De ocurrir derrame de cualquier sustancia durante la ejecución del trabajo, las acciones que se deben efectuar son: Informar al Centro de Control: en teléfono fijo (anexo) marcar el Numero 8 ó Por radio
Nextel al: 822*3389. Luego comunicará de inmediato al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa Contratista. EL Centro de Control comunicará al Personal de Seguridad Industrial y Protección
Ambiental de OPC. Paralizar los trabajos correspondientes. De tratarse de hidrocarburos, colocar cerca al lugar y a favor del viento los extintores contra
incendio y mantenerse en alerta ante cualquier punto de ignición que pueda originar incendio. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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Formar diques de contención para evitar que se expanda el derrame. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado preparará el informe sobre el
derrame según formato de anexo 4 y lo entregará al Supervisor de o. Luego el Supervisor de o emitirá el informe respectivo en Formatos Petroperú, para
su entrega a la Unidad Seguridad Industrial. Esta información deben ser canalizada a la brevedad debido a que el Informe a OSINERGMIN debe ser entregado antes de las 24 horas de ocurrido el suceso. El área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental se reserva el derecho de investigar por su cuenta o mancomunadamente con la empresa contratista los accidentes ocurridos. Es importante que se mantenga siempre la seguridad de todo trabajador mientras se realiza las labores de confinamiento del derrame. 16.6. ENTRENAMIENTO La empresa contratista deberá cumplir con realizar capacitación y práctica en primeros auxilios y prácticas contra incendios a todo su personal. A solicitud de la Contratista, Operaciones Conchán podrá apoyar en el entrenamiento en Seguridad y lucha Contra Incendios a su personal, para lo cual el Supervisor de o coordinará las acciones correspondientes con la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. La empresa Contratista deberá traer sus extintores Contra Incendios a fin de efectuar la práctica respectiva. 17. EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL – EPP 17.1. GENERALIDADES: • Los responsables de la empresa contratista deberán proveer de Equipos de Protección
Personal - EPP a todo el personal a su cargo, según estándares y/o normas nacionales y/o internacionales vigentes (UL, ANSI, OSHAS u otra equivalente aceptada por INDECOPI u OSINERGMIN). • Ropa de trabajo: Pantalón, overol (dril ó Jean) y/o camisa manga larga Oxford, en color
distinto al de PETROPERÚ S.A., con el nombre y el logotipo de la Contratista impreso o bordado. Por ningún motivo se aceptará ropa que sea diseñada con material sintético o de fácil combustión. • Casco con barbiquejo (según ANSI Z 89.1 2003) y zapatos de seguridad con puntera
reforzada (según NTP ISO 20345:2008), guantes de neopreno o cuero (según la labor a realizar), lentes y máscaras ó caretas para protección respiratoria (para polvos, pintura, arenado entre otras labores) cuando las condiciones lo requieran. Los lentes, máscaras y/o caretas de seguridad (según ANSI Z87.1) deberán ser ajustadas confirmando su sellado facial. • Obligatorio el uso de Protecciones auditivas en ambientes en que el nivel de ruido supere
los 85 db (con valor de atenuación según ANSI S3.19-1974, hasta 35 db). • Los trabajadores que se encuentran en el área donde se efectúa labor corte y/o soldadura
deberán usar: caretas, lentes para soldadura, mandil, guantes, protector respiratorio para humos, entre otros implementos de protección. •
El uso del respirador está destinado para proteger a los trabajadores contra la inhalación de contaminantes nocivos en el aire. Se deberá realizar una adecuada selección de los respiradores o equipos de respiración y que los mismos estén aprobados por estándares y/o normas nacionales o internacionales vigentes. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Se debe contar con EPP que protejan los ojos de los golpes de esquirlas u otro tipo de
objetos, además se debe tener en cuenta la protección simultánea contra vapores, contaminantes polvorientos, gases, nieblas, energía radiante tal como rayos ultravioletas, producidos por arco eléctrico, radiación térmica producidas por fuentes calientes. • Para los trabajos de buceo, se deberá estar protegidas de acuerdo a lo que dictan las
normas internacionales de operaciones de buceo comercial (ADCI) y/o el Manual de Buceo de la Marina Norteamericana (U.S. Navy Diving Manual) u otras normas internacionales que las superen. Los buzos deberán contar con Patente Vigente aprobados por la DICAPI. 17.2. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL PARA SOLDADORES CON ARCO ELÉCTRICO Todo Trabajador que realice trabajos de Soldadura con arco eléctrico, deberá contar con los siguientes equipos, adicionalmente deberá cumplir con lo requerido en Equipos de Protección Personal, referente a la ropa de trabajo y protección auditiva: a. Careta para Soldador de polipropileno, con visor según intensidad de la corriente (ítem 16.12). b. Guantes largos de cuero cromo. c. Mandil de cuero cromo. d. Escarpines de cuero cromo, no es aplicable si el trabajador cuenta con botas para soldador (sin pasadores y de caña larga). e. Máscara con filtro combinado, para gases y partículas metálicas. Aprobada por NIOSH (Según norma 42 CFR, Parte 84). 17.3. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL PARA TRABAJOS CON OXICORTE Todo Trabajador que realice trabajos con oxicorte, deberá contar con los siguientes equipos, adicionalmente deberá cumplir con lo requerido en Equipos de Protección Personal, referente a la ropa de trabajo y protección auditiva: a. Lentes antiparras para soldadura según Norma IRAM 3630-2, 3630-4, 3630-5, 3630-6 y 3630-8, con Cristal mineral oftálmico con tintes norma DIN, según caudal de acetileno (ítem 15.11), Norma: IRAM 3630/4/95. b. Guantes largos de cuero cromo. c. Mandil de cuero cromo. d. Escarpines de cuero cromo, no es aplicable si el trabajador cuenta con botas para soldador (sin pasadores y de caña larga). e. Máscara con filtro combinado, para gases y partículas metálicas. aprobada por NIOSH (Según norma 42 CFR, Parte 84). IMPORTANTE: Los equipos de protección personal pueden variar según comburente o gases inflamables a utilizar. 17.4. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL PARA ESMERILADO Todo Trabajador que realice trabajos con un esmeril de mano o de banco, deberá contar con los siguientes equipos, adicionalmente deberá cumplir con lo requerido en Equipos de Protección Personal, referente a la ropa de trabajo y protección auditiva: a. Careta de policarbonato, según Norma ANSI Z89.1, adicionalmente deberá contar con lentes de seguridad, aprobada por la misma norma. b. Guantes largos de cuero cromo. c. Mandil de cuero cromo. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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d. Escarpines de cuero cromo, no es aplicable si el trabajador cuenta con botas para soldador (sin pasadores y de caña larga). e. Máscara con filtro combinado, para partículas metálicas. Aprobada por NIOSH (Según norma 42 CFR, Parte 84), las máscaras y filtros pueden variar según condiciones de trabajo.
18. MÁQUINAS Y EQUIPOS 18.1. MAQUINA DE SOLDAR Las máquinas de soldar deberán cumplir con las siguientes condiciones de seguridad: a. Chasis en buen estado e identificado con el nombre de la empresa contratista. b. Tubo de escape en buen estado. c. Tablero de control, selector de rango, manivela o perrilla de selector de intensidad de la corriente, conectores de cable a tierra así como el cable para la tenaza del electrodo, medidores y controladores deberán estar en buen estado y en mantenimiento constante. d. Bordes de batería en buen estado. e. El motor o tanque de combustible así como sus componentes de fluido hidráulico no debe presentar fugas o derrames. f. Deberá estar acondicionado en un carrito de arrastre para su transporte. g. Debe contar con una certificación de mantenimiento anual, donde certifique su operatividad. h. Cable a tierra y lagarto en buen estado y debidamente aislados, no deberán tener empalmes, deberán ser lo suficientemente extenso para el trabajo a realizar. i. Cable de tenaza de electrodo, deberá estar en buen estado de uso y adecuadamente aislado, no deberán tener empalmes y deberán ser lo suficientemente extenso para el trabajo a realizar. j. Las máquinas que cuenten con tomacorrientes deberán estar en buen estado de uso, y fijas a la estructura. k. Deberá contar con señalización acorde con el peligro existente “Peligro Alto Voltaje”, según NTP.399.010. 18.2.
EQUIPO DE OXICORTE Los equipos para trabajos de oxicorte deberán cumplir con las siguientes condiciones de seguridad: a. Botellas de acetileno y oxigeno (comburente) en buen estado de mantenimiento, no debiendo presentar daños por golpes o corrosión. b. Prueba Hidrostática del recipiente vigente. c. Deberán contar con su guarda de protección durante su uso, y tapa durante su almacenamiento. d. Deberá contar con su etiqueta de clasificación de riesgo, según DS-021-2008-MTC. e. Los manómetros, así como sus conexiones deberán estar en buen estado de uso y lectura, debiendo contar con arresta llama. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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f. Los cilindros o botellas deben tener un sistema de alivio (o incorporado en las conexión a la manguera) o protección en caso de calentamiento o alguna eventualidad. g. Su transporte deberá ser mediante un carretilla acondicionada para tal fin, sus neumáticos deberán ser de caucho (está terminantemente prohibido el uso de ruedas metálicas) debiendo ser aseguradas con cadena de sujeción. h. Solo se permitirá el no uso de la carretilla cuando el equipo sea asegurado a una estructura fija, y que el trabajo a realizar sea de largo periodo, debiendo cumplir las siguientes condiciones de seguridad: Deberá estar fijada a una estructura sólida o columna, mediante una cadena de sujeción. Deberá estar en un área despejada y ventilada, libre de obstáculos para su (no en espacios confinados) Se asignará un extintor contra incendio de manera permanente a mayor a 15 metros.
una distancia no
Deberá contar con la señalización respectiva, indicando el peligro existente “Gases Inflamables” (según NTP-399.010). No se realizará ningún trabajo en caliente a una distancia no menor a 15 metros. i. Las mangueras deberán estar en buen estado de uso y mantenimiento, debidamente vulcanizadas sus conexiones o en su defecto con abrazaderas, así mismo deberá respetarse el código de colores para su identificación (verde: comburente, guinda: Acetileno). j. Manómetros en buen estado de uso y mantenimiento, debidamente calibrados y acorde con la presión ejercida por los cilindros. k. Sopletes, boquillas y calla, deberán estar en buen estado de mantenimiento y de uso, estos no debe presentar fallas ni obstrucciones. TABLA DE CAUDAL DE ACETILENO PARA TRABAJOS CON EQUIPO DE OXICORTE, DETERMINANDO EL NÚMERO DE FILTRO DE CRISTAL A USAR
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TABLA PARA SELECCIONAR EL FILTRO DE CRISTAL SEGÚN DE INTENSIDAD DE AMPERAJE
18.3. ESMERIL ANGULAR Los esmeriles manuales deberán cumplir con las siguientes condiciones de seguridad: a.
Deberá contar con diseño de agarre ergonómico antideslizante y de fácil uso para su operador.
b. Deberán contar con guarda de protección en todo momento. c.
El disco (piedra) deberá ser acorde con las RPM del motor del esmeril.
d. El cable deber ser original y en buen estado de uso. e. No se permitirá el retiro del enchufe del esmeril para empalmarlo con una extensión. f.
Tanto la piedra como el motor deberán estar en buen estado de uso y de mantenimiento.
18.4. GRUPO ELECTRÓGENO Los grupos electrógenos deberán cumplir con las siguientes condiciones de seguridad: ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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a.
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Chasis en buen estado e identificado con el nombre de la empresa contratista.
b. Tubo de escape en buen estado. c.
Tablero de control, selector de rango, perrilla o botoneras de selector de intensidad de la corriente, deberá estar en buen estado de mantenimiento, así como los medidores y controladores.
d. Bordes de batería en buen estado. e. El motor o tanque de combustible así como sus componentes de fluido hidráulico no debe presentar fugas o derrames. f.
Deberá estar acondicionado en un carro de arrastre para su transporte.
g. Debe contar con una certificación de mantenimiento anual, donde certifique su operatividad, así como la minimización de emisión de monóxido de carbono y que este dentro de los valores límites permisibles. h. Tomacorrientes deberán estar en buen estado de uso, y fijas a la estructura. i.
Deberá contar con señalización de acuerdo al peligro existente “Alto Voltaje”, según NTP-399.010.
18.5. EXTINTOR CONTRA INCENDIO Todo extintor contra incendio deberá contar con las siguientes características, según DS043.2007 EM y NTP 350.043.1: a.
Extintor con Polvo Químico Seco ABC (multipropósitos), deberá contar con certificación UL o FM.
b. El extintor puede ser con presión incorporada (presurizado) o con botella impulsora externa. c.
Deberá contar con un rating de extinción mínima de 6A y 120 BC, dado que el área a cubrir se considera de alto riesgo (NTP350.043.1 o NFPA 10).
d. Deberá contar con etiqueta de clasificación de incendios ABC y pictogramas, en idioma español. e. Deberá contar con Etiqueta de Uso según modelo de extintor y en idioma español. f.
Los extintores presurizados deberán contar con collar de verificación de servicio de su último mantenimiento (no aplicable a extintores nuevos).
g. Deberá estar debidamente rotulado e identificado con el nombre o logo de la empresa contratista, adicionalmente enumerado según cantidad de extintores ingresados o según inventario de la misma empresa contratista. 19. MAPA DE RIESGOS: Operaciones Conchán cuenta con un MAPA DE RIESGOS que consiste en la representación gráfica a través de símbolos que indica el nivel de riesgo como bajo, mediano o alto de las áreas operativas. Anexo 07. 19.1. TRABAJOS EN ALTURA: • Todo lugar donde la superficie de trabajo se encuentra por sobre los 1.80 metros de altura con riesgo de caída sobre el nivel de piso y 1.50 metros por debajo del nivel de piso, será obligatorio el uso del arnés de seguridad. • Toda persona que efectuara trabajos
en altura deberá aprobar examen médico especializado y evidenciar experiencia de haber dicha labor. Ninguna persona deberá ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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laborar en altura hasta que se haya emitido la correspondiente autorización por escrito por parte del responsable del trabajo en el formato del Permiso de Trabajo. Anexo J. • Se deberá verificar toda el área de trabajo e identificar los posibles peligros y riesgos
propios de la zona y del trabajo, avisar al Supervisor de o para que coordine con el supervisor del área encargada para minimizarlos y/o controlarlos. • A nivel de piso se deberá establecer un perímetro de seguridad con cintas y letreros de
seguridad, de tal manera que aseguren que nadie pase por la parte baja de los trabajos. • En la parte inferior deberá permanecer como mínimo una persona encargada de la
Seguridad del Trabajo, la cual estará atento a todos los trabajos que se realicen en altura. • Se evitará dejar caer o arrojar herramientas desde cualquier altura; es necesario que el
trabajador utilice un cinturón porta herramientas. • Se deberá ubicar puntos fijos para colocar las líneas de vida y la línea de trabajo propia del
arnés. • Los puntos de anclaje no deben ser móviles y se debe verificar que no exista riesgo de
desprendimiento del mismo o que ocasione cortes de las eslingas del arnés. • Los equipos o herramientas que se utilicen para trabajar en altura deberán tener enganches
con la finalidad de evitar las caídas de los mismos. • El arnés que se utilice deberá estar certificado por UL u otra entidad similar aceptada por
INDECOPI, sus costuras y uniones en buen estado y en la eslinga deberá contar con el dispositivo de absorción de impacto. • Las herramientas eléctricas portátiles, deben ser a prueba de explosión (Seguridad
Intrínsecamente Segura Clase I, División I, Grupo A, B, C). 19.1.1. Andamios y Balsos Colgantes: •
Todos los equipos serán inspeccionados antes de su uso por el Supervisor de Seguridad en coordinación con el Supervisor de o, verificando las condiciones de seguridad.
•
Los andamios deben construirse sólidamente. La carga no debe exceder las especificaciones o cálculos de construcción, no debiendo ser sobrecargados.
•
Serán rígidos y estarán provistos de dispositivos de fijación, anclaje o arriostramiento; sus escaleras llegarán a diferentes niveles. Contarán con una baranda de seguridad de 90 centímetros (90 cm) de altura y en el lado de trabajo de 70 centímetros (70 cm).
•
Los andamios se fijarán de modo de tal que se garantice la verticalidad y se eviten los movimientos de oscilación.
•
No se moverá un andamio móvil con personal o materiales sobre él.
•
Está terminantemente prohibido desplazar andamios de un lugar a otro, si su altura compromete la seguridad o existe riesgo de no poder controlar su estabilidad.
•
Las escaleras de los andamios serán de metal o fibras de vidrio originales, con todos sus elementos en buen estado (pasamanos, pasos, etc.) y debidamente confeccionadas y elaboradas para ello.
•
No se aceptarán escaleras de soga, salvo que por la naturaleza del trabajo sea imprescindible su uso; en estos casos debe solicitarse autorización previa al Supervisor de o.
•
El terreno debe ser nivelado y compactado. No deben usarse objetos inestables para soportar andamios (como por ejemplo bloques de concreto o tablones). No se
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utilizarán cuñas o elementos improvisados para nivelar las bases. No debe soportarse los andamios sobre terreno húmedo. •
Cualquier componente de una plataforma de trabajo o andamio (tales como soportes diagonales, escalas, soportes de base) que haya sido dañado por cualquier motivo, será reemplazado de inmediato.
•
Los andamios serán sujetados horizontalmente a estructuras estables.
•
Está terminantemente prohibido escalar y/o trabajar sobre las barandas, barandillas intermedias, los soportes o tirantes del andamio o plataforma. Asimismo está prohibido pararse en las extensiones de las plataformas fuera del área con barandas.
•
Los andamios móviles deberán contar con estabilizadores que eviten su movimiento.
•
No se realizarán soldaduras, cortes o trabajo alguno donde se utilice fuego abierto sobre andamios suspendidos por cuerdas de fibra sintética.
