DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 1.- DESCRIBA EL CONCEPTO DE DERECHO Sistema de normas jurídicas …. 2.- DIGA LA DEFINICIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Sistema de normas jurídico – positivas que regula las relaciones de tráfico jurídico externo; examina la relación jurídica privada que se entabla entre particulares (personas físicas o jurídicas) o entre un particular y el Estado siempre y cuando éste actúe como particular. 3.- DIGA CUALES SON LOS ELEMENTOS DEL ESTUDIO DEL DERECHO Derecho de la Nacionalidad.- establece y regula la calidad de una persona en razón del vínculo de carácter político y jurídico que integra la población constitutiva de un Estado. Condición Jurídica de los sujetos.- implica el estudio del ejercicio de los derechos y el cumplimiento de obligaciones a que quedan sujetos los extranjeros dentro de un determinado sistema jurídico. Conflicto de leyes.- alude al procedimiento por medio del cual, de manera indirecta, se trata de solucionar un problema derivado del tráfico jurídico internacional o interestatal en el nivel nacional, mediante la aplicación del derecho que le dará respuesta directa. Conflicto de competencia judicial.- se examina el procedimiento mediante el cual se trata de determinar la competencia de los jueces o de los tribunales idóneos para conocer y resolver los problemas derivados del tráfico jurídico internacional (competencia directa) y también el ejercicio de la jurisdicción del juez o tribunal para llevar a cabo el reconocimiento de validez jurídica de una sentencia emitida por un juez o tribunal diferente (competencia indirecta). 4.- EXPRESE EL OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO INTERNACIONALIDAD PRIVADO Los sujetos, personas físicas o morales que necesitan resolver distintas controversias de carácter Internacional. 5.- ELABORE UN CUADRO SINÓPTICO CON SEIS REFLEXIONES QUE HACE EL AUTOR CÉSAR SEPÚLVEDA RESPECTO AL DERECHO INTERNACIONAL Y AL DERECHO INTERNO
*El derecho nacional debe interpretarse en el sentido más favorable al derecho internacional. Si se trata de una ley que complementa o interpreta a un tratado, debe dársele una hermenéutica amplia, pues se presuma la lealtad del Estado a los pactos. *Un tratado posterior deroga las leyes precedentes que se le opongan; en los casos de aplicación concreta y específica del pacto se prefiere en ese momento la norma del tratado a la norma interna.
DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHO INTERNO
*Los tribunales de los países han observado, en lo general, cierta reverencia a los tratados y han procurado encontrar siempre la interpretación más favorable al pacto en los casos en que aparece alguna pugna con el derecho local *Una convención firmada en contravención a las normas constitucionales de un país, no es válida conforme al propio Derecho Internacional *La norma interna que entre en conflicto con el Derecho internacional, sea consuetudinario, sea convencional, no tiene validez en un tribunal internacional *Los Estados se ocupan por no aparecer como violadores frente a otros estados, y se han sentido obligados, además a proporcionar, en su ley fundamental, normas para garantizar la supremacía el derecho internacional.
6.- REALICE UN CUADRO COMPARATIVO DE DOS AUTORES CON 5 IDEAS EN COMÚN Y CENTRALES DE CADA AUTOR. (MANCINI, SAVIGNY O ANCELUTI)
7.- ¿CUÁLES SON LOS MÉTODOS DE ESTUDIO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO? Histórico, dialectico, sistemático, exegético. 8.- ¿CUÁL ES LA NATURALEZA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO? Dirimir controversias entre particulares en el ámbito internacional 9.- DESCRIBIR QUIENES SON LOS SUJETOS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SEGÚN CÉSAR SEPÚLVEDA. 10.- ¿CUÁLES SON LOS FINES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO? Resolver conflictos entre particulares del ámbito internacional Señalar que con claridad que ley debe aplicarse cuando leyes de diferentes Estados reclaman aplicación. Señalar qué jurisdicción debe de conocer de un problema referente a una relación jurídica que podría en principio someterse a jurisdicciones diferentes. 11.- DEFINA LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: a) CONDICIÓN Y LOS EFECTOS: b) CONFLICTO: Nace ante la existencia de una relación jurídica en que sea posible la aplicación de más de una legislación, sea por problemas de personas, bienes o actos jurídicos; es el proceso que se inicia cuando una parte percibe que otra la ha afectado de manera negativa, o está a punto de afectar de manera negativa, algunos de sus intereses. NACIONALIDAD: proviene de la palabra nacional y este del latín natío- onis: nación, raza, de nsaci: nacer. Es el atributo jurídico que señala el individuo como miembro del pueblo constitutivo de un Estado. Vinculo legal que relaciona a un individuo con un Estado. c) CONFLICTO DE LEYES: cuando hay controversias entre particulares (sujetos de derecho colocados al mismo nivel jurídico), en las que estén envueltos elementos internacionales uno de los problemas más importantes que debe resolverse es el de determinar cuál es la legislación privada que debe ser aplicada para juzgarlas. Consiste en la situación jurídica concreta que, por su propia naturaleza se encuentra sometida (simultánea o sucesivamente) a dos o más normas que proceden de diferentes sistemas jurídicos. Se puede hablar de conflicto de leyes interno cuando en los estados federales cada entidad federativa tiene sus propias normas, o bien el conflicto de leyes de carácter internacional, que se presenta entre sistemas jurídicos de Estados soberanos e independientes. problemas de vigencia simultánea de dos o más normas jurídicas de diversos Estados que se pretende rijan una sola situación jurídica concreta. Efectos: reglamentar a nivel internacional el ejercicio de los derechos.
