PRE-TAREA 1 FARMACIA MAGISTRAL
PRESENTADO POR: MARIA DORANI SILVA LAGUNA CODIGO: 26593846 GRUPO: 301510_6
TUTOR: CARLOS GUERRERO
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD CEAD NEIVA 2017
2
INTRODUCCION
Por medio de la siguiente actividad se pretende dar a conocer cuáles son las normas en Colombia que rigen la elaboración de preparaciones magistrales, ya que de ante mano debemos saber que la fórmula magistral es un medicamento personalizado, elaborado exclusivamente para cada paciente, adaptado a sus necesidades terapéuticas individuales. En la farmacia magistral, las fórmulas magistrales son elaboradas por personal experto, con materias primas certificadas, siguiendo las normas farmacéuticas para su correcta elaboración que garantizan su calidad, seguridad y eficacia.
3
NORMAS QUE RIGEN LA ELABORACIÓN DE PREPARACIONES MAGISTRALES EN COLOMBIA.
https://youtu.be/_HUGmEPF9t0
A continuación se presenta la información de norma que aparece establecida en cada ley, decreto o resolución.
LEY 9 1979: código sanitario En el título VI, la Ley establece las disposiciones sanitarias
4
Para los efectos de aplicación de esta Ley se entenderán por condiciones sanitarias del Ambiente las necesarias para asegurar el bienestar y la salud humana.
RESOLUCION 243.630 DEL 1999 (reglamenta Decreto – Ley 100 de 1993 articulo 245 y el Decreto 1290 de 1994 articulo 2 y 4): acoge conceptos sobre drogas blancas) es la materia prima para preparar fórmulas magistrales,
DECRETOS NÚMEROS 1737 de 2005 Y 4664 DE 2006 (reglamentan artículo 245 de la Ley 100 de 1993 en lo relacionado con la preparación, distribución, dispensación, comercialización, etiquetado, rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales y se dictan otras disposiciones)
5
DECRETOS 2200 DE 2005 y 2330 DE 2006: reglamentan la Ley 23 de 1962 y demás normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y el literal c) del Artículo 154 de la ley 100 de 1993n en lo relacionado con el servicio farmacéutico. En los presentes decretos tiene por objeto regular las actividades y/o procesos propios del servicio farmacéutico.
DECRETOS 2266 Y 3553 DE 2004: reglamentan Ley 9ª de 1979 y el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 en cuanto a los regímenes de registros sanitarios, y de vigilancia y control sanitario y publicidad de los productos fitoterapéuticos.
6
LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL PRESENTE DECRETO REGULAN EL RÉGIMEN DE REGISTROS SANITARIOS, FABRICACIÓN, PRODUCCIÓN, ENVASE, EMPAQUE, CONTROL DE CALIDAD, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, PUBLICIDAD, USO, DISTRIBUCIÓN, BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA, ASÍ COMO EL RÉGIMEN DE VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO DE LOS PRODUCTOS FITOTERAPÉUTICOS Y SU CUMPLIMIENTO ES OBLIGATORIO PARA LOS TITULARES DE REGISTRO SANITARIO, FABRICANTES, IMPORTADORES, EXPORTADORES COMERCIALIZADORES Y EN GENERAL PARA TODAS LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE REALICEN ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL OBJETO DE ESTA NORMA.
RESOLUCIONES 1403/2007 Y 2955/2007, reglamentan el numeral 2º del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y los artículos 18 del Decreto 2200 de 2005 y 2º del Decreto 205 de 2003, en cuanto al Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos.
7
Resolución 444/2008: reglamenta el artículo 2º del Decreto 205 de 2003, el desarrollo de lo establecido en el artículo 14 del Decreto 2200 de 2005, modificado por el artículo 4° del Decreto 2330 de 2006, en cuanto a la adopción del Instrumento de Verificación de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración de preparaciones magistrales.
8
CONCLUSIONES
Omar de J. Correa Cano, Sep. 20, 2013, DOCUMENTO Legislación Colombia es.idoub.com. https://es.idoub.com/document/169729624/DOCUMENTOLegislacion-Colombia