•
El uso de arnés de seguridad es obligatorio cuando el trabajador realice trabajos a más de 1.80 metros de altura. Mientras se trabaje en un andamio, el trabajador estará enganchado por medio de una cuerda de vida con Amortiguador de Caída a la estructura resistente independiente más cercana, capaz de soportar 5000 lbs.
•
Cuando se usen balsos colgantes, se tomarán las siguientes precauciones: a. Los cables o cuerdas deben estar en buenas condiciones y firmemente asegurados, cuidando de que no se dañen por fricción o frotamiento contra partes salientes o cortantes. b. Los cables o cuerdas deben estar firmemente asegurados a la estructura, anclajes y plataforma. c. La plataforma del piso del balso debe contar con un marco de no menos de 5 cm. de altura, para evitar la caída de herramientas, pernos y otros materiales menores. d. La parte superior del balso deberá contar con dos puntos de fijación para ser izado. e. Las cuerdas utilizadas para Izaje deberán ser instaladas con sistemas de poleas, preferentemente 3 x 1 o 4 x 1. Nunca bajo el sistema de 1 x 1. f. Los puntos de anclaje de los sistemas de polea en la parte superior deberán ser independientes para cada sistema y deberá evitarse en todo momento el rose de estas cuerdas con alguna superficie que no sea la polea. g. Los trabajadores usarán arnés de seguridad con línea de vida asegurada a una estructura estable, nunca al balso. h. Las líneas de sujeción del balso, las líneas de vida y los implementos de sujeción deberán estar listados por UL, ó entidad similar aceptada por INDECOPI y aprobadas para el servicio a realizar. i. Deberán colocarse barreras y letreros de Seguridad en la zona de trabajo para evitar que las personas circulen debajo del balso colgante.
•
Si el trabajo en altura también involucra trabajo en caliente, en sistemas eléctricos u otros escenarios, se tendrá que cumplir adicional a este procedimiento lo referido a la solicitud o autorización respectiva mediante los “Permisos de Trabajo” para cada uno de ellos.
19.1.2. Escaleras Las escaleras deberán usarse cuidadosamente, utilizándose sólo para trabajos específicos y se evitará exigirlas más de lo que su estabilidad y resistencia puedan permitir.
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19.1.2.1. Tipos de Escaleras usadas: a.
Escalera simple de un tramo: Escalera portátil no auto soportada y no ajustable en longitud, compuesta de dos largueros.
b. Escalera doble de tijera: La unión de las secciones se realiza mediante un dispositivo metálico de articulación que permite su plegado. La abertura entre las hojas debe estar limitada por un sistema eficaz de modo tal que estando la escalera abierta los peldaños se hallen en posición horizontal. c.
Escalera extensible: Es una escalera compuesta de dos simples superpuestas y cuya longitud varía por el desplazamiento de un tramo sobre otro.
d. Escalera transformable: Es una escalera extensible de dos o tres tramos. e. Escalera mixta con rótula: La unión de las secciones se realiza mediante un dispositivo metálico de articulación que permite su plegado. •
Antes de subir una escalera se deberá revisar la limpieza de la suela del calzado.
•
Las escaleras extensibles deben estar equipadas con dispositivos de enclavamiento y correderas mediante las cuales se pueden alargar, acortar o enclavar en cualquier posición, asegurando estabilidad y rigidez. Los peldaños de los tramos superpuestos deben coincidir formando escalones dobles. Asimismo los cables, cuerdas o cabos de éstas deben estar bien sujetos y contar con un mecanismo o dispositivo de seguridad que evite su desplazamiento longitudinal accidental. Será obligatorio que la superposición entre ambos tramos sea como mínimo de 1 metro.
•
Las escaleras no podrán sobrepasar los 6 m de longitud y tener un espacio entre peldaños superior a los 30 cm.
•
Las escaleras deberán sobrepasar al menos en 1 metro el punto de apoyo superior.
•
Cuando el material utilizado para su construcción sea madera, la misma no será pintada, salvo con recubrimiento transparente o tratamiento de conservación, que permita observar defectos o deterioros del material.
•
Los largueros serán siempre de una sola pieza.
•
Las escaleras deberán estar en buen estado en todo momento; el deberá inspeccionarlas antes de cada uso.
•
Las superficies sobre las que se apoyan las escaleras deberán ser planas, suficientemente resistentes y no deslizantes.
•
No constituyen apoyos seguros las paredes y muros recién pintados, los canalones de lluvia, las columnas redondas o delgadas, los mástiles, los postes, ángulos de edificios, etc.
•
La inmovilización de la parte superior de la escalera debe hacerse por medio de una cuerda que amarre uno de los peldaños y lo fije a la estructura de apoyo.
•
Inclinación de la escalera: La distancia entre el apoyo de una escalera y la vertical, debe ser la cuarta parte de la longitud de la escalera, hasta su punto de apoyo superior.
•
En todos los casos de uso de escalera se requiere de un ayudante que sostenga la escalera a nivel del suelo.
19.2. INGRESO EN ESPACIO CONFINADO
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• Son considerados espacio confinado toda construcción que no está diseñada para ser
habitable según lo dispuesto en el “Manual para la Emisión de Permisos y Análisis de Riesgos en las Tareas” de Operaciones Conchán. Anexo 17. • Ninguna persona puede entrar a un espacio confinado hasta que no se haya emitido y
aprobado el correspondiente “Permiso para Ingreso a Espacios Confinados”. Anexo G. • Está terminantemente prohibido laborar en áreas donde existe:
a. Concentración de oxigeno menores del 19,5% sin el equipo de protección respiratoria asistida o circuito cerrado. b. Cuando la concentración de oxígeno excede un valor del 23.5% por volumen. • Los espacios confinados pueden ser de diferente formas y tamaños por lo que antes de la
“solicitud del permiso de ingreso a espacio confinado” deben calcular los volúmenes de ventilación, instalando sistemas mecánicos de ventilación (forzada u otras formas), a fin de mantener mayor de 19.5% de oxígeno a fin de mantener el ambiente de trabajo en condiciones seguras. La responsabilidad del cálculo y necesidad de equipamiento de ventilación es de la Empresa Contratista. • En el interior de los recintos confinados pueden existir concentraciones peligrosas de gases
tóxicos, por ello es obligatorio realizar toma de gases como: ácido sulfhídrico (H2S), el monóxido de carbono (CO), Oxigeno (O2), Compuestos Orgánicos Volátiles (COV) y Límite Inferior de Explosividad (LEL). • El introducir la cabeza en la boca del recinto confinado implica el mismo peligro que el
ingreso. • Toda persona que ingrese a un espacio confinado debe estar capacitado para ello. • Evaluar y de ser necesario, la persona que ingresa a un recinto confinado debe hacerlo con
medios de comunicación (Handy) a prueba de explosión. • En el exterior permanecerá una persona (vigía), la cual estará en comunicación con el que
ingresa, y con los medios para realizar un rescate en caso de ser necesario. • Todas las tuberías conectadas al espacio confinado, deben estar completamente aislados
con platos ciegos. Las válvulas no deben ser considerada como un medio adecuado de aislamiento. • Toda instalación eléctrica que cruce o se encuentre dentro del espacio confinado deberá
ser desconectado y colocado sus respectivos seguros y etiquetas de seguridad. Anexo 13. • Se debe realizar el monitoreo de gases al inicio y durante la ejecución del trabajo, a fin de
verificar las condiciones de seguridad requeridas para el personal, siendo dicho monitoreo efectuado por el Responsable del Área - Equipo. • Mantener una ventilación permanente mientras se ejecute trabajo. • Las herramientas eléctricas portátiles, deben ser a prueba de explosión (Seguridad
Intrínsecamente Segura Clase I, División I, Grupo A, B, C). • Si el trabajo en el interior del espacio confinado también es en altura, en caliente, en
sistemas eléctricos, gammagrafía o involucran diversos escenarios entonces se tendrá que cumplir adicional a este procedimiento lo referido a la solicitud o autorización respectiva mediante los “Permisos de Trabajo” para cada uno de ellos. 19.3. TRABAJOS EN CALIENTE
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• Se denomina trabajo en caliente a aquellas operaciones que generen fuentes de calor
(chispas, llamas abiertas, fricción, etc.). Estas operaciones se destacan por su alto nivel de riesgo. • Ninguna persona puede realizar trabajos en Altura hasta que no se haya emitido y aprobado
el correspondiente “Permiso en Caliente”. Anexo F. • Se consideran trabajos en caliente, todas las actividades consideradas en el “Manual para
la Emisión de Permisos y Análisis de Riesgos en las Tareas”. Anexo 17. Además de todo trabajo que a criterio del Supervisor de o, sea considerado o requiera un “Permiso de Trabajo en Caliente”. • El contenido de oxígeno no deberá ser superior al 23.5% en volumen. • La mezcla combustible – aire deberá ser 0.0% LFL. Si es mayor a 0.0% LFL, el trabajo
deberá ser detenido; se deberá ventilar hasta que el LFL sea nuevamente 0%. • Para realizar un trabajo en caliente, es obligatorio mantener en el sitio de trabajo por lo
menos un extintor de incendios de treinta (30) libras, cuyo agente extintor sea de múltiple propósito A, B, C, y cuenten con certificación UL (Underwriters Laboratory, Inc.) ó FM (Factory Mutual Engineering Corp.), tanto para el polvo químico como para el equipo, para ser usados en incendios menores. Así mismo el personal del Contratista debe estar capacitado en el uso correcto de éstos equipos. • De ser necesario según el análisis de riesgo realizado, el Supervisor de o
coordinará el apoyo de un Bombero en el lugar de trabajo. • Los equipos generadores de calor o fuego deberán estar en buenas condiciones de
seguridad. • Condiciones de ventilación e iluminación adecuadas. • El personal que labore con estos equipos que generen estos riesgos, deberán estar
capacitados al respecto, habilitados y provistos de equipo de protección personal adecuado al tipo de trabajo a realizar. • El área de seguridad en las zonas de trabajo será la que el Personal responsable del área-
equipo en coordinación con el Supervisor de o y el Ing. Residente o Profesional o técnico calificado, establezcan según condiciones de trabajo. • Se colocarán pantallas de protección para evitar que las chispas se prolonguen más allá de
la zona de trabajo. • De existir suelos impregnados con combustible, no se debe iniciar las labores hasta quedar
la zona sin producto y la medición de gases indique 0% LFL. • Verificar la inexistencia de materiales combustibles y/o líquidos inflamables. • En los lugares altos, colocar cubiertas por debajo del punto de trabajo para recoger las
chispas. • El equipo y el lugar de trabajo deberá estar limpio de toda materia combustible. • Si el trabajo en caliente, también es en altura, en espacio confinado, en sistemas eléctricos
o involucran diversos escenarios entonces se tendrá que cumplir adicional a este procedimiento; lo referido a la solicitud o autorización respectiva mediante los “Permisos de Trabajo” para cada uno de ellos. 19.4. TRABAJO EN FRÍO • Se denomina trabajo en frío a aquellas operaciones que no generen ninguna fuente de calor (chispas, llamas abiertas, fricción, etc.). Estas operaciones se consideran de bajo riesgo, pero se debe tener las condiciones de trabajo adecuadas para laborar. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Si el trabajo en frío, también es en altura, en espacio confinado, ó involucran diversos
escenarios, se tendrá que cumplir con lo descrito en este Manual y en el “Manual para la Emisión de Permisos de Trabajo y Análisis de Riesgos en las Tareas” de Operaciones Conchán; con la autorización respectiva mediante los “Permisos de Trabajo” para cada uno de ellos. 19.5. TRABAJO EN SISTEMAS CON ENERGIA PELIGROSA Antes de empezar el trabajo en un sistema que contenga energía peligrosa, se realizará una inspección del sistema, la que se ejecutará de manera conjunta con: a. EL Responsable del área de trabajo - equipo b. El Supervisor de o/ Personal electricista de OPC. c. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado. Para la colocación de las tarjetas de bloqueo y candados de seguridad se deberá cumplir los siguientes requisitos: a. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado en coordinación con el Supervisor de o serán los últimos en retirar sus candados y la tarjeta de bloqueo correspondiente, solo cuando se haya concluido el trabajo en el área y no comprometa a personal que labore en otras áreas. b. La revisión determinará el método para des-energizar y asegurar el sistema antes de que se comience a trabajar. c. Todos los sistemas y/o equipos con el potencial de contener y/o transmitir energía peligrosa deberán ser desenergizados y asegurados, colocando candados y etiquetas con la descripción: “Peligro, No Opere este Mando”. Anexo 13 (acápite 4) d. El representante de Operaciones Conchán (electricista) deberá probar el sistema después de desenergizarlo para demostrar que no contenga energía peligrosa. e. El Ingeniero Residente o profesional o técnico calificado será el responsable de llevar a cabo todo aislamiento y bloqueos requeridos para hacer el trabajo y mantendrá en custodia las llaves de los candados. f. Una Etiqueta de Peligro “No Opere este Mando” no deberá ser utilizada más de una vez. g. Ningún dispositivo, válvula, interruptor, o pieza de equipo deberá ser operado estando con una etiqueta de peligro y/o bloqueo interpuesto, cualquiera que fuesen las circunstancias. h. La persona que colocó la etiqueta en el punto de aislamiento es la única persona que puede retirar una Etiqueta de “Peligro no Opere este Mando”. i. Las Etiquetas Personales de Peligro y bloqueos deberán ser retirados cuando el trabajo haya terminado o al terminar el turno. j. Si el trabajo es por turnos y el personal del turno saliente debe retirarse y aún queda personal laborando en el sistema o dentro de él, entonces deberá relevarse con el personal entrante dando las indicaciones del caso. k. Si la maquinaria/equipo aún estuviese en una condición peligrosa al terminar un turno o cuando la persona estuviese dejando el lugar y/o equipo con el trabajo aún inconcluso, entonces se deberá colocar una etiqueta que indique "Equipo o Unidad Fuera de Servicio" al equipo e informar al Supervisor inmediato y al responsable del área que el trabajo no está terminado. l. Para las labores de cierre y aperturas de candados y tarjetas se deberá usar el Formato “Protocolo de Apertura y Cierre de Candados y Tarjetas”. Anexo 14. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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19.5.1. Energía Eléctrica: •
Ningún trabajador realizará trabajos eléctricos sin estar debidamente capacitado y autorizado para ello. En estos casos, la reparación y modificación de instalaciones y equipos eléctricos es única y exclusivamente competencia de personal especializado. Si un trabajador identificara algún desperfecto en algún equipo eléctrico, toma o punto de corriente deberá informar de inmediato a su Supervisor y/o tomar las medidas preventivas del caso, y por ningún motivo tomar acciones de reparación por iniciativa propia.
•
El representante de Operaciones Conchán (electricista) deberá seguir el “PROCEDIMIENTO DE USO DE AVISOS DE SEGURIDAD Y ELEMENTOS DE BLOQUEO DURANTE TRABAJOS ELÉCTRICOS” (Anexo 13) para mantener el sistema desenergizado y asegurado.
•
Sólo podrá obtenerse energía eléctrica de toma corrientes en buen estado, empleándose para tal fin enchufes adecuados, sólidos y aislados; quedando terminantemente prohibido efectuar conexiones directamente de los tableros de distribución, tableros generales y/o emplear alambres sueltos para dichas conexiones. Como medida de prevención deberá mantener una puesta a tierra para control de la energía estática, siguiendo el estándar SI2-04-40 “Especificaciones Técnicas para instalaciones eléctricas de puesta a tierra” de la Unidad de Inspección.
•
Las conexiones eléctricas deben estar debidamente aisladas y correctamente instaladas. No podrá manipularse ninguna conexión en mal estado hasta que llegue personal especialista.
•
Cada vez que se requiera hacer algún mantenimiento o reparación a los equipos eléctricos, éstos deberán estar desenergizados y lo realizará únicamente personal capacitado para el trabajo.
•
La Unidad Inspección es responsable de revisar periódicamente todas las conexiones a tierra que existan en Operaciones Conchán y emitir las recomendaciones oportunas para un efectivo mantenimiento y prevención de riesgos eléctricos.
•
Las labores con energía eléctrica requiere de Permiso de Trabajo Eléctrico específico definido en el “Manual de emisión de Permisos de Trabajos y Análisis de Riesgos en las tareas”. Anexo 17.
19.5.1.1. Asegurado de sistemas de tubería: •
•
Si es necesario realizar trabajo en sistemas existentes de tuberías, el Supervisor de o deberá ser notificado por el Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado (antes del trabajo). El Personal Responsable del Área – Equipo deberá:
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a. Determinar el método de aislamiento, desenergizado, y drenado del sistema. b. Coordinar los bloqueos a colocar (platos ciegos) y verificar la posibilidad de aislar las tuberías. c. Adicional a ello colocará las etiquetas de “Peligro no opere este Mando” en la válvula de aislamiento u otro dispositivo accionado manualmente que asegurará el sistema tanto corriente arriba como corriente debajo de la sección asilada del sistema. Luego que el Responsable del área de OPC realice los bloqueos y aislamiento correspondientes, el Supervisor de o y el Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado, podrán colocar sus etiquetas respectivas. 19.5.1.2. Retiro de los bloqueos: •
Ningún candado de bloqueo deberá ser retirado, excepto por el trabajador que haya colocado el bloqueo y la etiqueta de peligro (propietario del bloqueo). La violación de esta regla causará el retiro inmediato del trabajador del lugar de trabajo por toda la duración de la obra.
•
El Formato de Retiro del Bloqueo deberá ser llenado y será retenido en los archivos del Supervisor de o y será copiado y distribuido al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado y al área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de OPC.
•
Se deberá usar el Formato “Protocolo de Apertura y Cierre de Candados y Tarjetas”. Anexo 14.