d) CLASIFICACIÓN DE CONFLICTOS: e) PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIA JUDICIAL: Tienen lugar cuando dos o más órganos jurisdiccionales, pretenden decidir, de manera directa o indirecta, sobre un mismo caso en que se ventila un problema derivado del tráfico jurídico internacional. f) EN QUÉ CONSISTE LA DOBLE NACIONALIAD: persona a quién dos o más Estados le atribuyen su Nacionalidad g) QUÉ ES LA COMPETENCIA JUDICIAL: Entendemos por competencia jurisdiccional la atribución jurídica otorgada a ciertos y especiales órganos del Estado de una cantidad de jurisdicción respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase. La competencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad de tribunales dentro de un territorio jurisdiccional. Así, las reglas de competencia tienen por objeto determinar cuál va a ser el tribunal que va a conocer, con preferencia o exclusión de los demás, de una controversia que ha puesto en movimiento la actividad jurisdiccional. 12.- ENUNCIE ALGUNOS DE LOS DERECHOS INTERNACIONALMENTE RECONOCIDOS PARA LOS EXTRANJEROS (extranjero es aquel que no tiene la nacionalidad mexicana) Los principales instrumentos internacionales relativos a derechos humanos son la Declaración Universal de Derechos Humanos y Deberes del Hombre; que en sus dos primeros artículos, sientan la base de los derechos humanos: los seres humanos son iguales porque comparten la misma dignidad humana esencial; los derechos humanos son universales, no a causa de un Estado u Organización internacional sino porque les pertenecen a la humanidad entera. Y la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos; que establece: “todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados como están por naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternamente los unos con los otros”. Señala, entre otros, los siguientes derechos: Derecho a la seguridad e integridad de la persona (art.1) Derecho a la igualdad ante la ley (art. II) Derecho de residencia y de tránsito (art. VIII) Derecho a l trabajo y a una justa retribución (art. XIV) Derecho de reconocimiento de la personalidad jurídica y de los derechos civiles (art. XVII) Derecho de justicia (art. XVIII) Derecho de petición (art. XXIV) Derecho a la protección contra la detención arbitraria (art. XXV) Derecho a proceso regular (art. XXVI) Derecho de asilo (art. XXVII) Como podemos observar, en dichos ordenamientos no hacen mayor distinción entre nacionales y extranjeros, sino que por el contrario, propugnan por la aceptación de los derechos del hombre como derechos intrínsecos a la naturaleza humana, siendo en consecuencia, obligación de todo Estado, respetarlos y vigilar su cumplimiento. En la convención celebrada entre México y varias naciones sobre condiciones de los extranjeros (firmada el 20 de febrero en la Habana Cuba) establece los siguientes derechos y obligaciones para los extranjeros: Los extranjeros están sujetos, tanto como los nacionales, a la jurisdicción y leyes locales, observando las limitaciones estipuladas en las convenciones y tratados
Los extranjeros no pueden ser obligados al servicio militar; pero los domiciliados, a menos que prefieran salir del país, podrán ser compelidos, en las mismas condiciones que los nacionales, al servicio de policía, bomberos o milicia para la protección de la localidad de sus domicilios, contra catástrofes naturales o peligros que no provengan de guerra. Los extranjeros están obligados a las contribuciones ordinarias o extraordinarias, así como a los empréstitos forzosos, siempre que tales medidas alcancen la generalidad de la población. El extranjero no debe inmiscuirse en las actividades políticas privativas de los ciudadanos del país en el que se encuentre; si lo hiciere quedará sujeto a las sanciones previstas en legislación local. 13.- REALICE UN MAPA CONCEPTUAL EN RELACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO CON LAS DEMAS RAMAS DEL DERECHO Está en todas las disciplinas jurídicas, existe un Derecho Civil Internacional, un Derecho Comercial Internacional, un Derecho Constitucional Internacional, un Derecho Tributario Internacional, un Derecho Penal Internacional, un Derecho Procesal Civil y Penal Internacional, también se relaciona con el Derecho Internacional Público. 