•
El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado solo podrá disponer del uso de las llaves de los candados entregados por su personal, bajo las siguientes condiciones: a. El responsable del candado se haya retirado de las instalaciones de Operaciones Conchán y las labores ya hayan concluido. b. El responsable del candado se hubiese accidentado y no puede seguir laborando. c. El responsable del candado haya salido intempestivamente de Operaciones Conchán.
19.5.2. TRABAJOS CON MATERIAL RADIACTIVO: La Unidad de Inspección es la encargada de verificar: a. A los equipos de gammagrafía y el personal técnico en la Puerta PV2 antes de su ingreso, según lo estipulado en el D.S.N°009-1997- EM, Reglamento de Seguridad Radiológica y art. 105 del D.S. N° 043-2007-EM, Reg lamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos. b. Deberá llenarse el “Formato de Inspección para autorizar el Ingreso del Equipo de Gammagrafía Industrial”, al presentarse la empresa con su equipamiento; en las puertas de ingreso de Operaciones Conchán. Anexo 15 y 16. c. La distancia mínima de alejamiento del personal que labora en las instalaciones para evitar daño por radiación (nivel de alcance) del material radiactivo, a fin de ubicar los avisos, bloqueos de s y/o letreros de Seguridad y asegurar el no ingreso de personas a las zonas aledañas, donde se efectuará la labor. • El personal contratista que manipule o efectúe trabajos con material radioactivo deberá cumplir las medidas de Seguridad descritas en:
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a. El Manual de Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas M-040, b. El “Procedimiento de Verificación de Documentos y Equipos para el Trabajo de Gammagrafía Industrial”, según lo dispuesto en los requisitos de Seguridad Radiológica R-001-2009. ANEXO 15 c. Solicitar el Permiso de Trabajo de Gammagrafía según lo dispuesto en el “MANUAL PARA LA EMISIÓN DE PERMISOS DE TRABAJO. Comprobaciones para los Permisos de Trabajo de Gammagrafía. • En el lugar de trabajo deben estar disponibles los siguientes documentos: a. El respectivo Permiso de Trabajo. b. Copia de la licencia de operación, sus condiciones y límites, así como las licencias del personal. c. Los registros de las operaciones. d. Los procedimientos de operación. e. Plan de Emergencias. f. Los certificados de calibraciones de los detectores y dosímetros y certificados de las fuentes y sus pruebas de fuga. • Terminado el trabajo la compañía de gammagrafía industrial, deberá retirarse con la fuente radioactiva, previa coordinación con el Supervisor de o y Personal de la Seguridad Industrial y Protección Ambiental (Petroperú). 20. EQUIPO MOVIL Y TRANSPORTE 20.1. Servicio de Transporte de Personal para operaciones de buceo, conexión de mangas, Vigilancia, Atención/evacuación de accidentados, y Contingencias Contra derrames en Mar: •
Deben contar con Equipo de comunicación (Radio, Equipo GPS, etc.)
•
En coordinación con el Oficial de Protección de Instalación Portuaria (OPIP), personal de Operaciones Conchán, Loading Master (Inspector de Embarque) deberá realizar patrullaje y vigilancia de acuerdo al código PBIP.
•
Las embarcaciones y/o lanchas deberán estar dotadas de luces en proa y popa, luz intermitente para navegación nocturna y faro pirata para el alumbrado del área marina en casos de derrames marinos.
•
La embarcación que cumple la labor de contingencia para derrames de hidrocarburo en el Terminal Multiboyas de Operaciones Conchán durante las operaciones de carga y descarga de buques tanque, llevará equipamiento del Plan de Contingencia.
20.2. Ingreso de Vehículos a las Instalaciones: • El ingreso de los vehículos en general a las instalaciones es restringido y solo se autoriza
su ingreso para el transporte de materiales (ingreso o salida), debiendo retirarse tan pronto descargue el material. • Los vehículos en general (camionetas, camiones, grúas, montacargas, volquetes, etc.)
solo podrán ingresar a las áreas industriales con autorización del Supervisor de o. • Todo trabajador contratado que conduzca un vehículo de la empresa dentro de las
instalaciones de Operaciones Conchán debe cumplir los siguientes requerimientos:
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a. Contar con autorización del nivel correspondiente. b. Licencia de conducir vigente. c. Preferente haber recibido el “Curso de Manejo Defensivo”, dictado por la Unidad de Seguridad Industrial y Proa. d. Verificar el estado mecánico e integridad de su vehículo (nivel aceite, agua, etc.). e. Velocidad máxima de transito: 25 km/h. f. Está prohibido estacionar vehículos a menos de 15 m. de equipo de proceso, en áreas que obstaculicen maniobra de hidrantes o casetas contra incendios. g. Los vehículos se estacionarán a una distancia mayor a 150 m. en caso de incendio o emergencia. h. Los vehículos deberán estacionarse en retroceso, en posición de salida y deberán quedar con la llave disponible. i. Los vehículos que pernocten deberán quedar con la llave en vigilancia. j. Está prohibido llevar pasajeros en la parte posterior de las camionetas; asimismo, deberán respetarse la capacidad de pasajeros que se tiene definido para cada vehículo, utilizando cada uno de ellos sus respectivos cinturones de seguridad. k. Los vehículos que ingresan a las instalaciones deben contar con revisión técnica vigente. l. Deben tener alarma de retroceso automática audible a 10 metros de distancia con la máquina encendida. m. Todo vehículo deberá tener como mínimo un (1) extintor de incendio del tipo ABC, montado firme y de fácil . • No se permitirá el ingreso de vehículos de combustión interna en áreas o ambientes
donde pudiera existir presencia de gases o vapores inflamables. • El escape de los motores de combustión interna deberá estar provisto de un sistema
matachispas adecuado y no deben ingresar en lugares donde pueden encontrarse normalmente gases y vapores inflamables en concentraciones suficientes para formar mezclas explosivas. • El ingreso de camiones cisternas (comprador) a Planta de Ventas, deberá ser revisado
por la vigilancia en puerta de acuerdo a consignas establecidas, en caso de no cumplir los requisitos no se permitirá su ingreso. • El personal de la Planta de Ventas deberá controlar que las cisternas cumplan con los
requisitos: a. Contar como mínimo con un extintor contra incendio portátil de 13,6 kg (30 lb) de polvo químico seco ABC, estar Listados por UL, FM u otras entidades aceptadas por INDECOPI. La inspección, mantenimiento y/o recarga de éstos equipos se efectuará en empresas representantes de la marca del extintor o entidad reconocida por INDECOPI. b. Mantener, permanentemente, en buen estado de funcionamiento los sistemas mecánicos y eléctricos del vehículo. c. El sistema de escape, incluyendo el silenciador y tubo de escape, deben estar en buen estado y estar separados de cualquier material Combustible. No está permitido el uso de escape libre.
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d. Para el caso de transporte de petróleo residual, la longitud de los chasis deberán sobresalir del extremo posterior del tanque y el vehículo deberá estar provisto de un parachoques trasero, para la protección de las válvulas y demás rios de cierre y seguridad del tanque. Estructuralmente, el parachoques debe ser diseñado para absorber un impacto con carga completa. e. El tanque será de acero o aleación de aluminio y deberá tener una placa con el nombre del fabricante, la norma o código de construcción, la fecha de fabricación, capacidad nominal, número de compartimientos y margen de espesor de pared para corrosión. f. El tanque, las tuberías, las válvulas y las mangueras deberán mantenerse en perfecto estado y sin presentar filtraciones. Los rios de conexión de la manguera deberán ser del tipo antichispa. g. Si el tanque posee varios compartimientos, cada uno deberá contar con su cúpula y válvula de descarga correspondiente, asimismo deberá tener marcada su capacidad. Cada compartimiento de un camión-tanque deberá contar con el sistema de llenado por la parte inferior, debiendo contar con el sistema de recuperación de vapores, aquellos que transporten gasolina, kerosene, diesel y combustibles de aviación. h. Deberán llevar un letrero en su parte delantera y trasera, en pintura reflectante, con la leyenda PELIGRO COMBUSTIBLE, o PELIGRO INFLAMABLE (para los otros derivados) que sea visible en carretera para los demás choferes de vehículos en circulación, utilizando en sus tres costados visibles el rombo INDECOPI, rombo NFPA y el número de producto de las Naciones Unidas (NU). Tanto los rombos como el número NU serán metálicos e intercambiables de acuerdo al producto que se transporte. i. Durante todo el tiempo que dure la carga / descarga del hidrocarburo la cisterna deberá hacer uso del cable de puesta a tierra. j. En el caso que el trabajador o chofer de cisterna deba subir a la parte superior de la cisterna deberá hacer uso de un arnés de seguridad y sujeto a una línea de vida todo el tiempo que sea necesario. 20.3. GRÚAS M ÓVILES E HIDRÁULICAS (CAM IONES HIAB) Las grúas móviles e hidráulicas (camiones Hiab) para uso dentro de las instalaciones deberán tener la siguiente documentación vigente: a. Certificado vigente de “Operación de la grúa” y del “Sistema hidráulico”. b. Certificación vigente de “Operador y auxiliar de grúa”, por entidad autorizada y reconocida. c. Revisión técnica vehicular de la grúa móvil (camión HIAB). • Asimismo,
en la solicitud de autorización de ingreso deberá registrarse para conocimiento, la fecha de vigencia de los certificados mencionados.
• Inspección de todo el equipamiento, estructura y rios de izaje utilizados y/o
requeridos en el servicio, por Supervisor Contratista Responsable del Trabajo. Se deberá documentar esta etapa antes de autorizar el ingreso. • Antes de iniciar la labor diaria se deberá efectuar inspección de todo el equipo,
conjuntamente con sus rios de izaje, sistemas hidráulicos que garantice que la grúa se encuentre en buen estado para garantizar trabajo seguro. • El Supervisor o, responsable del trabajo, deberá dar el V°B° de los documentos
presentados. Estos requerimientos son para garantizar trabajo seguro de estas Unidades en las Instalaciones. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Deberá contar con una copia de las señales de mano prescritas por ANSI y deberá ser
colocada visiblemente en la estación del operador. • Las capacidades de carga nominal, velocidades de operación recomendadas, advertencia
de peligros especiales, diagramas de señales de mano específicas e instrucciones especiales, deberán ser visibles para el operador desde la estación de control. • El personal de la empresa contratista deberá asignar una persona auxiliar (señalero u
hombre de tierra) debidamente certificado, que se encargue de acompañar a las grúas u otro equipo pesado de construcción para su traslado seguro dentro de la planta. El operador y el auxiliar deben comunicarse a través de uso de señales conforme a ASME B30.5, IRAM 3922, u otra similar. • Todas las grúas serán trasladadas con las plumas desacopladas o completamente
retraídas. • Todas las grúas deberán tener generalmente, como mínimo, un (1) extintor de incendio
del tipo ABC, montado firme y fácilmente accesible al operador. • Todos los aparejos utilizados con las grúas deberán tener vigente su inspección según el
Procedimiento de Inspección del Equipo y Herramienta de la Obra. • Se debe identificar y delimitar el perímetro de acción de la grúa y evitar que personal ajeno
a la operación invada esta área. • El personal no deberá trabajar bajo este perímetro mientras la grúa se encuentre en
operación. • Se debe identificar y delimitar las líneas eléctricas y disponer del banderillero o auxiliar de
operación para evitar choques eléctricos. Distancia Mínima de Trabajo por Voltaje Voltaje
Distancia Mínima
De 300 V a 50 kV.
3
De 50 kV. a 200 kV.
5
De 200 kv. a 350 kV.
6
De 350 kv a 500 kV.
8
De 500 kV. a 750 kV.
11
De 750kv. a 1000 kV.
14
21. ORDEN Y LIMPIEZA • El personal de la empresa contratista mantendrá en todo instante el lugar de trabajo
ordenado y limpio; observará las normas y prescripciones de Higiene Industrial implantadas por Operaciones Conchán en sus instalaciones. • El personal de la empresa contratista se mantendrá debidamente uniformado y aseado. • El personal de la empresa contratista mantendrá las instalaciones sanitarias (baños, duchas,
etc.) asignada a ellos por parte de Operaciones Conchán en condiciones exigibles por la Higiene Ocupacional. La empresa contratista se hará responsable de los daños causados a éstas, por su personal. • Todo desecho o retacería metálica deberá depositarse en recipientes, no debiendo dejarse
abandonado en el área de trabajo. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Todo desperdicio, desecho o retacería de material combustible, tales como madera, caucho,
plástico, cartón, papel, trapo, hilaza o material similar, especialmente si están impregnados de grasa, aceite o combustible, deben depositarse dentro de bolsas especiales con cierre hermético y coordinará con su Supervisor de o para la disposición final. • La disposición de los desechos y residuos en sacos y cilindros, serán tramitados según los
formatos establecido en este documento. Anexo 06. 22. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la finalidad de salvaguardar la Información en los equipos de Cómputo (Laptops, desktops, servidor, etc.) que no son propiedad de Petroperú, se debe controlar el ingreso y salida de computadoras de escritorio, equipos portátiles y otros equipos electrónicos, debiendo los s cumplir con el procedimiento PRO-GGR-706 “Manual de Ingreso / Salida y Uso de Computadoras particulares en las Instalaciones de Petroperú”. 23. INGRESO DE LOS EQUIPOS, MATERIALES Y HERRAMIENTAS • Para internar en las instalaciones de Operaciones Conchán, cualquier tipo de herramientas,
equipo o material, es necesario acompañarlo con una relación por duplicado (Registro de Ingreso de Materiales – RIM). Este debe mostrarse y verificarse a través del Servicio de Vigilancia y presentarla al Supervisor de o, cuya copia será sellada, firmada y devuelta al Contratista como constancia y con la cual se amparará para solicitar el ingreso de sus pertenencias. • Para retirar de las instalaciones de Operaciones Conchán, cualquier herramienta, equipo o
material, de propiedad del Contratista, éste presentará la copia del documento de internamiento (RIM) al Supervisor de o, quien le entregará un “Pase de Salida de Material”, el cual se entrega al Vigilante en Puerta para su correspondiente control. • Cualquier
decomiso hecho por el Personal de Vigilancia, éste debe informarlo inmediatamente al Supervisor de o y a la Unidad Seguridad y Protección Ambiental, para que luego de su investigación, tomar las acciones del caso.
• El personal de Seguridad Industrial y Protección Ambiental puede realizar decomisos de
materiales ó EPP, que no estén acorde con la seguridad del trabajo o se encuentren en mal estado, informando del hecho al Supervisor de o. Se elaborará una boleta de requisa (Anexo 05) y estos equipos podrán ser devueltos al Contratista al mostrar el pase de salida correspondiente al material decomisado. • El contratista podrá contratar por su cuenta a personal de guardianía para vigilar sus equipos
y herramientas, este personal también tendrá que estar incluido en su programación y previamente será informado al área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. • Todos los equipos eléctricos rotativos donde tenga expuesto piezas de giro que tengan la
capacidad de ocasionar daño al deberán contar con las guardas de protección originales de fabricación. • Las agarraderas o mangos de todos los equipos y herramientas que se utilicen deberán
estar en buen estado y con la seguridad que no se desprendan. • Los manómetros de maquinarias y/o equipos motorizados fijos y portátiles deberán estar en
buen estado y funcionando adecuadamente. • Toda empresa Contratista deberá contar con un listado general de todos los equipos,
maquinarias y herramientas que tenga dentro de las instalaciones. • Los equipos o maquinarias que de fabricación cuenten con cable de puesta a tierra deberán
utilizarse.
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• Las herramientas eléctricas portátiles, deben ser a prueba de explosión (Seguridad
Intrínsecamente Segura Clase I, División I, Grupo A, B, C). • Todos los equipos, maquinarias y herramientas deberán inspeccionarse periódicamente, las
empresas deberán presentar su cronograma de inspección al Supervisor de o y de ser necesario a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. 24. GESTION DE RESIDUOS En cumplimiento de la Política de Petroperú, referente a su compromiso de prevención de la contaminación, cumplimiento de normativas legales (Ley General de Residuos Sólidos N° 27314 y sus reglamentos), normatividad ambientales y considerando que OPC cuenta con la Certificación Internacional ISO 14001 “Sistema de Gestión Ambiental”, se ha establecido una serie de estándares y procedimientos de los cuales las empresas contratistas deben dar un fiel cumplimiento de estas. Deben cumplir lo dispuesto en el Procedimiento de Gestión de Residuos de OPC. Anexo 6 • Los residuos sólidos generados en OPC se han clasificado en peligrosos y no peligrosos
(cartón/ papel y Vidrio/plástico). •
Los residuos considerados no peligrosos tendrán como almacenamiento en cilindros de color verde, con la etiqueta de Residuo No Peligroso.
• Los residuos de plástico / vidrio tendrán almacenamiento en contenedores de color blanco. • Los residuos de cartón / papel tendrán almacenamiento en contenedores de color celeste. • Los residuos considerados como peligrosos se almacenaran en cilindros color negro, con
la etiqueta de Residuos Peligrosos. •
Las contratistas deberán tener en cuenta el contar con sus contenedores suficientes para el almacenamiento temporal de los residuos y realizar la disposición de los mismos a excepción que sean borras de hidrocarburo, carbón activado u otra de acuerdo a lo consultado con el Supervisor de o.
•
Tomar todas las acciones necesarias para prevenir la contaminación en sus trabajos y/o evitar la afectación a la población aledaña a OPC.
AMBITO LEGAL DEL MANEJO DE RESIDUOS •
Ley General de Residuos Sólidos N° 27314.
•
Decreto Supremo N° 057-2004 PCM Reglamento de la Le y General de Residuos Sólidos.
•
Ley N° 28256 Ley que regula el transporte terrestre de materiales y residuos Peligrosos.
•
Decreto Supremo N° 021-2008 MTC Reglamento Naciona l de Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
25. INSPECCIONES DE SEGURIDAD/OBSERVACIÓN DE TRABAJO SEGURO. Operaciones Conchán se reserva el derecho de realizar inspecciones a las Contratistas en relación al cumplimiento de las Normas y Procedimientos de su Sistema de Gestión en Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental; pudiendo realizarlas de manera inopinada, por su propia cuenta o con el Supervisor de Seguridad de la Empresa Contratista.
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ANEXOS
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ANEXO 01 FORMATO REPORTE DE INCIDENTES NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA …………………………………………………….. NOMBRE DEL INGENIERO RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO ……………………………… NOMBRE DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD DE EMPRESA CONTRATISTA……………………………………………
Lugar/Zona del Incidente
Fecha:
Unidad Responsable del Área
Hora:
¿Cómo Ocurrió?
Posible Motivo:
Daños (Colocar un check y describirlos si es que los hubiese): Ambiental Descripción: Material Descripción: Acciones de Seguridad tomadas por parte de la Empresa Contratista
Sugerencias de Mejora y/o Solución
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Datos del Trabajo: Permiso de Trabajo Nº Nombre Supervisor Responsable del Área - Equipo Nombre Supervisor Responsable del Trabajo
FIRMA DEL ING. RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO
FIRMA DEL SUP. DE SEGURIDAD
ANEXO 02 FORMATO REPORTE DE ACCIDENTES NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA …………………………………………………….. NOMBRE DEL INGENIERO RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO………………………………… NOMBRE DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD DE EMPRESA CONTRATISTA……………………………………………
Lugar/Zona del Accidente
Fecha:
Unidad Responsable del Área
Hora:
¿Cómo Ocurrió?
Posible Motivo:
Daños (Colocar un check y describirlos si es que los hubiese): Personales Nombre(s) de la(s) Víctima(s): Ambientales Descripción: Materiales Descripción: Colocar un check y describirlos Se activó el PEID ¿Se trasladó a la víctima?
Descripción y/o Comentarios: Descripción (¿Dónde se le trasladó?):
Acciones de Seguridad tomadas por parte de la Empresa Contratista
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Sugerencias de Mejora y/o Solución
Datos del Trabajo: Permiso de Trabajo Nº Nombre Supervisor Responsable del Área - Equipo Nombre Supervisor Responsable del Trabajo
FIRMA DEL ING. RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO
FIRMA DEL SUP. DE SEGURIDAD
ANEXO 03 FORMATO REPORTE DE INCENDIO NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA …………………………………………………….. NOMBRE DEL INGENIERO RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO ……………… NOMBRE DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD DE EMPRESA CONTRATISTA……………………………………………
Lugar/Zona del Incendio
Fecha:
Unidad Responsable del Área
Hora:
¿Cómo Ocurrió?
Posible Motivo:
Daños (Colocar un check y describirlos si es que los hubiese): Personales Nombre (s) de la(s) Víctima (s): Ambientales Descripción: Materiales Descripción: Colocar un check y describirlos Se activó el PEID ¿Se trasladó a la víctima?
Descripción y/o Comentarios: Descripción (¿Dónde se le trasladó?):
Acciones de Seguridad tomadas por parte de la Empresa Contratista
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Sugerencias de Mejora y/o Solución
Datos del Trabajo: Permiso de Trabajo Nº Nombre Supervisor Responsable del Área- Equipo Nombre Supervisor Responsable del Trabajo
FIRMA DEL ING. RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO
FIRMA DEL SUP. DE SEGURIDAD
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ANEXO 04 FORMATO REPORTE DE DERRAME NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA …………………………………………………….. NOMBRE DEL INGENIERO RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO………………………………… NOMBRE DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD DE EMPRESA CONTRATISTA……………………………………………
Lugar/ Zona del Derrame
Fecha:
Unidad Responsable del Área
Hora:
¿Cómo Ocurrió?
Posible Motivo:
Daños (Colocar un check y describirlos si es que los hubiese): Personales Nombre (s) de la(s) Víctima (s): Ambientales Descripción: Materiales Descripción: Colocar un check y describirlos Se activó el PEID ¿Se trasladó a la víctima?
Descripción y/o Comentarios: Descripción (¿Dónde se le trasladó?):
Acciones de Seguridad tomadas por parte de la Empresa Contratista
Sugerencias de Mejora y/o Solución
Datos del Trabajo: Permiso de Trabajo Nº Nombre Supervisor Responsable del Área - Equipo Nombre Supervisor Responsable del Trabajo
FIRMA DEL ING. RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO
FIRMA DEL SUP. DE SEGURIDAD
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ANEXO 05 BOLETA DE REQUISA NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA …………………………………………………….. NOMBRE DEL INGENIERO RESIDENTE O PROFESIONAL O TECNICO CALIFICADO ………………………………… NOMBRE DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD DE EMPRESA CONTRATISTA……………………………………………
Lugar/Zona de Trabajo
Fecha:
Trabajo Efectuado ó a Efectuar
Hora:
Equipo(s) Requisado(s):
Motivo de la Requisa:
Recomendación (es):
Datos del Trabajo: Permiso de Trabajo Nº Nombre Supervisor Responsable del Área - Equipo Nombre Supervisor Responsable del Trabajo
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERVISOR DEL OPERADOR DE SEGURIDAD Y CONTRA INCENDIO (RC4)
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y CONTRA INCENDIO
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ANEXO 06 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES DE OPC RESPONSABILIDADES Son responsables de cumplir el presente procedimiento: • Todas las áreas que generen residuos peligrosos. • El personal contratista encargado de la manipulación de los residuos peligrosos. • El Supervisor de Protección Ambiental por encargarse del control del almacenamiento de los residuos peligrosos y de realizar la gestión para la disposición final de estos residuos. • Los supervisores del área de Almacén por encargarse del control del almacenamiento de algunos de estos residuos peligrosos y por realizar gestiones para su disposición final. • Cualquier persona que se encuentre dentro de la Refinería tiene la responsabilidad de notificar al Jefe de unidad o supervisor ante la ocurrencia de riesgo para la salud y medio ambiente a causa del mal manejo de algún tipo de residuo peligroso/industrial. PROCEDIMIENTO: Disposiciones Generales: • Dado que el manejo de residuos peligrosos es una actividad que tiene que ser realizado por personas que previamente hayan sido capacitadas, se deberá brindar capacitación cada vez que sea necesario a todo el personal involucrado en la gestión de residuos peligrosos, teniendo más consideración con aquella persona o grupo de personas que tienen como labor la manipulación de estos residuos peligrosos durante el recojo, envasado, etiquetado, traslado y almacenamiento de dichos residuos. • Como medida de seguridad toda persona que manipule residuos peligrosos deberá contar con el Equipo de Protección Personal completo: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Ropa de Trabajo y Traje Tyvex Guantes de jebe Mascarilla para polvo y para gases Zapatos de seguridad, casco de seguridad Un extintor siempre cerca Un medio de comunicación cercano en caso ocurra una emergencia. Conocer los números de emergencia de la Refinería o al menos tenerlos en un lugar visible.
• Es obligación de los generadores de residuos peligrosos y del personal contratista encargado de manejo de los residuos peligrosos: 1. Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente aquellas mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o que dificulten su gestión. 2. Identificar y codificar los diferentes tipos de residuos peligrosos. 3. Envasar y etiquetar los recipientes que contengan residuos peligrosos. 4. Llevar un registro de sus residuos peligrosos producidos.
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Reaprovechamiento: Volver a obtener un beneficio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento la recuperación, el reciclaje o la reutilización. Recuperación: Toda actividad que permita reaprovechar parte de sustancias, o componentes que constituyen residuo sólido. Reciclaje: Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fin inicial u otros fines. Reutilización: Toda actividad que permita aprovechar directamente el bien, artículo o elemento que constituye el residuo sólido, con el objeto de que cumpla el mismo fin para el que fue elaborado originalmente. ANEXOS: Anexo A Notificación de Almacenamiento de Residuos en zona de Almacenamiento Anexo B
Resumen del ciclo de producción de un Residuo Peligroso.
Anexo C
Resumen del ciclo de gestión de un Residuo Peligroso.
Temporal.
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Anexo A NOTIFICACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS EN ZONA DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL N° EMISOR: Nº PROA: N° REFERENCIA
I.-
DESCRIPCIÓN
SOLICITANTE (AREA GENERADORA DEL RESIDUO)
1.1.- DEPENDENCIA DEL SOLICITANTE 1.2.- SUPERVISOR RESPONSABLE II.2.1
RESIDUO CODIGO DEL RESIDUO
2.2.- TIPO DE RESIDUO ( * ) PUNTO DE RECOJO O UBICACIÓN DEL RESIDUO CANTIDAD DE RESIDUOS (VOLUMEN / PESO / 2.4.UNIDADES) 2.5.- ORIGEN DEL RESIDUO 2.3.-
2.6 LUGAR DE ALMACENAMIENTO DEL RESIDUO III.-
EMPRESA CONTRATISTA
3.1.-
EMPRESA CONTRATISTA QUE REALIZA EL TRABAJO
3.2.- SUPERVISOR RESPONSABLE DEL TRABAJO 3.3
EQUIPO A UTILIZAR PARA EL TRASLADO DEL RESIDUO
Vº Bº SUPERVISOR INMEDIATO PROTECCION AMBIENTAL NOMBRE:
NOMBRE:
FIRMA:
FIRMA:
FECHA:
FECHA:
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Anexo B
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RESUMEN DEL CICLO DE PRODUCCIÓN DE UN RESIDUO PELIGROSO
RESIDUO GENERADO
EL RESPONSABLE DEL TRABAJO SUPERVISA QUE LOS RESIDUOS SEAN RECOGIDOS EN CONDICIONES SEGURAS PARA EL PERSONAL E INSTALACIONES.
EL RESPONSABLE DEL TRABAJO SUPERVISA QUE LOS RESIDUOS SEAN ENVASADOS CORRECTAMENTE EN ENVASES CON TAPAS Y LLENOS HASTA ¾ DE SU CAPACIDAD MAXIMA.
RESIDUO SÓLIDO ENVASADO Y LISTO PARA SU TRASLADO A LA ZONA DE ALMACENAMIENTO O LLEVADO POR LA EMPRESA CONTRATISTA
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Anexo C
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RESUMEN DEL CICLO DE GESTIÓN DE UN RESIDUO PELIGROSO
RESIDUO GENERADO
RESIDUO RECOGIDO
EL RESPONSABLE DEL ÁREA COMUNICA SEGÚN EL T IPO DE RESIDUO AL ÁREA ALMACEN O PROT ECCIÓN AMBIENT AL LOS RESIDUOS A SER DISPUEST OS MEDIANT E LA NOT IFICACION DE ALMACENAMIENT O DE RESIDUOS SÓLIDOS
SI
EL AREA DE APRUEBA LA LUEGO DE ENVASADO Y
PROTECCION AMBIENTAL O ALMACEN NOTIFICACION DE ALMACENAMIENTO HABER EVALUADO EL CORRECTO ETIQUITADO DEL RESIDUO.
EL RESPONSABLE DEL TRABAJO RETIRA DEL AREA SOLICITANTE LOS RESIDUOS SÓLIDOS HACIA EL AREA DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL.
CUANDO EL AREA DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL LLEGA A UN 70% DE SU CAPACIDAD, EL AREA DE PROTECCION AMBIENTAL O ALMACEN COORDINARA EL RETIRO DE LOS RESIDUO PELIGROSOS DE OPERACIONES CONCHAN CON LA EMPRESA PRESTADORA DE RESIDUOS SÓLIDOS (EPRS) RESPONSABLE DEL SERVICIO.
EL AREA DE PROTECCION AMBIENTAL O ALMACEN ELABORA EL MANIFIESTO DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS, ESTE DOCUMENTO ES FIRMADO POR AMBAS PARTES GENERADOR (OPERACIONES CONCHÁN) Y GESTOR (EPRS), PARA PROCEDER CON EL RETIRO DEL RESIDUO FUERA DE NUESTRAS INSTALACIONES,
EL AREA DE PROTECCION AMBIENTAL O ALMACEN ARCHIVA LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS,
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NO
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ANEXO 07 MAPA DE RIESGOS DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO OPERACIONES CONCHÁN-PETROPERU
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ANEXO 08 Puntos de Evacuación y Sectores en Operaciones Conchán
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ANEXO 09 RUTAS DE EVACION EN CASO DE TSUNAMI
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ANEXO 10 RUTAS DE INGRESO Y SALIDA PEATONAL
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RUTAS DE INGRESO Y SALIDA PEATONAL
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ANEXO 11 Chaleco Obligatorio para los Supervisores de Seguridad y Supervisores de Obra de las Empresas Contratistas que laboran en Operaciones Conchán
CARACTERÍSTICAS Material del Chaleco Color del Chaleco Material del Cierre del Chaleco Material de Cinta Retrorreflectiva Color de Cinta Retrorreflectiva Poder de Cinta Retrorreflectiva Ancho de Cinta Retrorreflectiva Resistencia al Lavado de la Cinta Retrorreflectiva Normas a cumplir Diseño del logo de la Empresa Contratista (parte frontal) Lugar del logo de la Empresa Contratista Diseño de la frase de Identificación “SUPERVISOR DE SEGURIDAD” Lugar de la frase de Identificación
Cargo en la Empresa Contratista Supervisor de Supervisor de Seguridad Obra DRILL VERDE FOSFORESCENTE
DRILL ANARANJADO
NO METÁLICO
NO METÁLICO
POLYESTER
POLYESTER
PLATA
PLATA
500 CANDELAS
500 CANDELAS
DOS (02) PULGADAS
DOS (02) PULGADAS
50 CICLOS
50 CICLOS
Norma Europea EN 471 Clase 2 Norma ANSI/ISEA 107-1999 Clase 2
Norma Europea EN 471 Clase 2 Norma ANSI/ISEA 107-1999 Clase 2
BORDADO
BORDADO
FRONTAL SUPERIOR DERECHO
FRONTAL SUPERIOR DERECHO
BORDADO
BORDADO
POSTERIOR INFERIOR CENTRAL
POSTERIOR INFERIOR CENTRAL
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ANEXO 12 : PROCEDIMIENTO PARA AVISO DE EMERGENCIA SEGÚN P.E.I.D. DE OPERACIONES CONCHÁN 1. PROCEDIMIENTO PARA AVISO DE EMERGENCIA INCENDIO/EXPLOSIÓN.El trabajador o persona que detecte una emergencia dentro de las instalaciones de la Refinería Conchán, deberá proceder de la forma siguiente: 1.1. Comunicar al Centro de Control inmediatamente a través de los siguientes medios: • Llamar al Centro de Control: a. Teléfono fijo: marcar el Número 8. b. Numero Nextel: 822*3389. La información sobre la emergencia deberá contener: Identificación del informante, ubicación, tipo y magnitud de la emergencia. 1.2. La operadora de la central telefónica recibida la información de la emergencia actúa: •
Activa el PEID en la siguiente secuencia; a. Activa la alarma b. Avisa por radio al grupo N° 18 y luego al grupo N° 22.
La emergencia es comunicada en 3 oportunidades con intervalo de 5 segundos a cada grupo y repitiendo la secuencia de información. En caso de que la emergencia ocurra fuera de horas oficina, además de efectuar la comunicación mencionada anteriormente, se deberá complementar con el llamado a los números telefónicos del domicilio, Nextel o celulares que posean los del PEID. 1.3. Toque de alarma se realizará de la siguiente manera: 1.3.1. ALARMA 1: DE INICIO.- Señal que se ejecuta inmediatamente después de la recepción del aviso de la emergencia, sin esperar ninguna autorización, y que activará el Plan de Emergencia (Refinería y Planta de Ventas). Consiste en 1 toque de 25 segundos. 1.3.2. ALARMA 2: DE EVACUACIÓN.- Señal que se ejecuta después de la primera alarma (Refinería y Planta de Ventas), para la evacuación general de la Refinería. Consiste en el toque de sirena en forma continuada, luego que el Jefe del Plan P.E.I.D. autorice, con lo que todo el personal y vehículos de la Refinería evacuaran hacia la parte externa. Esta evacuación será sólo cuando la emergencia se encuentre fuera de control y pueda ocasionar daños al personal que se encuentra dentro de las instalaciones. 1.3.3. ALARMA 3: FIN DE EMERGENCIA Y SIMULACRO.- Un toque corto de sirena de 15 segundos indicará el fin de la emergencia o del simulacro.
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1.4. ALARMAS INDICATIVAS POR EMERGENCIA 1.4.1. Alarma Luminosa: Instalada en el ángulo sur de techo de calderos la cual será activada desde el centro de control, permaneciendo encendida desde el inicio de las acciones hasta su término. 1.4.2. Alarma Sonora: Instalada en el techo del edificio de Servicios Industriales y en el techo de la Jefatura de Planta de Ventas, las que son activadas por la operadora de la central telefónica de acuerdo al procedimiento establecido. 2. PROCEDIMIENTO DE PRUEBA DE ALARMAS Todos los jueves de cada semana a las 11:00 Hrs. se efectuará la prueba de alarma mediante el toque de sirena sonora y el encendido de alarma visual. 3. INSTRUCCIONES GENERALES PARA PERSONAL EN CASO DE EMERGENCIA -
No utilizar los teléfonos y/o radios si no son estrictamente necesarios hasta el final de la emergencia.
-
No llamar a la central telefónica solicitando información sobre el evento.
-
Dirigirse a los puntos de evacuación y dejar las vías de tránsito peatonal y vehicular libre hasta recibir instrucciones.
-
Todo vehículo en circulación deberá parquearse a un costado de las vías de tránsito, dejando pase libre.
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ANEXO 13: PROCEDIMIENTO DE USO DE AVISOS DE SEGURIDAD Y ELEMENTOS DE BLOQUEO DURANTE TRABAJOS ELÉCTRICOS 1.