14.- CUANDO SE PRESENTA EL CONFLICTO DE LEYES. ¿QUÉ PASA? Es necesario hacer una adecuada calificación jurídica de la cuestión, y, luego determinar la legislación aplicable; para resolver el conflicto de leyes los países buscan diversos puntos de apoyo: Los bienes y derechos reales constituidos sobre ellos, se rige por la ley del lugar en que ellos se encuentran; Los actos y contratos se rigen en su forma por la ley del lugar en que se celebran y en su fondo por la ley que determina la voluntad de las partes; Que los actos ilícitos se rigen por la ley del lugar en que fueron cometidos; Que la capacidad de las personas y sus relaciones de familia se rigen en ciertos casos por su ley nacional o por la de su residencia; Que acerca del procedimiento se aplica en un litigio la ley del lugar en que éste se tramita. Con esto podemos observar que en la medida de lo posible, se otorga preferencia a la ley del lugar en que se encuentra la cosa o en el que se produce el hecho o la relación jurídica correspondiente. 15.- CUÁL ES LA CLASIFICACIÓN DE LOS CONFLICTOS DE LEYES A) Nacionales e internacionales.- El conflicto puede plantear a propósito de una relación jurídica vinculada con sistemas jurídicos de varios países o de sistemas jurídicos de los Estados de un país de tipo federal. En el primer caso se habla de conflictos de leyes en el ámbito internacional, en el segundo de conflictos de leyes en el ámbito nacional. B) Conflictos de leyes en el Derecho istrativo.- Los conflictos de leyes en el derecho istrativo es la incidencia procesal que supone el conocimiento de un mismo litigio por dos tribunales, los cuales divergen en cuanto a la apreciación de su competencia. Se distingue: B.1.- El conflicto de atribuciones: es el conflicto que se da entre los tribunales judiciales y la autoridad istrativa, respecto del alcance a darse a la separación entre la autoridad istrativa y la judicial Puede consistir en un conflicto positivo de atribuciones, planteado por el prefecto al negar competencia al tribunal judicial que afirma tenerla, respecto de un litigio deferido previamente a este último; o en un conflicto negativo de atribuciones, resultante de una doble declaración de incompetencia de la autoridad judicial y la istrativa, respecto de un
determinado litigio que es, no obstante, realmente de la competencia de una de ambas autoridades. B.2.- El conflicto de jurisdicciones, en el que la divergencia sobre la competencia se produce entre dos tribunales del mismo orden, judicial o istrativo. Puede consistir en un conflicto positivo de jurisdicciones, en el que ambos tribunales se declaran competentes y que es resuelto por la excepción de litispendencia o por decisión del tribunal jerárquicamente superior; o en un conflicto negativo de jurisdicciones, en el que ambos tribunales se declaran incompetentes y que es resuelto por decisión del tribunal jerárquicamente superior. C) Conflictos de leyes en el espacio, en el tiempo y personales. C.1.- Conflicto de leyes en el espacio: Es el conflicto de leyes que se da entre las leyes que se hallan simultáneamente en vigor en dos lugares distintos. C.2.- Conflicto de leyes en el tiempo: Es el conflicto de leyes que se presenta entre dos leyes sucesivas de un mismo país, por ejemplo el conflicto entre la aplicación del antiguo y el nuevo texto del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. C.3.- Conflicto de leyes personales: Este conflicto de leyes se da entre las leyes de los diversos grupos que en un país se encuentran sometidos a la personalidad del derecho. 16.- DESCRIBA EL MARCO JURÍDICO RELATIVO AL CONFLICTO DE LEYES
17.- DESCRIBA LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO SEGÚN ARELLANO GARCÍA Y CÉSAR SEPÚLVEDA
18.- DESCRIBA EL CONCEPTO DE TRATADO INTERNACIONAL Y SU FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Tratado internacional: acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.