OBJETIVO • Se desarrolla este procedimiento para establecer las pautas necesarias para el uso de
avisos de seguridad y elementos de bloqueo, como paso previo a los trabajos eléctricos. • Concientizar al personal involucrado en estas tares
para realizar sus labores con la
seguridad. • Evitar accidentes que puedan ocasionar daño al personal o los equipos.
2.
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD
2.1. CONCEPTO El objetivo del aviso de seguridad es transmitir mensajes de prevención, prohibición o información en forma clara, precisa y de fácil entendimiento para todos, en una zona en la que se ejecutan trabajos eléctricos o en zonas de operación de máquinas, equipos o instalaciones que entrañen un peligro potencial. 2.2. REGLAMENTACIÓN Para la elaboración de este procedimiento se han tomado en cuenta los requisitos de señalización, tomados de las normas IEC 60617, NTC 1461 e ISO 3461, ANSIZ 535, ISO 3864-2: son de obligatoria aplicación y la entidad propietaria de la instalación será responsable de su utilización. Su escritura y ubicación deberá localizarse en los sitios visibles que permitan cumplir su objetivo. El uso de las señales de riesgo adoptadas en este procedimiento será de obligatorio cumplimiento, a menos que alguna norma de mayor jerarquía legal determine algo diferente, en tal caso las empresas justificarán la razón de su no utilización. NOTA Las señales de seguridad no eliminan por sí mismas el peligro pero dan advertencias o directrices que permitan aplicar las medidas adecuadas para prevención de accidentes. 3.
RESPONSABILIDAD En Operaciones Conchán el responsable de desenergizar los equipos eléctricos para trabajos de mantenimiento, es el Técnico Electricista o el Supervisor de Electricidad de Unidad Mantenimiento, los cuales en coordinación con el Responsable del área pondrán fuera de servicio el equipo con la instalación del respectivo elemento de bloqueo y letrero de seguridad.
4.
SEÑALIZACIÓN Y BLOQUEO ANTE TRABAJOS ELECTRICOS
4.1. ELEMENTO DE BLOQUEO El elemento de bloqueo será instalado en aquellos equipos eléctricos que cuenten con Mandos giratorios que puedan energizar dicho equipo, así se garantizará la inmovilización de este (CCMS, Tablero con mando giratorio, disyuntores, etc.), dentro de este grupo se encuentran los candados, tenazas, etc.
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4.2. LETREROS DE SEGURIDAD Para cualquier trabajo eléctrico o con equipos energizados, se empleará el siguiente cartel (referencial), el cual deberá de tener las siguientes características: a. Indicar la orden a obedecer b. Indicación de peligro c. La dependencia a la que pertenece el letrero d. Nombre de la persona que hace la instalación del letrero. e. Fecha de instalación. f. Número correlativo, el cual será incluido en el permiso de trabajo y/o reportes de trabajos. 5.
INSTALACIÓN Para la instalación de los elementos descritos en este procedimiento se tendrá en cuenta la clasificación de los equipos eléctricos de la siguiente manera:
5.1. Electrobombas, Aerorefrigerantes y Calentadores 5.1.1 Con control y alimentación desde Subestación: Bombas de despacho y trasiegoPlanta de Ventas, bombas de transferencia y carga-Movimiento de productos. La puesta fuera de servicio del equipo se realizará en coordinación con el Operador de turno y se realizará en Gabinete del Centro de control de Subestación según corresponda, para este caso existen dos tipos de Instalación: 5.1.2 Equipo con gabinete independiente: En este caso se procederá primero colocando el selector en posición cero (0), se bajará la llave de Interruptor y se retirará fusible, si el gabinete cuenta con mando giratorio, este se colocará en posición off. En el mando se colocará elemento de bloqueo y en el selector letrero de seguridad indicando fecha y persona que ha colocado el letrero, estos serán retirados una vez terminado el trabajo. 5.1.3 Equipo con gabinete compartido: En este caso se procederá primero colocando el selector en posición cero (0), se bajará la llave de Interruptor y se retirará fusible, en selector se colocará letrero de seguridad indicando fecha y persona que ha colocado el letrero, este será retirado una vez terminado el trabajo. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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5.1.4 Con control en Tablero en Planta de Procesos y alimentación desde Subestación eléctrica-Bombas Planta de Procesos. La puesta fuera de servicio del equipo se realizará en coordinación con el Operador de Planta y de Servicios Industriales. En tablero de Planta la puesta fuera de servicio se realiza bajando la palanca del tablero, en esta se colocará candado y letrero de seguridad, así mismo en el centro de control de motores de Subestación, según corresponda, el selector se ubicará en posición cero (0), se bajará la llave de Interruptor y se retirará fusible. En la puerta de Gabinete se colocará letrero de seguridad indicando fecha y persona que ha colocado el letrero si este pertenece a una sola Electrobomba, si fuese compartida el letrero será puesto en el selector de la bomba, este será retirado una vez terminado el trabajo. 5.2 ALUMBRADO 5.2.1 Circuitos de alumbrado Durante los trabajos de mantenimiento de circuitos de iluminación, en coordinación con el Operador de Subestación, en tablero de alumbrado de acuerdo a su tipo, con selectores o mandos giratorios, se procederá colocando el selector en posición cero (0) o el mando en posición off, de acuerdo al circuito a utilizar, asimismo se colocará elemento de bloqueo y letrero de seguridad, según corresponda, estos serán retirados una vez terminado el trabajo. 5.3 SUBESTACIONES 5.3.1 Subestación Eléctrica principal (Casa de fuerza y CCMS) Para el mantenimiento de la Subestación eléctrica que se realiza mediante corte general de energía eléctrica, desde Subestación externa de Luz del sur, se debe de verificar que este distribuidor deje la señalización correspondiente en interruptores de distribución, esta será retirada una vez terminado el trabajo y por el distribuidor. En la Subestación principal en celda de llegada se desconectará interruptor y se aperturará seccionadores, así como se instalará línea portátil a tierra, en interruptor colocar el elemento de bloqueo y letrero de seguridad este será retirado una vez terminado el trabajo. 5.3.2 Subestación Planta de Ventas El mantenimiento de esta subestación se realiza mediante corte de energía eléctrica en casa de fuerza, en la celda N° 4 de salida hacia ventas se colocará elemento de bloqueo al interruptor y el letrero de seguridad correspondiente, serán retirados una vez terminado el trabajo. 5.3.3 Transformadores Para nuestra operación el único transformador que no requiere corte de energía general, para trabajos de mantenimiento, es en el TR-1, este será puesto fuera de servicio desde celda N°5 en casa de fuerza, donde u na vez desconectado el interruptor y aperturado los seccionadores, se instalará elemento de bloqueo al interruptor y el letrero de seguridad correspondiente, estos serán retirados una vez terminado el trabajo. 5.4 TABLEROS 5.4.1 Tableros eléctricos
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Para el mantenimiento de tableros, dependiendo del tipo de carga que distribuye el tablero, oficinas o electrobombas, la puesta fuera de servicio de estos se realiza desde circuito de alimentación aguas arriba, pudiendo ser otro tablero o desde un centro de distribución en Subestación, para lo cual el interruptor se colocará en posición “OFF” y se instalará el elemento de bloqueo y letrero indicado, elementos a retirar una vez terminado el trabajo. 5.4.2 Grupo Electrógeno Para el caso del grupo electrógeno, cuando se realice mantenimiento preventivo al motor, en el gabinete de control se colocará en manual, y en del grupo el pulsador de parada será activado y bloqueado con elemento de bloque tipo tenaza, el cual debe de permitir colocar candados, en la tenaza se colocará candado y letrero de seguridad, los cuales serán retirados en conjunto una vez concluido los trabajos. 6.
OBSERVACION En el caso que los trabajos anteriormente descritos sean realizados por empresas contratistas, este deberá de instalar su propio elemento de bloqueo y letrero de seguridad, adicionalmente el personal de PETROPERU deberá de instalar un elemento de bloqueo, al finalizar los trabajos estos serán retirados en conjunto.
7.
REFERENCIA Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas. Normas IEC 60617
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ANEXO 14: PROTOCOLO DE APERTURA Y CIERRE DE CANDADOS Y TARJETAS APERTURA DEL BLOQUEO Empresa Contratista Solicitante Área donde se realizan los trabajos Lugar específico a bloquear Hora de Inicio del Bloqueo Fecha de Inicio del Bloqueo Responsables de la Empresa Contratista Ingeniero Residente o Profesional o Técnico Calificado Supervisor de Seguridad Responsables de Operaciones Conchán Supervisor Responsable del Trabajo
Apellidos y Nombres
Apellidos y Nombres
Firma
Firma
Personal Responsable del Área Equipo Electricista
CIERRE DEL BLOQUEO Hora del Cierre del Bloqueo Fecha del Cierre del Bloqueo Responsables de la Empresa Contratista Ingeniero Residente o Profesional o Técnico Calificado Supervisor de Seguridad
Apellidos y Nombres
Firma
Responsables de Operaciones Conchán Supervisor Responsable del trabajo
Apellidos y Nombres
Firma
Personal Responsable del ÁreaEquipo Electricista COMENTARIOS:
ADVERTENCIA: Los elementos de bloqueo y la tarjeta de señalización no proporcionan un 100% de protección. Se deben tomar las medidas de seguridad necesarias cada vez que se realicen trabajos con o cerca de equipos o circuitos que puedan ser activados manualmente o por fuentes de energía.
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ANEXO 15: VERIFICACION DE EQUIPOS DE GAMAGRAFIA INDUSTRIAL (Fuentes Radioactivas) 1. OBJETIVO Establecer un procedimiento para la inspección de los equipos, material y documentos exigidos por la autoridad competente para realizar trabajos con fuentes radiactivas (gammagrafía Industrial) antes de iniciar sus labores en Operaciones Conchán. 2. ALCANCE Todo trabajo que involucre el uso de fuentes radioactivas, dentro de la jurisdicción de Operaciones Conchán. 3. AMBITO LEGAL • Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos – DS-043-2007-EM Articulo 105 Manipuleo De Material Radioactivo. • Reglamento de Seguridad Radiológica – DS-009-1997-EM. 4. DEFINICIONES 4.1 Equipo de Gammagrafía Industrial.- Aquel que cuenta con un contenedor de trabajo portátil, diseñado para facilitar su traslado de un lugar a otro por una persona. 4.2 Fuente Sellada.- Todo material radioactivo permanentemente incorporado a un material encerrado en una capsulada hermética, con resistencia mecánica suficiente para impedir el escape del radionúclido o la dispersión de la sustancia radioactiva en las condiciones previsibles de utilización y desgaste. 4.3 Autoridad competente.- Es la autoridad que Reglamenta y Supervisa todo trabajo con fuentes radioactivas, siendo el Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN. 4.4 Carnet de Licencia Individual.- Documento emitido por la autoridad competente que acredita al radiólogo, y este se encuentra apto y autorizado para la manipulación y operación de fuentes radiactivas. 4.5 Dosímetros.- Dispositivo de seguridad proporcionado por una entidad autorizada por la autoridad competente el cual debe ser usado por todo personal autorizado, capacitado y entrenado cuando manipule o trabaje con fuentes radioactivas, con la finalidad de conocer su grado de exposición a las radiaciones ionizantes. 4.6 Contenedor.- Envase donde se encuentra ubicado el isópodo radioactivo, con la finalidad de proteger a los s y terceros. 4.7 Isópodo Radioactivo.- Metal o piedra la cual lleva la carga inestable capaz de emitir ondas radioactivas, con efectos a la salud irreversibles, generalmente fuentes encapsuladas de baja actividad para el uso industrial, ejemplos Iridio 192, Cobalto 60. Cesio 137, etc. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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4.8 Ondas Radioactivas.- Emisiones ionizantes en forma de rayos gamma, originados del mismo radio isópodo las cuales pueden causar daños irreversibles. 4.9 Detector de Radiación.- Equipo Analógico y/o digital que se utiliza para detectar fugas de la fuente de energía. 4.10 Curíes.- Es la cantidad de potencia actual del isópodo radioactivo según tiempo de vida establecida en la tabla de decaimiento. 4.11 Radiólogo.- Persona acreditada, capacitada y entrenada por la autoridad competente, para la adecuada manipulación y operación de la fuente radioactivas, realizando trabajos bajo estándares establecidos. 4.12 Etiqueta DOT (Department of Transportation the United States) Señal de uso internacional que permite reconocer un Material peligroso durante su transporte y almacenamiento. 5. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del personal de Inspección, leer totalmente el presente procedimiento y cumplirlo estrictamente con la finalidad de detectar cualquier condición insegura que pueda presentar el Equipo de Gammagrafía Industrial antes de su ingreso a las instalaciones de Operaciones Conchán, con la finalidad de asegurar el trabajo. 6. PROCEDIMIENTO PARA DE LA INSPECCION DE DOCUMENTACION Y EQUIPOS. 6.1. Verificación De Documentación.- el Personal mediante un formato de inspección (véase anexos) deberá constatar que el contratista a cargo del trabajo de radiografiado, porte la siguiente documentación, equipos y rios. a. Carnet de Licencia Individual (otorgado por el IPEN). Vigente Documento emitido por el IPEN que certifica la capacitación y entrenamiento del portador a realizar trabajos de gammagrafía Industrial. b. Dosímetro Personal, en el cual deberá estar registrado sus datos personales, fecha de emisión y caducación. Emitido por la autoridad competente. rio de seguridad obligatorio, donde la autoridad competente verificará el nivel de exposición que ha tenido el operador a fuentes radioactivas. c. Nº de Licencia de Operación de la Empresa Contratada. Documento que certifica que la empresa contratista está autorizada a realizar trabajos de Gammagrafía Industrial. d. Certificado de Operación de la Fuente Radioactiva a usar. Vigente. Documento que certifica que la fuente es de origen legal. e. Hoja donde se encuentre registrado el tiempo de vida útil del radio isópodo (tabla de decaimiento), emitido por la autoridad competente o fabricante. Documento donde se establece según fecha, la potencia en curíes del radio isópodo, donde el radiólogo establece la distancia a aislar, para realizar los trabajos. f. Hoja de Seguridad de la sustancia radiactiva a usar, en idioma Español.
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Documento donde establece las medidas de seguridad en caso de fuga o derrame, primeros auxilios, incendio, etc. g. Hoja de Informe de Ensayo de Radiactividad del contenedor (prueba de hermeticidad). Vigente. El código debe concordar con el N° ubicado en el contenedor. Documento donde se certifica que el contenedor donde se transporta el radio isópodo no presenta fugas. h. Hoja de Informe de Calibración del Monitor de Radiaciones a usar durante el trabajo. Vigente. Documento que certifica que el equipo de medición se encuentra calibrado y operativo. i. Plan de Emergencia, aprobado por la autoridad competente. Documento que establece los procedimientos de emergencia, ante cualquier incidente que ponga en riesgo al Trabajador, Ambiente y Propiedad. 6.2. Verificación de Equipos y rios de Seguridad 6.2.1. El Contenedor de la fuente radiactiva deberá contar con: • Etiqueta DOT de Clase 7 el cual certifica que se trata de un Material Radioactivo,
adicionando el grado de daño del mismo (ejemplo: I, II, III, según sea el caso) para su identificación y transporte (ver anexos). • Placa de Identificación donde registra el código del Radio Isópodo • En el mismo contenedor (laterales) deberá estar registrado en alto relieve su código
de registro y modelo. • Los seguros del contenedor deben estar operativos y en buen estado de uso. • Manija de acarreo en buen estado de uso.
6.2.2. rios del Equipo de Gammagrafía: • Mangueras de extensión en buen estado de uso y sin daño alguno en su
revestimiento y conexiones. • Manivela en buen estado de uso, no debe presentar trabas.
6.2.3. rios de Seguridad • Equipo Detector de Radiación en buen estado de uso, calibrado y operativo. • Letreros Preventivos (Cuatro como mínimo) con soporte, y señal de advertencia
según la OIEA - Organismo Internacional de Energía Atómica • Cinta de Color Rojo de 5” de ancho donde lleve la palabra “PELIGRO”. • Advertencias adicionales relacionadas con el trabajo, según se requiera.
7. REGISTROS • Hoja de Inspección Para Ingreso de Equipo de Gammagrafía Industrial. • Libro de Ocurrencias Diarias. 8. ANEXOS ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• Símbolo de Material Radioactivo, establecido por el DOT Y OIEA. • Modelo de Letrero Preventivo Según IPEN.
Etiqueta de Material Radioactivo que debe contar en el contenedor
Nueva señal gráfica de la presencia de material radiactivo peligroso, presentado por el Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA)
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ANEXO 16: HOJA DE INSPECCCION PARA INGRESO DE EQUIPO DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL
po
ANEXO 17:
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ANEXO 17 MANUAL PARA LA EMISIÓN DE PERMISOS DE TRABAJO Y ANÁLISIS DE RIESGOS EN LAS TAREAS 1. OBJETIVO Petroperú Operaciones Conchán en línea con los compromisos de Prevención, Cumplimiento legal y Mejora Continua establecidos en su Política Integrada de Gestión de la Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo, tiene por objetivo prevenir daños a la salud del trabajador e impactos ambientales que pudieran generarse durante la ejecución de trabajos en las instalaciones, estableciendo para ello estándares de seguridad para la emisión de los permisos de trabajo que garanticen la seguridad integral del trabajador, las instalaciones y el ambiente. 2. ALCANCE Aplica obligatoriamente a toda actividad de construcción, mantenimiento, reparación, Inspección entre otros que sean ejecutados por personal de Petroperú S.A. - Operaciones Conchán o Compañías Contratistas dentro de las instalaciones de la Empresa. 3. DEFINICIONES 3.1 Permiso de Trabajo.- Documento escrito que autoriza la ejecución de actividades, de inspección, mantenimiento, reparación, instalación o construcción, entre otros bajo ciertas condiciones de seguridad, en un periodo definido y sin el cual no puede ejecutarse ninguna actividad. 3.2 Espacio Confinado.- Ambiente de trabajo con aberturas limitadas de entrada, salida y ventilación natural desfavorable, que no está diseñado para una ocupación continua por parte del trabajador, dentro del cual pueden encontrarse riesgos atmosféricos, físicos, químicos y una potencial atmósfera peligrosa. 3.3 Fosa.- Hoyo que se hace en la tierra para realizar diversos trabajos. 3.4 Permiso de Ingreso a Espacio Confinado.- Documento escrito mediante el cual, el responsable autoriza el ingreso a un espacio confinado para las actividades de inspección visual. En ningún caso para realizar trabajos en el interior del recinto. 3.5 Trabajo en Caliente.- Todo trabajo que genera calor, fuego o chispas. 3.6 Trabajo en Frio.- Todo trabajo donde el uso de herramientas y equipos no produzcan calor, fuego o chispas. 3.7 Trabajo eléctrico.- Todo trabajo que se realice en equipos o sistemas eléctricos.
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3.8 Trabajo en Altura.- Todo trabajo que requiera ejecutar maniobras en altura a partir de 1.80 m. ó 1.50 m. bajo el nivel del suelo. 3.9 Trabajo de Gammagrafía.- Técnica de radiografía industrial en la que se utiliza los rayos gamma de una fuente radiactiva. 3.10 Zanja.- Excavación larga y estrecha que se hace en la tierra. 3.11 Límite Inferior de Inflamabilidad (Lower Flammable Limit – LFL): Concentración mínima de vapor o gas de Hidrocarburo en mezcla con el aire, por debajo del cual no existe propagación de la llama al entrar con una fuente de ignición. 3.12 Limite Superior de Inflamabilidad (Upper Flammable Limit – UFL): Concentración máxima de vapor o gas de hidrocarburo en mezcla con el aire, por encima de la cual no tiene lugar la propagación de la llama, al entrar en o con una fuente de ignición. 3.13 Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos.- Documento que describe el conjunto de acciones y procedimientos para la identificación de los peligros y riesgos asociados, recomendando medidas de prevención para evitar accidentes y/o reducir los efectos de desastres. 3.14 Responsable del Área o Equipo (Supervisor o empleado).- Trabajador designado por la empresa, responsable de emitir los Permisos de Trabajo, quien se encuentra debidamente entrenado y calificado. 3.15 Supervisor de o/Responsable del Trabajo.- Trabajador debidamente entrenado y calificado quién representa a PETROPERU y tiene relación con la Cía. Contratista quien efectúa el trabajo de inspección, mantenimiento o limpieza de equipos, maquinarias, unidades de proceso y tanques de almacenamiento y otros. 3.16 Supervisor de Fin de Semana: Es la persona que representa a Petróleos del Perú PETROPERU S.A. - Operaciones Conchán los fines de semana, encargado de realizar las funciones de supervisión, verificación y control de la ejecución de los procedimientos de trabajo establecidos. 3.17 Responsable de la Compañía Contratista (Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado).- Ingeniero colegiado y habilitado, debidamente entrenado y calificado, responsable de la ejecución del trabajo y de controlar los riesgos asociados con el trabajo a realizar, así mismo se encuentra debidamente entrenado y calificado en materia de seguridad. 4. DOCUMENTOS A CONSULTAR. •
Ley 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo.
•
D.S. N° 005-2012-TR, Reglamento de Seguridad y Sal ud en el Trabajo.
•
D.S. N° 043-2007-EM, Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos.
•
D.S. N° 051-1993-EM, Reglamento de Normas para la Refinación y Procesamiento de Hidrocarburos.
•
D.S. N° 015-2006-EM, Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos.
•
D.S. N° 052-1993-EM, Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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•
D.S. N° 009-1997-EM, Reglamento de Seguridad Radio lógica.
•
D.S. N° 081-2007-EM, Reglamento de Seguridad de Tr ansporte de Hidrocarburo.
•
D.S. N° 015-2005-SA, Reglamento sobre Valores Lími tes Máximos Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo.
•
Manual Básico de Seguridad y Salud en el Trabajo 2008.
•
Reglamento Interno de Seguridad Industrial.
•
Manual M-040 Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas.
5. RESPONSABILIDADES 5.1 Todo el personal de Petroperú Operaciones Conchán S.A. y Contratistas son responsables de: • Conocer y cumplir lo establecido en el presente manual, con la finalidad de prevenir daños a la salud del trabajador y a las instalaciones. • Comunicar al supervisor responsable del área o del trabajo o personal de seguridad cualquier incumplimiento o condición de riesgo que amerite la suspensión inmediata del trabajo. • Participar activamente de los cursos y charlas programados en temas de seguridad y protección ambiental. 5.2 Los Jefes de Departamento, son los responsables de autorizar al personal de Petroperú y Contratistas de la firma de Permisos de Trabajo. 5.3 Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado (Cía. Contratista) es el encargado de la ejecución del Trabajo, además de: • Cumplir con las condiciones de Seguridad y Protección Ambiental en las áreas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en el Manual M-040: Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas, así como de todos los dispositivos legales vigentes que norma la seguridad del trabajo. • Es responsable de los permisos que emite y firma, para lo cual se compromete con lo declarado en los formatos respectivos para el otorgamiento y autorización de inicio del trabajo. 5.4 Supervisor de o/Responsable del Trabajo/Responsable del Área-Equipo y el Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado, deben conocer y hacer cumplir éste procedimiento, así mismo debe asegurarse que el personal tenga las competencias para realizar el trabajo. Es responsable de los permisos que emite y firma, para lo cual se compromete con lo declarado en los formatos respectivos para el otorgamiento y autorización de inicio del trabajo. 5.5 El Personal Responsable del Área-Equipo, es el responsable de entregar en condiciones seguras el área de trabajo o equipo, de acuerdo a lo establecido en el Permiso de Trabajo. 5.6 Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental: • Capacitar y evaluar en el curso “Permisos de trabajo”, al personal designado para la firma de los permisos de trabajo. • Durante sus labores de inspección inopinadas, verifica el cumplimiento de las normas de ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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seguridad y suspende los permisos de trabajo que incumplan con las normas de seguridad.
6. PROCEDIMIENTO PARA EMISIÓN DE PERMISO DE TRABAJO.6.1. Previo a la Emisión de Permisos de Trabajo. a. El permiso debe emitirse de acuerdo a los formatos establecidos en los anexos N° F, G, H, I y J para lo cual cada dependencia debe gestionar la adquisición ante la Unidad de Logística de los talonarios respectivos. b. En el Permiso de Trabajo se debe especificar, en forma clara, la tarea a realizar. El Permiso es restrictivo, no se debe incluir otras labores o actividades que no tengan relación con el equipo o infraestructura a intervenir, así mismo no se debe incluir los trabajos que requieren un Permiso de Trabajo específico (Ver: Ingreso a Espacio Confinado), entre otros. c. El Personal Responsable del Área- Equipo, del Trabajo/Supervisor de o1 y de la Compañía Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben: • Contar con autorización para la firma de trabajo. • Coordinar con antelación los trabajos de mantenimiento, inspección, reparación, modificación, etc., con la finalidad de preparar las condiciones de seguridad. d. El Personal Responsable del Equipo - Área, debe: • Verificar las condiciones de seguridad del área - equipo, estado y operatividad de las maquinarias, herramientas, equipos, etc., que serán utilizados, a fin de planificar la aplicación de medidas de Control de los Peligros y Riesgos (instalación de platos ciegos, aislamiento, purgado, entre otros). • Verificar la operatividad y la vigencia del certificado de calibración de los explosímetros u otros equipos similares para la efectiva medición y prueba de gases. e. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado debe: •
Elaborar y aprobar el IPERS, y sus medidas de Control (Análisis de Trabajo Seguro, ATS etc.), herramienta de evaluación de riesgos de su labor (Ver Anexo K). Solicitar el V°B° del Supervisor de o del IPERS desarroll ado.
• Capacitar al personal que realizará el trabajo sobre los peligros, riesgos y medidas de control de las labores que ejecutarán. • Asegurarse que los equipos a utilizar se encuentren en buen estado mecánico y con certificaciones vigentes.
1
El “Superv isor de Fin de Semana” asume las responsabilidades del Superv isor de o durante los días sábados, domingos y f eriados según rol de guardia establecido. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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f. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado y su personal deben revisar previamente las condiciones de seguridad establecidas en el Manual M-040: “Manual de Normas Básicas de Seguridad y Salud Ocupacional para Contratistas”. 6.2. Información General de los Permisos de Trabajo. • Los permisos de trabajo serán emitidos en original y dos copias, de acuerdo a la siguiente distribución: a) ORIGINAL
: Responsable del área.
b) COPIA CELESTE : Deberá remitirse a la Unidad de Seguridad de inmediato. c) CARTULINA: Responsable del trabajo, deberá colocarlo en un lugar visible durante la ejecución del trabajo, conjuntamente con el Registro de Análisis Trabajo Seguro y sus medidas de control. • Al terminar el trabajo y luego de haber verificado las condiciones del área se debe cerrar el Permiso de Trabajo, siendo firmado por las partes. • El formulario debe llenarse con lapicero (negro o azul), no se permiten lápices al carbón, debiendo registrar todos los datos solicitados: fecha, horario, lugar, área o unidad, trabajos a realizar, no se permiten correcciones una vez emitido el permiso de trabajo. • El Personal Responsable del Equipo - Área, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y Supervisor de la Compañía Contratista (Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado) deben coordinar y analizar el tipo de Permiso de Trabajo a gestionar: a) Permiso de Trabajo en Frío - Caliente. b) Permiso de Ingreso a Espacio Confinado. c) Permiso de Trabajo Eléctrico. d) Permiso de Trabajo de Gammagrafía. e) Permiso de Trabajo en Altura • El Personal Responsable del Área –Equipo: a) En coordinación con el Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Compañía Contratista, emite el Permiso de trabajo anotando la fecha, hora de Inicio y término del periodo del trabajo. b) Verifica las condiciones de los Peligros y Riesgos inherentes del trabajo a fin de adoptar las medidas de control y las condiciones de seguridad del área de trabajo y los EPP a usar. c) Entrega el área de trabajo en condiciones seguras. • El Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Compañía Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben detallar el trabajo a ejecutar en el área o equipo a intervenir. 6.3. Verificación del área de trabajo y/o equipo antes de emitir Permiso de Trabajo Luego de completar la Información general, el Personal Responsable del Área-Equipo, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y Supervisor de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) debe verificar, de manera obligatoria, que ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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se cumplen con todas las condiciones de seguridad dependiendo del tipo de trabajo a realizar, para ello debe considerar, pero no se limita, a lo siguiente: a. ¿Requiere procedimiento operativo y autorizado para realizar el trabajo?, Si el trabajo requiere, por el riesgo que involucra, de un procedimiento escrito que establezca labores de trabajo por etapas, donde se determine los peligros y riesgos, así como las medidas de control de estos y de los EPP para ejecutar el trabajo. b. ¿Se encuentra aislado de otros equipos?, Se debe verificar de manera obligatoria, que todo equipo / tubería o instalación se encuentre debidamente aislado, que cuente con brida o plato ciego, o en su defecto con tuberías desconectadas (de ser necesario), y además éstas deberán estar libre de residuos inflamables o combustible. c. ¿Válvulas cerradas y con avisos colocados?, es obligatorio colocar avisos o letreros indicativos, a las válvulas que se hayan cerrado para ejecutar el trabajo. d. ¿Buzones y drenajes aislados y/o sellados?, verifique que los drenajes, buzones o sumideros que se encuentren en áreas cercanas del trabajo estén sellados; el área de seguridad en las zonas de trabajo será la que el Personal Responsable del Equipo - Área en coordinación con el Responsable del Trabajo/Supervisor de o y el Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado establezcan según condiciones de trabajo. Esta es una condición obligatoria para trabajos en caliente. e. Avisos indicativos de peligro de acuerdo al trabajo, deben ser de acuerdo a la actividad laboral que se realizará, donde se informe a todo el personal que transite por el área, sobre los riesgos o peligrosos existentes o en su defecto sobre las restricciones y prohibiciones. f. Circuitos eléctricos, desconectados, inmovilizados y con avisos, deben coordinar con el responsable de mantenimiento para bloquear (candados) el tablero eléctrico, así mismo deberán colocarse tarjetas de “NO OPERAR ESTE MANDO”, en la botonera o tablero según corresponda en el área de trabajo. g. Extintor y/o equipo contraincendios adecuado y listo para usar, el contratista o personal propio debe disponer de un extintor de Polvo Químico Seco ABC, de 30 libras (12 kilos aprox.). h. Requiere medidas de protección ambiental para el área y/o equipo a intervenir, al marcar algunos de los aspectos significativos relacionados al trabajo, se debe exigir al contratista que cumpla con las medidas de control operacional necesarias para la prevención de impactos ambientales. i.
Equipo de Protección Personal adecuado para el trabajo a realizar y en buen estado de uso, Verifique y certifique que los equipos de protección personal estén acorde con la actividad a realizar y que estos se encuentren en buen estado, de existir alguna duda solicitar apoyo a la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental.
j.
Herramientas, equipos y rios a usar, deberán encontrarse en buen estado de uso, Todas las herramientas, rios, equipos y demás implementos que se usaran durante el trabajo deberá estar en buenas condiciones.
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k. Rutas de evacuación establecidas y debidamente señalizadas, se deberá establecer que la ruta de evacuación se encuentre libre de obstáculos y de pleno conocimiento del personal. l.
Prueba de Explosividad, Esta prueba es OBLIGATORIA para todo trabajo en caliente debiendo realizarlo el Personal Responsable del Área, su lectura deberá ser 0%.
m. Otras Pruebas, En caso sea necesario, de acuerdo con el análisis de riesgo del trabajo, se deberá anotar los % (porcentajes) del contenido de Oxígeno, Ácido Sulfhídrico, Monóxido de carbono, Compuesto Orgánicos Volátiles, entre otros existentes en el área y que figura en el formato de Permiso de Trabajo. Estas pruebas se realizan obligatoriamente para el Permiso de Ingreso a Espacio confinado. En caso que los resultados se encuentren fuera de los rangos aceptables, establecidos en el formato del Permiso de Trabajo, no deberá autorizarse el ingreso al Espacio Confinado. n. Trabajo con Fuentes Radioactivas, La distancia requerida para aislar lo determinará el Supervisor de Inspección conjuntamente con el radiólogo (de empresa contratista) autorizado y certificado por el Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, mediante la tabla de decaimiento de la fuente radioactiva, debiendo comunicar a la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental, así como a las unidades que se encuentren próximas al área de trabajo y de influencia directa. o. Instrucciones Específicas, El responsable del área podrá anotar una exigencia, obligación o condición adicional, para la realización del trabajo de forma segura. p. Verifique que los equipos de medición tales como explosímetros y multigases se encuentren operativos y con la carga completa de sus baterías. Efectuar las pruebas correspondientes de explosividad para Permiso Trabajo en caliente y de gases para Permiso de ingreso a espacios confinados. Estas acciones se realizarán antes de iniciar el llenado del formato. q. Informe a los trabajadores de su área o de otras áreas de ser necesario sobre los trabajos a realizar, sobre todo cuando exista trabajos con soldadura, esmerilados y oxiacetilénicos. r. La copia en cartulina debe estar visible y disponible en el área donde se efectúa el trabajo, sin que represente una condición de riesgo para el personal. s. Los autorizantes del Permiso de Trabajo, personal responsable del Área -Equipo, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado), deben solicitar la asesoría de otras dependencias para realizar una evaluación especializada de un área o equipo que según su condición, amerite un análisis de riesgo especializado previo a la ejecución. 6.4 Trabajos en Altura (Mayor a 1.8 m o 1.5 m bajo el nivel del suelo).Responsable del Trabajo/Supervisor de o e Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado deben verificar los equipos y estructuras para trabajos en altura de acuerdo a las siguientes condiciones de seguridad: •
Los andamios deben tener una base y estructura sólida (en ningún caso se debe permitir la colocación de objetos inestables sobre las patas del andamio), las
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plataformas deben encontrase en buen estado, bien sujetas y cubrir toda el área del andamio. Así mismo deben contar con rodapiés. •
El personal debe usar portaherramientas, tener cuidado con las instalaciones eléctricas en caso de uso de escaleras metálicas,
•
Los balsos deben contar con marco de 50 cm. de altura para evitar la caída de herramientas, las líneas deben tener una resistencia a la ruptura de doscientas lbs. y deben ser listadas por UL u otra entidad similar aceptada por INDECOPI, el área debajo del balso estará aislada y con avisos de seguridad para evitar que personas circulen por debajo de éste.
•
El área de trabajo deberá ser aislada y señalizada con conos y mallas de seguridad.
•
Se tendrá especial cuidado de no chocar con cables eléctricos, presentes en el área. Las personas que sufran de vértigo o hipertensión, o tengan indisposiciones transitorias que a juicio del responsable del trabajo represente una situación de riesgo, no deben ser programadas para efectuar los trabajos.
•
•
En los lugares de trabajo en altura (por ejemplo: superficies de trabajo en andamios) se debe mantener la mínima cantidad de elementos posible, para evitar caídas de los mismos o tropiezos.
•
Los implementos de seguridad son Arnés de cuerpo entero con anillo “D”, línea de anclaje con absorbedor de impacto, línea de vida con resistencia de 5000 lbs., punto y conector de anclaje, listado por UL u otra entidad similar aceptada por INDECOPI. El punto de anclaje debe estar sobre el nivel de los hombros a fin de que la distancia de la caída libre no sea mayor a la longitud de la línea de anclaje.
•
Para el uso de grúas y elementos de izaje el supervisor responsable del trabajo debe verificar: ∗ ∗ ∗ ∗ ∗ ∗
Estado mecánico de la grúa. Personal operador calificado con las licencias respectivas de manejo de grúas. Sistema de comunicación (radio, etc.). Definir capacidad máxima de izaje de la grúa. Aislamiento del área de maniobras. Condiciones climáticas: evitar maniobras si hay vientos de más de 15 MPH o lluvias.