19.- DESCRIBA 5 FIGURAS NACIONALES E INTERNACIONALES QUE SEAN LOS ANTECEDENTES DE LA CONFERENCIA DE LA HAYA, ASÍ COMO LOS PAÍSES QUE PARTICIPARON Y LOS TEMAS RELATIVOS A LOS AUTORES PEREZ NIETO CASTRO Y SILVA SILVA
20.- DIGA LOS ANTECEDENTES Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO DEL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL La CNUDMI fue creada por la Asamblea General en 1966 a fin de dotar a la Naciones Unidas de un órgano que le permitiese desempeñar una función más activa en la reducción o eliminación de los obstáculos jurídicos que entorpecían el comercio internacional. La comisión estuvo inicialmente compuesta por 29 Estados; en 1973 se amplió a 36 el número de de sus Su composición ha sido estructurada con miras a que sea representativa de las diversas regiones geográficas y de los principales sistemas jurídicos y económicos del mundo. 9 de sus son Estados de África, 6 son Estados de América Latina, 7 son Estados de Asia, 5 son Estados de Europa oriental y 9 son Estados de Europa occidental y otros Estados. Los de la Comisión son elegidos por la Asamblea General por períodos de seis años, expirando cada tres años el mandato de la mitad de los de la Comisión. La Comisión aprobó, en su primer
período de sesiones (1968), los siguientes nueve temas para que sirviesen de base a su futuro programa de trabajo: compraventa internacional de mercaderías, arbitraje comercial internacional, transportes, seguros, pagos internacionales, propiedad intelectual, eliminación de la discriminación en las leyes relativas al comercio internacional, acuerdos de representación, y legalización de documentos La Comisión lleva a cabo su labor en sus períodos de sesiones anuales, que se celebran alternativamente en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York y en la sede de la secretaría de la CNUDMI en Viena. La Comisión presenta a la Asamblea General un informe sobre la labor efectuada en cada uno de sus períodos de sesiones anuales. Estos informes se presentan también a la Junta de Comercio y Desarrollo de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), para que la Junta haga observaciones al respecto. La Comisión ha adoptado un enfoque flexible y funcional con respecto a las técnicas que utiliza para promover la armonización y unificación del derecho mercantil internacional-". Entre las técnicas que la Comisión ha utilizado hasta la fecha, cabe citar las siguientes: a) Convenios internacionales; b) Modelos de cláusula de tratado para su incorporación a futuros tratados o para la revisión de los ya existentes; c) Normas uniformes destinadas a servir de modelo para las leyes promulgadas por los Estados (leyes modelo); d) Conjuntos de reglas uniformes para su incorporación por las partes en sus contratos o demás acuerdos; e) Guías jurídicas en las que se identifican los problemas jurídicos propios de determinadas operaciones comerciales; se sugieren posibles soluciones, a fin de propiciar un entendimiento común internacional o prácticas más uniformes y racionales en esas operaciones f) Recomendaciones dirigidas a los gobiernos y a las organizaciones internacionales que se ocupan de elaborar textos jurídicos invitándoles a eliminar obstáculos jurídicos innecesarios que pudieran obstaculizar el comercio internacional. 21.- DIGA EL OBJETIVO, ACITIVIDADES, EL ORIGEN Y EL OBJETO DE ESTUDIO DE LA COMISIÓNINTER AMERICANA DE DERECHO PRIVADO
22.- DESCRIBA EL MARCO JURÍDICO QUE REGULA A LOS TRATADOS INTERNACIONALES El marco de legalidad se expresa a través del: Decreto de Promulgación de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales del 21 de marzo de 1986 en Viena, Austria.
23.- ¿QUÉ ES LA COMISIÓN DE VIENA, QUIENES LA INTEGRAN Y CUÁL ES SU FUNCIÓN? 24.- ¿QUÉ ACTIVIDAD TIENE LA OEA, CUALES SON SUS FUNCIONES RESPECTO DE CADA PAÍS? 25.- ¿CÓMO ES LA INSTITUCIÓN DEL MATRIMONIO EN LA UNIÓN EUROPEA, MÉXICO, ESTADOS UNIDOS Y EN LOS PAÍSES ASÍATICOS? Estas son las ultimas que dejó, no sé si también se van a anexar con las primeras, pero es cuestión de preguntarle a la profesora.