•
Las herramientas eléctricas portátiles, deben ser a prueba de explosión (Seguridad Intrínsecamente Segura Clase I, División I, Grupo A, B, C).
•
En trabajos en altura donde se requiere movimiento continuo durante la zona de trabajo y donde no existe la facilidad de punto de anclaje sobre el nivel de los hombros (subir escaleras fijas o trabajos externos a tanques) se debe utilizar dispositivos anti caídas de última tecnología, como los deslizante sobre línea de anclaje rígida, con el fin de prevenir algún accidente de caídas de altura.
t. Para casos de Trabajos de Excavación.Responsable del Trabajo/Supervisor de o e Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado deben verificar los equipos y estructuras para trabajos de excavación de las siguientes condiciones de seguridad: o Verificar si existen tuberías de gas, petróleo o de otros productos, cables eléctricos, cables de fibra óptica, de instrumentación, telefónicos, para ello es necesario ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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coordinar con las áreas de Electricidad, Instrumentación, Informática Telecomunicaciones con la finalidad de contar con la información más adecuada.
y
o En una zanja de 1.20 m. a más, las escaleras, rampas, escalones u otros medios de no deberán estar a más de 7 metros de distancia. o Instalar letreros de advertencia, barreras, conos de protección, tapas para prevenir la entrada no autorizada a una zanja o excavación. o Todas las zanjas, pozos, excavaciones, hoyos que se encuentren alejadas del área de trabajo se señalizarán, taparán o pondrán barreras con elementos reflectivos para ser visualizados en la noche. o Para evitar riesgos de derrumbes o deslizamientos en las excavaciones y zanjas, se deberá usar el sistema de entibado para la seguridad de los trabajadores y estabilidad de las zanjas. o En el lugar de las excavaciones se deberá contar con un equipo de rescate y contarán con Arneses, líneas de seguridad, camillas, botiquín, equipos de respiración, trípode con poleas para rescate, palas, picos, radios de comunicación, etc. o En todos los casos se debe usar membranas impermeables instaladas sobre el suelo, las mismas deben estar cubiertas en los bordes, con material proveniente del terreno de la locación, a fin de evitar la contaminación del mismo, ante eventuales derrames y para depositar temporalmente la tierra de excavación. 6.4. Comprobaciones para los Permisos de Trabajo en Caliente a. Es aquel durante el cual se libera una cantidad de calor o energía que pueda incrementar suficientemente la temperatura para causar la ignición de un líquido o gas inflamable. Que se ejecute en área donde sea factible la presencia de gases combustibles o sean clasificados como áreas de riesgo. Se consideran Permisos de Trabajo en caliente, pero sin limitarse a, lo siguiente: o o o o o o o o o o o o o o o o
Trabajos con material inflamable. Uso de llamas o brasas abiertas. Equipos con motor de combustión interna. Equipos que generen o utilicen cualquier forma de energía calorífica. Cautiles eléctricos, estufas, calentadores. Herramientas neumáticas o eléctricas no clasificadas a prueba de explosión. Soldadura o corte (autógeno o eléctrico). Esmerilado o trabajos con herramientas que produzcan chispas. Limpieza con abrasivos a presión (Ej.: sand blast); picado de metales de concreto o de piedra. Todo trabajo que se realice en instalaciones eléctricas, así estén desenergizadas. Trabajos de picado de materiales, abertura de zanjas o excavación. Trabajos de demolición. Limpieza con arena a presión, limpieza interna y/o reparación de tanques de almacenamiento de combustibles, de cualquier tamaño o capacidad. Todo trabajo con fuentes radioactivas. Uso de cámaras fotográficas o vídeo cámaras. Todo trabajo que de acuerdo a criterio del Responsable del Trabajo/Supervisor de o y al análisis de riesgo, requieran la emisión de un permiso de trabajo en caliente.
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b. La prueba de explosividad debe realizarse antes de iniciar el trabajo, en el formato se debe especificar el resultado, frecuencia, hora, nombre y firma del personal supervisor u operador dueño del área y encargado de efectuar la medición. Esta medición debe marca “CERO” de otra manera no debe iniciarse ningún trabajo. La frecuencia de esta prueba debe realizarse en los siguientes casos, pero sin limitarse a: Antes del inicio del trabajo. Cuando las condiciones iniciales bajo las cuales se firmó el permiso cambien. Cuando se han detectado fugas, derrames u otro incidente. Cuando se han paralizado los trabajos por incumplimientos, emergencias u otros. De acuerdo al criterio de Personal responsable del área, del trabajo y de la compañía contratista. o De acuerdo a lo indicado en la evaluación de riesgos del trabajo a desarrollar.
o o o o o
c. Otras medidas que aportan a la seguridad en situaciones previas a la ejecución de los trabajos en caliente son: evitar derrames o reprogramar purgas/muestreo de productos inflamables próximos a la zona de trabajo, eliminar todo tipo de material combustible, pérdidas de gas por aberturas que debieron cerrarse oportunamente, venteos inadecuados o desgasificaciones incorrectas con aportes peligrosos de gas. d. El área de seguridad en zonas de trabajo será 10 metros de radio. e. Se debe prever la protección contra incendios mediante la distribución estratégica de extinguidores portátiles, hidrantes, cisternas, línea de agua, vapor, accesibles a cualquier persona, mantas ignífugas protectoras y personal disponible de apoyo, as mismo la protección personal adecuada al tipo de tarea de cada operario (ropa antiflama). f. Para realizar un trabajo en caliente, es obligatorio mantener en el sitio de trabajo por lo menos un extintor de incendios de treinta (30) libras, cuyo agente extintor sea de múltiple propósito A, B, C, y cuenten con certificación UL (Underwriters Laboratory, Inc.) o FM (Factory Mutual Engineering Corp.), tanto para el polvo químico como para el equipo, para ser usados en incendios menores. Así mismo el personal del Contratista debe estar capacitado en el uso correcto de éstos equipos. g. En el área se priorizará el orden y limpieza para las cámaras, rejillas, bocas de inspección, drenajes industriales y canaletas pluviales, todas deben estar tapadas adecuadamente para evitar escapes de gases o entradas de chispas. Las mediciones de mezcla explosiva se realizarán aún en líneas/equipos que operen con agua de refrigeración, debido a la posibilidad cierta de ingreso de hidrocarburo al sistema de enfriamiento. En todo caso, se colocarán pantallas de protección para evitar que las chispas se prolonguen más allá de la zona de trabajo. 6.5. Comprobaciones para los Permisos de Ingreso a Espacio Confinado a. Es todo lugar o sitio construido de tal forma que un trabajador (es) puede introducirse y
efectuar un trabajo asignado, con poca ventilación natural. Tiene entrada y salida limitadas o restringidas. La construcción no está diseñada para ser habitable. Son considerados espacios confinados, pero sin limitarse a, los siguientes: • • • •
Tanques de almacenamiento. Separadores API. Calderas. Hornos.
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Tuberías. Cisternas de camiones. Fosas. Zanjas. Pozos. Torres.
b. Este permiso es sólo para ingreso y trabajos de inspección, para otro tipo de trabajos
de mantenimiento debe emitirse el permiso respectivo en caliente u otro. c. Está terminantemente prohibido laborar en áreas donde existe:
o Concentración de oxigeno menores del 19,5 % respiratoria asistida o circuito cerrado.
sin el equipo de protección
o Cuando la concentración de oxígeno excede un valor del 22% por volumen. o Presencia por encima de los límites permisibles de gases tóxicos como: ácido sulfhídrico (H2S), el monóxido de carbono (CO), Oxigeno (O2), Compuestos Orgánicos Volátiles (COV) y Límite Inferior de Explosividad (LEL), entre otros. d. Los espacios confinados pueden ser de diferente formas y tamaños por lo que antes de
la “solicitud del permiso de ingreso a espacio confinado” deben calcular los volúmenes de ventilación, instalando sistemas mecánicos de ventilación (forzada u otras formas), a fin de mantener mayor de 19.5% de oxígeno a fin de mantener el ambiente de trabajo en condiciones seguras. La responsabilidad del cálculo y necesidad de equipamiento de ventilación es de la Empresa Contratista. e. Cuando se emita un Permiso de Trabajo para Ingreso a Espacios Confinados, deberá
efectuarse el monitoreo con equipo multigas (como mínimo cada hora u otra que el responsable del trabajo considere necesaria) para la verificación del contenido de oxígeno y/o presencia de gases tóxicos, el cual debe estar con calibración vigente. La persona que ingrese, deberá estar equipada con el correspondiente Equipo de Protección Personal (equipo de protección respiratoria auto contenida). Las resultados de las mediciones realizadas deben cumplir con los estándares de referencia para agentes químicos en áreas de trabajo, de otra manera no se debe iniciar ningún trabajo. f. En el formato de permiso de trabajo debe anotarse claramente el resultado, hora,
nombre y firma del personal operador o supervisor del área encargado de realizar la prueba, la frecuencia debe determinarse considerando, pero sin limitarse a, lo siguiente: Antes del inicio del trabajo. Cuando las condiciones iniciales bajo las cuales se firmó el permiso cambien. Cuando se han detectado fugas, derrames u otro incidente. Cuando se detecte personal con síntomas de fatiga, cansancio, mareos, entre otros. Cuando se han paralizado los trabajos por incumplimientos, emergencias u otros. De acuerdo al criterio de supervisor responsable del área, del trabajo y de la compañía contratista, incluyendo los cambio de turno. o De acuerdo a lo indicado en la evaluación de riesgos del trabajo a desarrollar.
o o o o o o
g. Todo personal que ingrese a un espacio confinado siempre deberá estar protegido por
un VIGIA quién contará con un plan de emergencia y medios de comunicación para avisar y solicitar apoyo en caso de un incidente. h. En la medida de lo posible, mantener una ventilación y los s libres de obstáculos.
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i. Todas las tuberías conectadas al espacio confinado, deben estar completamente
aislados con platos ciegos. Las válvulas no deben ser considerada como un medio adecuado de aislamiento. j. Las herramientas eléctricas portátiles, deben ser a prueba de explosión (Seguridad
Intrínsecamente Segura Clase I, División I, Grupo A, B, C). k. Las extensiones eléctricas de los equipos de iluminación (u otros) deben ser de bajo
voltaje, estar equipadas con resguardo para evitar rotura del bombillo por impacto. Los cordones de las extensiones eléctricas deberán ser flexibles y resistentes, a prueba de explosiones del tipo de acople macho-hembra. Las conexiones y el aislamiento deberán estar en buenas condiciones, preferiblemente con puesta a tierra. l. Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente
o Profesional o Técnico calificado), debe registrar a todo el personal que ingrese a un espacio confinado, consignando su nombre y firma en el formato de Permiso de trabajo, para lo cual previamente debe haber verificado la condición física, capacitación, procedimientos y equipos de protección personal de los trabajadores. m. El número de personas que puede laborar dentro de un espacio confinado, debe
mantenerse al mínimo, dependiendo del área disponible y el tipo de trabajo, pero preferentemente, como medida preventiva, deben estar por lo menos dos personas ejecutando el trabajo y deberán estar provistos con arneses, línea de vida y equipos de protección respiratoria. n. El Personal Responsable del área, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y
de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben tomar en cuenta que los permisos de entrada a espacios confinados tendrán la validez para la duración del trabajo o por una jornada de trabajo (8 horas). Si una persona debe trabajar horas adicionales, será necesario que el responsable extienda un nuevo permiso para que todos sepan que el trabajador todavía se encuentra en el lugar confinado, después de haber terminado su turno. o. En caso de cambio de turno, el supervisor responsable del área “saliente” debe
coordinar con el “entrante” a fin de tomar conocimiento de los trabajos y personal laborando. De ser necesario realizará nuevamente la prueba de gases. 6.6. Comprobaciones para los Permisos de Trabajo Eléctricos •
Permiso que se emite para trabajos que se realizan con cables, circuitos, tableros o equipamiento eléctrico o en sus proximidades, involucra también las áreas desenergizadas parcial o totalmente.
•
Antes de empezar el trabajo en un sistema que contenga energía peligrosa, se realizará una inspección del sistema, la que se ejecutará de manera conjunta con: a. Personal electricista de OPC. b. Personal Responsable del área-Equipo y en caso de trabajos realizados por Contratistas deben estar presentes también: c. El Supervisor de o. d. El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado de la Empresa Contratista.
•
Se debe realizar corte efectivo de todas las fuentes de tensión y verificar su ausencia. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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•
Los equipos deben estar puestos a tierra (fuera del área de circulación de personas), desernergizados, aislados y los interruptores en posición de apagado. Todos deben estar en buen estado.
•
Todos los sistemas y/o equipos con el potencial de contener y/o transmitir energía peligrosa deberán ser desenergizados y asegurados, colocando candados y etiquetas con la descripción: “Peligro, No Opere este Mando”.
•
Todo el personal que realizará los trabajos deben estar capacitados, para aquellas tareas de alto riesgo eléctrico, es recomendable que al menos dos operadores trabajen juntos. Es de única competencia del área especializada de mantenimiento la ejecución de este tipo de trabajos.
•
Las conexiones de extensiones eléctricas deben ser a prueba de explosión, del tipo acople macho-hembra.
•
El Personal Responsable del área-equipo, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) coordinarán la disponibilidad de los equipos de protección personal para los trabajos eléctricos como: casco, guantes y zapatos dieléctricos, ropa antiflama, plataformas aislantes, herramientas aislantes, letreros de señalización, dispositivos de bloqueo (Lockout) y tarjetas de bloqueo (Tagout).
•
Ningún dispositivo, válvula, interruptor, o pieza de equipo deberá ser operado estando con una etiqueta de peligro y/o bloqueo interpuesto, cualquiera que fuesen las circunstancias.
•
La persona que colocó la etiqueta en el punto de aislamiento es la única persona que puede retirar una Etiqueta de “Peligro no Opere este Mando”.
•
El Formato de Retiro del Bloqueo deberá ser llenado y será retenido en los archivos del Responsable del Trabajo/Supervisor de o y será copiado y distribuido al Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado y al área de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Operaciones Conchán.
•
Si la maquinaria/equipo aún estuviese en una condición peligrosa al terminar un turno o cuando la persona estuviese dejando el lugar y/o equipo con el trabajo aún inconcluso, entonces se deberá colocar una etiqueta que indique "Equipo o Unidad Fuera de Servicio" al equipo e informar al Supervisor inmediato y al responsable del área que el trabajo no está terminado.
•
La Unidad Inspección es responsable de revisar periódicamente todas las conexiones a tierra que existan en Operaciones Conchán y emitir las recomendaciones oportunas para un efectivo mantenimiento y prevención de riesgos eléctricos.
•
El Personal Responsable del Área-Equipo, trabajo y Compañía Contratista, de manera preventiva deben considerar lo siguiente: a. Cortar todas las fuentes en tensión. b. Bloquear los aparatos de corte. c. Verificar la ausencia de tensión. d. Poner a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de tensión. e. Delimitar y señalizar la zona de trabajo. ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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f. Instalar letreros de aviso de bloqueo, aislamiento y prohibición de operación de equipos. 6.7. Comprobaciones para los Permisos de Trabajo de Gammagrafía •
Antes de realizar los trabajos de gammagrafía, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben contar con la autorización previa de ingreso de personal y equipos de Gammagrafía la cual será efectuada por personal de Unidad Inspección.
•
El Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben verificar: Qué el personal operador radiológico cuenta con licencia por parte de la autoridad competente IPEN (Instituto Peruano de Energía Nuclear). Qué la sección de Información de la fuente cuente con los siguientes datos: a. Verificar el tipo de la fuente radioactiva. b. Verificar la capacidad de la fuente. c. Verificar el Nº de Serie de la fuente.
• En el área donde se utilicen las fuentes de radiación, debe estar delimitada por medios apropiados (cadenas, cuerdas, pared o equivalente) y señalizadas en los puntos de de acuerdo al Anexo III del Reglamento de Seguridad Radiológica D.S 009-97-EM. • El instrumental de control a utilizar: (dosímetro óptico, dosímetro film, Geiger, etc.) deben contar con indicación visual y/o acústica para indicar cuando se exceden los niveles de radiaciones prefijadas. • El Responsable del Trabajo/Supervisor de o y el Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado debe verificar que se cuente con un Procedimiento de emergencia ante la ocurrencia de incidentes con la fuente. • Restringir, aislar y señalizar las distancias mínimas de seguridad con carteles, vallas, con la leyenda “PELIGRO RADIOACTIVIDAD”). • En ningún momento se permitirá que ningún trabajador sea expuesto a radiaciones ionizantes que sobrepasen el límite anual de dosis efectiva, para lo cual el supervisor de la Compañía Contratista verificará que no exista personal no autorizado en el área de trabajo y que el personal operador de los equipos de gammagrafía cuenten con la ropa protectora correspondiente. • El Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado verificará la existencia de la demarcación perimetral y medirá los niveles de tasas de dosis de radiación en el sector durante la ejecución de la toma radiográfica, para garantizar la protección al personal de los riesgos por exposición a radiaciones ionizantes. • Se debe contar con un Procedimiento para la habilitación del área luego del ensayo. • Terminado el trabajo la compañía de gammagrafía industrial, deberá retirarse con la fuente radioactiva, previa coordinación con el Supervisor de o y de Personal de la Seguridad Industrial y Protección Ambiental (Petroperú). 7. VALIDEZ DE LOS PERMISOS DE TRABAJO ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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• El permiso de trabajo es válido solo para el día, horario, lugar, equipo y trabajo indicado establecido por el Personal Responsable del área/Equipo. • El permiso tendrá una duración para la jornada de trabajo del personal que la ejecuta, la cual puede ser de hasta 12 horas como máximo. • El permiso de trabajo tiene validez en caso de cambio de turno, siempre que las horas indicadas estén en el periodo señalado en el permiso, para lo cual el Personal Responsable del Área “saliente” debe comunicar al “entrante” los eventos o trabajos que se vienen desarrollando, detallando la ubicación y controles de seguridad aplicados, asumiendo el “entrante” la responsabilidad del permiso. De ser necesario se emitirá un nuevo permiso de trabajo. • Entre el Personal Responsable del área y el Responsable del Trabajo/Supervisor de o deben verificar que todo trabajo de mantenimiento/obra, que necesite realizarse después de las 17:36 horas deben contar con las autorizaciones respectivas y con supervisión. • El trabajo queda suspendido cuando: • En caso que el Responsable del Trabajo/Supervisor de o o Contratista se retire fuera de las instalaciones, el Permiso de Trabajo será revalidado por las “personas autorizantes del permiso”, previa verificación de las condiciones de seguridad, cuando la supervisión retorne al lugar de trabajo. • El trabajo ha tenido interrupción por un tiempo mayor a 45 minutos, siendo el Permiso de Trabajo revalidado por las “personas autorizantes del permiso”, previa verificación de las condiciones de seguridad. • Las condiciones bajo el cual fue autorizado cambian, para reiniciar la tarea, se deberá confeccionar un nuevo permiso de trabajo luego de evaluar / corregir las condiciones anormales. o En las situaciones particulares no contempladas en el presente manual, el Personal Responsable del Área-Equipo, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) deben adoptar las medidas de Control para asegurar un trabajo seguro. 8. CIERRE DEL PERMISO DE TRABAJO o Terminado el trabajo, el Responsable del Trabajo/Sup. de o y de la Cía. Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado) notificará al Responsable del área la finalización de las tareas, de estar el área conforme, se procederá a firmar el permiso respectivo y entrega. o El Personal Responsable del Área verificará: a) La vigencia del periodo del permiso de trabajo no haya sido superada, b) El área de trabajo deberá quedar libre de materiales ajenos a la instalación o equipo intervenido, c) Una disposición adecuada de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados durante el trabajo.
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Una vez revisado lo anterior, el responsable del área comprobará su realización y dará conformidad para la recepción del trabajo, así mismo debe retirar los dispositivos de bloqueo, tarjetas de bloqueo, y señalizaciones utilizadas para la ejecución del trabajo, entre otros. El Responsable del Trabajo/Supervisor de o del Área y el Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado, firmarán el cierre del Permiso en el mismo lugar de Trabajo una vez terminado el periodo considerado en el permiso o cuando el trabajo haya terminado.
9. SUSPENSIÓN DE PERMISOS DE TRABAJO En Petroperú Operaciones Conchán la prevención de daños a la salud del trabajador en todas sus actividades es una prioridad, fomentando la actitud proactiva de todo el personal propio, contratista y visitante, así como una cultura de Seguridad, siendo esta responsabilidad de todos, por lo cual basados en los principios de Prevención de incidentes, daños a la salud e impactos ambientales, se establece una Política de Suspensión de Permisos de Trabajo con los siguientes lineamientos: Todas las personas tienen el derecho y la obligación de interrumpir un trabajo que represente un riesgo significativo y pueda generar un impacto ambiental significativo. Cualquier persona que observe un acto o una condición subestándar, debe detener el trabajo e informar al Supervisor responsable del trabajo para que tome las acciones correctivas del caso. En cualquier conflicto con la Producción, los Costos, la Calidad y los Programas de Trabajo, la Seguridad tendrá la prioridad, siendo responsabilidad de la Supervisión istrar los medios y asegurar su gestión. Ningún trabajo comenzará hasta que el Personal Responsable del Área-Equipo, Responsable del Trabajo/Supervisor de o y el Supervisor Responsable de la Compañía Contratista (Ing. Residente o Profesional o Técnico calificado), haya comunicado a los trabajadores, los riesgos del trabajo a efectuar, las medidas preventivas necesarias a tomar, el procedimiento de trabajo, el plan de emergencias, la definición de las responsabilidades, además de haber emitido el Permiso de Trabajo correspondiente. Dar distinto uso a las herramientas y/o equipos incluyendo los de seguridad para los que fueron aprobados será motivo de suspensión de los trabajos. En caso de emergencia, el trabajo se suspenderá de inmediato, poniendo en resguardo al personal, equipo e instalaciones, de acuerdo al Plan de Contingencias de la Operación. Cualquier trabajo será paralizado temporalmente, si se observa incumplimiento de las disposiciones de Seguridad y Protección Ambiental; se reiniciará si las observaciones fueron superadas, caso contrario los trabajos quedarán suspendidos, cabe señalar que de ser necesario se firmará un nuevo permiso y se realizará nuevamente la prueba de gases. No utilizar los elementos de protección personal, de uso obligatorio en la operación será causa suficiente de detención de trabajos. La ausencia injustificada del Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado de Obra, será motivo para la suspensión del trabajo, el Residente o Profesional o Técnico calificado deberá contar con una Autorización Escrita del Supervisor de o de la ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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Empresa, para justificar su salida. Si se presentase un cambio en el área después de haber firmado el permiso tal como elevación de temperatura, presencia de gas, vapores tóxicos, y/o inflamables, entre otras condiciones de trabajo y del ambiente, las cuales representen un riesgo al personal, las instalaciones o equipos, se deben suspender inmediatamente los trabajos. De observarse cansancio y fatiga en el personal o por enfermedad del mismo, se retirará al personal del área y quedarán suspendidas las labores. El trabajo será paralizado inmediatamente si se detectase alguna adulteración, modificación o cambio en la secuencia del Permiso de Trabajo. Debe prevenirse la ejecución de trabajos que no estén relacionados con el tipo de permiso de trabajo a emitir o sean subvaluados representando una condición de riesgo significativo. De observarse el uso inapropiado o distinto de herramientas de trabajo o equipos de Seguridad, para los cuáles fueron aprobados, los trabajos serán paralizados. No cumplir con los procedimientos operativos y medidas de control establecidos por el Análisis de Trabajo Seguro. Cualquier circunstancia que a criterio del Responsable del Área, constituya un peligro para la instalación o el personal. No haber realizado la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles, a través de una hoja de análisis de trabajo seguro u otra herramienta, debidamente llenada y disponible junto al permiso en el área de trabajo. 10.REGISTROS Formatos de permisos de Trabajo original y 2 copias (Hoja Blanca, Celeste y Cartulina roja y blanca) se distribuyen: o Hoja Blanca : Para Archivo de Responsable del Área. o Hoja Celeste :
Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental (RC-4).
o Cartulina Roja y Blanca : Área de Trabajo en Lugar Visible El emisor (Responsable del área) debe guardar el formulario de permiso de trabajo (cartulina roja y blanca) debidamente cerrado (dos firmas) y archivarlos debidamente por tres (03) meses, y que puedan estar al para cualquier inspección o auditoria.
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ANEXO 18 PROCEDIMIENTO INGRESO A ESPACIO CONFINADO
1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para el registro de datos del Formato de Autorización para el ingreso a Espacios Confinados. 2. ALCANCE Todo trabajo que involucre el ingreso a un espacio confinado, para ejecutar trabajos de inspección, mantenimiento, reparación u otro requerido por el dueño del equipo. 3. AMBITO LEGAL • D.S.043-2007.EM Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos. • Ley 29783. Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. • OSHA 29 CFR 1910.146 Espacios Confinados con Espacio Requerido 4. DEFINICIONES o Espacio Confinado.- Ambiente de trabajo con aberturas limitadas de entrada, salida y ventilación natural desfavorable, que no está diseñado para una ocupación continua por parte del trabajador, dentro del cual pueden encontrarse riesgos atmosféricos, físicos, químicos y una potencial atmósfera peligrosa. o Espacio Confinado con Permiso Requerido.- Es cualquier espacio confinado que contiene o tiene el potencial de contener algún peligro. o Peligro (OHSAS 18001:2007). Fuente, situación o acto con potencial para causar daño humano o deterioro de la salud, o una combinación de estos. o Riesgo (OHSAS 18001:2007), Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y la severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición. o El Personal Responsable del Área-Equipo, personal autorizado y dueña del equipo, responsable de la emisión de permiso de ingreso a espacios confinados, quien deberá estar capacitado y entrenado para la evaluación de peligros que exista en un Espacio Confinado. o Ingeniero Residente o Profesional o Técnico calificado, persona representante de la empresa contratista y autorizada por el área o unidad de o de OPC a firmar el permiso para ingreso a espacio confinado, quien deberá estar capacitado y entrenado para la evaluación de peligros que exista en un Espacio Confinado. o Responsable del Trabajo/Supervisor de o, persona de o de Petroperú ante la empresa contratista, autorizada a firmar permisos para ingreso a espacio confinado, quien deberá estar capacitado y entrenado para la evaluación de peligros que exista en un Espacio Confinado.
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o Supervisor de Seguridad de Empresa Contratista, personal calificado, capacitado y entrenado para evaluar peligros que exista en un Espacio Confinado y actuar ante cualquier emergencia de rescate en Espacios Confinados. o Vigía Responsable del Monitoreo y Supervisión del Área, persona responsable de la supervisión constante de las actividades que se ejecuten en el interior, fuera o en las inmediaciones del espacio confinado, capacitado y entrenado para ejecutar monitoreo de los agentes tóxicos, inflamables o que desplacen el oxígeno en el recinto confinado, conocimiento previo y ejecución de plan de emergencia para rescate es espacio confinado. o Lower Explosive Limit - LEL (Límite Inferior de Explosividad), Porcentaje mínimo, en volumen, de un gas que, mezclado con aire a temperatura y presión normales, forma una mezcla inflamable. o TLVs (Umbrales Límites de Exposición), es la concentración media ponderada en el tiempo para una jornada normal de trabajo de 8 horas y una semana laboral de 40 horas, a la que se cree pueden estar expuestos casi todos los trabajadores repetidamente día tras día, sin efectos adversos”. o ppm (partes por millón), partes de la sustancia por un millón de partes de aire. o CL50 o DL50 (Concentración o Dosis Letal 50), toxicidad aguda por ingestión o inhalación, es la dosis única obtenida estadísticamente de una sustancia de la que cabe esperar que, istrada por vía oral o por inhalación, cause la muerte de la mitad de un grupo de ratas albinas adultas jóvenes en el plazo de 14 días. o Compuestos Orgánicos Volátiles – VOC, son compuestos orgánicos que se evaporan rápidamente a la atmósfera, contienen carbono y se encuentran en todos los elementos vivos, ejemplo gasolina, diesel, petróleo crudo, residuales, etc. o Sulfuro de Hidrogeno o Ácido Sulfhídrico, es un gas, más pesado que el aire, inflamable, incoloro, tóxico y su olor es el de la materia orgánica en descomposición. o Monóxido de Carbono, es un gas inodoro, incoloro, inflamable y altamente tóxico. Puede causar la muerte cuando se respira en niveles elevados. o Oxígeno, gas incoloro e inodoro y se encuentra en el medio ambiente en un 21%. o Hidróxido de Sodio (Soda caustica), es un sólido blanco cristalino sin olor que absorbe humedad del aire (higroscópico), cuando se disuelve en agua o se neutraliza con un ácido libera una gran cantidad de calor que puede ser suficiente como para encender materiales combustibles, sus vapores pueden causar irritación o quemaduras químicas y daño a órganos de forma irreversible. o Humo Metálico, Suspensión en el aire de partículas sólidas procedentes de una condensación del estado gaseoso originado por sublimación o fusión de metales. o Sílices, El óxido de silicio (IV) o dióxido de silicio (SiO2) es un compuesto formado por silicio y oxígeno, llamado comúnmente sílice. Es uno de los componentes de la arena. Una de las formas en que aparece naturalmente es el cuarzo. Mayormente presentes en los trabajos de arenado y excavación. 5. RESPONSABILIDADES ESTE DOCUMENTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO DE PETROPERÚ S.A. – OPERACIONES CONCHAN No debe ser reproducido sin autorización expresa de PETROPERÚ S.A.
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Es responsabilidad de los trabajadores propios y terceros autorizados a firmar Permisos de ingreso a Espacios Confinados, cumplir con el siguiente procedimiento para el correcto llenado del formato de autorización, así como la verificación de equipos, herramientas u rios que se requiera para un ingreso a Espacio Confinado de forma segura y que las actividades se ejecuten bajo una supervisión y monitoreo del Espacio Confinado de forma constante o intervalo según procedimiento establecido. 5.1. RESPONSABILIDAD UNIDAD DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROA Es responsabilidad de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental, supervisar durante sus inspecciones a las áreas de trabajo, verificar el cumplimiento del presente instructivo. 6. PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE DATOS PARA EL INGRESO A ESPACIOS CONFINADOS. 6.1. INFORMACIÓN GENERAL Fecha, hora de inicio: coordínelo con el responsable del trabajo (no con el contratista), Indique el área o unidad dueña del equipo Lugar de Ingreso, a que equipo va ingresar (cada formato es para un equipo a la vez). Propósito de Ingreso, con qué motivo se ingresara al Espacio Confinado 6.2. PELIGROS IDENTIFICADOS Marque los peligros asociados a la actividad laboral que se ejecutara durante el día y relaciónelo con la estructura propia del espacio confinado. 6.3. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Marque los equipos de protección personal requerida para el ingreso al espacio confinado, relacionados a los peligros identificados y a la actividad laboral que se realizara. 6.4. EQUIPOS REQUERIDOS Marque los equipos que se requerirá para el ingreso al Espacio Confinado, así como aquellos que aseguren y eliminen la posibilidad de crear un ambiente peligroso o riesgoso para los ingresantes. 6.5. LECTURA ANTES DE INICIAR EL TRABAJO Acto ejecutado por el responsable del área, donde deberá registrar los datos del monitoreo antes de iniciar el trabajo, debiendo respetar los valores límites permisibles para el ingreso. En caso de presencia de vapores o gases tóxicos, deberá exigir medidas de control de ingeniera para eliminar o desplazar los contaminantes y como último recurso el uso de Equipos de Protección Personal. La temperatura aceptable para el ingreso a un espacio confinado será de 30°C, exija que se considere en el ATS un intervalo de descansos. 6.6. ANTES DE LA ENTRADA AL ESPACIO CONFINADO Ejecute un check list, referente a las acciones debe de ejecutar para evidenciar que los responsables tengan conocimiento del trabajo a realizar y que las áreas adyacente no presentan un peligro para actividad, propia, así mismo debe establecer qué medidas de control se requerirán en el área de manera adicional durante toda su jornada laboral autorizada.
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6.7. PERSONAL INGRESANTE. Registres los datos personales de los ingresantes con su respectiva firma, debiéndole de informar sobre los peligros y riesgos existentes en el espacio confinado durante su actividad laboral. 6.8. VIGIA RESPONSABLE DEL MONITOREO Y SUPERVISION DEL AREA. Solicite sus datos ley al vigía y anótelo en su formato de ingreso a espacio confinado validándolo con la respectiva firmar del vigía, infórmele que por ningún motivo podrá retirarse del área de trabajo (no más de 5 metros a la redonda). 6.9. MONITOREO DURANTE LAS ACTIVIDADES LABORALES. Es responsabilidad del Supervisor de Seguridad de la Empresa Contratista ejecutar el monitoreo del espacio confinado según lo establecido en el Ítem IX (lecturas 1, 2 y 3). Debiendo registrarlo con su firma en el formato de ingreso a espacio confinado. Es obligatorio que se ejecute un monitoreo de forma preventiva después de la hora de refrigerio. 6.10. PERSONAL QUE AUTORIZA EL INGRESO AL ESPACIO CONFINADO, Exija que los responsables del Ingreso a Espacio Confinado firmen el formato para ingreso a Espacios Confinados, así mismo deberán cerrarlo al término de su jornada laboral. 6.11. DISTRIBUCIÓN Una vez emitido el permiso de ingreso a espacio confinado, remita la copia amarrilla a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. 7. CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD • El permiso para el ingreso a Espacios Confinados será emitido solo para un equipo a la vez. •
Para los trabajos de ingreso a espacios confinados deberán contar de forma obligatoria con un supervisor de Seguridad el cual puede ejercer el puesto de vigía.
•
Los equipos, rios y herramientas que se usaran para el ingreso de espacios confinados deberán estar certificadas y listadas para uso, debiendo de contar con certificaciones de diseños aprobadas por la autoridad competente y en ausencia de la mismas por una entidad internacional que cuenten con la aprobación de OHSA, NIOSH, MIOSH, UL, FM, NFPA o superior o equivalente.
•
Los sistemas de comunicación e iluminación a usar deberán ser intrínsecamente seguros, listadas por UL o FM, debiendo estar aprobadas para la clasificación y subdivisiones según exposición.
•
El Responsable del Trabajo según el análisis de riesgos para la ejecución del trabajo podría exigir a la empresa contratista un Plan de Emergencia para situaciones de emergencia donde implique el accionar de los brigadista.
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ANEXO F: – FORMATO PERMISO DE TRABAJO CALIENTE - FRÍO
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ANEXO G:
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 98 de 104
FORMATO PERMISO DE INGRESO ESPACIO CONFINADO
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ANEXO H:
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 99 de 104
FORMATO PERMISOS DE TRABAJO ELÉCTRICOS
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ANEXO I:
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 100 de 104
FORMATO PERMISOS DE TRABAJO DE GAMMAGRAFÍA
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ANEXO J:
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 101 de 104
FORMATO PERMISOS DE TRABAJO EN ALTURA
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ANEXO K:
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 102 de 104
FORMATO DE ANÁLISIS DE TRABAJO SEGURO (ATS) PARTE I
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CÓDIGO: SIG-MSEG-01 Versión: 02 Página 103 de 104
FORMATO DE ANÁLISIS DE TRABAJO SEGURO (ATS) PARTE II
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